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Salud

Escuelas sin humo de tabaco

La prohibición de fumar es total dentro del perímetro del edificio escolar, incluyendo sus extensiones de terrenos o patios, patios internos, galerías, etc. a través de la nueva ordenanza N° 12.134/2017 que adhiere a la Ley Nacional 26.687.

14 de Junio 2018 Más salud más vida


Desde el área de Promoción y Equidad para la Salud invitamos a toda la comunidad  a respetar esta ordenanza que tiene por principal objetivo el derecho a la salud de la población. Está comprobado que un ambiente cerrado donde se ha fumado, los tóxicos del humo del cigarrillo permanecen contaminando y generando un riesgo para la salud durante 15 días.

Nuestros niños, niñas y jóvenes pasan muchas horas dentro de los edificios escolares, por tal motivo, es necesario que las familias exijan un ambiente sano y libre de humo de tabaco sumado al compromiso institucional que dé cuenta del cumplimiento efectivo de la presente norma.

Todas las personas expuestas al humo, sean fumadoras o no, tienen un riesgo para su salud. En Argentina, se calcula que un 15% de las más de 40.000 muertes anuales por tabaco, corresponden a no fumadores expuestos al HAT. Es decir que cada año mueren 6000 no fumadores de enfermedades causadas por la exposición al humo.

 

La Encuesta Mundial de Tabaquismo en Jóvenes 2012 casi el 50% de los jóvenes entre 13 y 15 años está expuesto al humo de tabaco ajeno en el edificio escolar y la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo 2013 demuestra que un 27,6 % de la población en argentina está expuesta al humo de tabaco dentro del hogar.

 

Regulaciones en torno al humo de tabaco

La nueva ordenanza N° 12.134/2017 adhiere a la Ley Nacional 26.687 que regula la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco y amplia su alcance al incorporar en su articulado la prohibición de fumar en los patios, terrazas y balcones y demás al aire libre del Palacio Municipal y de las demás dependencias municipales, provinciales y nacionales, así como también universidades.

Recordamos que el 27 de noviembre de 2008 se sancionó la ordenanza N° 11.195/2008, prohibiendo fumar tabaco en cualquiera de sus formas, en todos los espacios cerrados de acceso público, ya sean del ámbito privado o público. Allí se declara la nocividad para la salud de las personas a los productos y subproductos destinados a fumar o elaborados del tabaco.

El 13 de agosto de mismo año, el Congreso de la Provincia de Entre Ríos, sancionó la Ley provincial N° 9.862, por el fin de declarar a Entre Ríos como libre de humo de tabaco, con el objeto de proteger el derecho de las personas no fumadoras a respirar aire no contaminado.

En tanto, el 1° de junio de 2011, se sancionó la Ley Nacional N° 26.687 que regula la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco legislando sobre aspectos tales como 1) la publicidad, promoción y patrocinio; 2) el empaquetado de productos con tabaco; 3) su composición; 4) su venta y distribución y 5) protección ambiental contra el humo de tabaco.

En este sentido, recordamos que las instituciones educativas de nuestra ciudad pueden certificar como “Escuelas libres de humo de tabaco” y que para lo cual deben ponerse en contacto con el Centro de Salud Municipal más cercano o llamar al 437025.

 

Para realizar denuncias llamar al teléfono 423399 o visitar el siguiente enlace: http://www.gualeguaychu.gov.ar/sinhumo

 

 


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