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Gualeguaychú sin humo de tabaco

Avances en la implementación de ambientes 100% libres de humo de tabaco en la ciudad: una estrategia que requiere concientización, prevención, legislación, control y fiscalización para garantizar entornos saludables.

05 de Julio 2018 Más salud más vida


La nueva ordenanza N° 12.134/2017 adhiere a la Ley Nacional 26.687 que regula la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco y amplía su alcance al incorporar en su articulado la prohibición de fumar en los patios, terrazas y balcones y demás espacios al aire libre de la Casa Municipal y de las demás dependencias municipales, provinciales y nacionales, así como también universidades.

Resaltamos a continuación los  principales aspectos de la  ley que contemplan las recomendaciones del Convenio Marco para el Control del Tabaco de la OMS que incluyen:

1. Prohibición de fumar en todos los espacios cerrados de uso público o privado incluyendo casinos y bingos, discotecas, bares y restaurantes, teatros, museos y bibliotecas, transporte público y estadios cubiertos. Queda expresamente prohibido fumar en lugares de trabajo (tanto públicos como privados). Sólo quedarán exceptuados de esa prohibición los patios, terrazas, balcones y demás áreas al aire libre de los espacios destinados al acceso de público, excepto en las escuelas y servicios de salud donde tampoco se podrá fumar en los patios.

2.Prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio de cigarrillos o productos elaborados con tabaco en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación, con excepción de la publicidad o promoción que se realice en el interior de los lugares de venta, en publicaciones comerciales destinadas exclusivamente a personas o instituciones que se encuentren involucradas en el negocio o a través de comunicaciones directas a mayores de 18 años con consentimiento previo y verificación de la edad. La publicidad o promoción deberá incluir siempre un mensaje sanitario determinado cuyo texto estará en un rectángulo de fondo blanco con letras negras, que deberá ocupar el 20% de la superficie total de la publicidad o promoción.

3. Inclusión de advertencias sanitarias con imágenes (como “Fumar causa impotencia sexual”, “Fumar causa cáncer” o “Fumar quita años de vida”) y del 0800 222 1002 del Ministerio de Salud (línea gratuita para dejar de fumar). Además ya no podrán utilizarse las denominaciones “Light”, “Suave”, “Milds”, “Bajo contenido de alquitrán” o términos engañosos similares.

4. Prohibición de la venta a menores de 18 años

5. Prohibición de la venta de cigarrillos en centros de enseñanza, establecimientos hospitalarios, edificios públicos, medios de transporte, y en museos, clubes o lugares de espectáculos públicos, como teatros, cines o estadios deportivos.

6. Prohibición de la venta de cigarrillos sueltos, en atados de menos de diez unidades y a través de máquinas expendedoras.

7. Multas del equivalente de 250 a un millón de atados de cigarrillos de 20 del mayor precio, por incumplimiento de la ley. La multa recaerá sobre el dueño del lugar y no sobre el fumador.

Nuestra ciudad

En este sentido el Municipio de Gualeguaychú ha sido pionero en implementar las políticas de salud a favor de los ambientes 100% libres de humo de tabaco favoreciendo la salud tanto de personas no fumadoras como fumadoras.

Según la encuesta de factores de riesgos 2013 un 25% de la población estuvo o está expuesta al humo de tabaco ajeno en el lugar de trabajo, siendo en el 2009 un valor del 34%, hay una tendencia decreciente pero falta seguir concientizando en el cumplimiento de la legislación.

Asimismo mencionamos que la exposición al humo de tabaco ajeno en bares y restaurantes es de un 23,5% según la Encuesta mencionada año 2013.

Hoy en Gualeguaychú se pueden realizar diferentes actividades recreativas, de diversión y esparcimiento sin el ambiente contaminado por los tóxicos del humo del cigarrillo: cafeterías, bares, restaurantes, boliches, casino y anexos han acompañado en este último tiempo la medida.

Denuncias

La comunidad debe denunciar si la norma no se cumple, haciendo hincapié en el transporte público, principalmente remiserias y remises, clubes, cantinas o bares que pertenecen a los mismos, comercios minoristas privados, dado que la prohibición total de fumar en edificios públicos tengan o no patios internos o terrazas, escuelas, centros de salud y hospitales.

Para realizar denuncias llamar al teléfono 423399 o visitar el siguiente enlace: http://www.gualeguaychu.gov.ar/sinhumo

Control y fiscalización

El municipio cuenta con un sistema de inspección y aplicación de sanciones en relación a la Ordenanza N° 12.134. Por medio de un trabajo en conjunto con diferentes áreas municipales se llevan a cabo dichos controles: la dirección de Inspección General, la dirección de Informática y Nuevas Tecnologías, quienes acceden a las denuncias a través de la página web en coordinación permanente con la secretaria de Desarrollo Social y Salud, el área de Promoción y Equidad para la Salud junto al Programa Gualeguaychú 100 % libre de humo de tabaco.

 


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