Ordenanzas - Concesión al Grupo Renacer de Espacio Publico en Cementerio Norte


ORDENANZA Nº 11991/2015.

EXPTE.Nº 5491/2015-H.C.D.

 

VISTO:

           La presentación efectuada por “GRUPO RENACER GUALEGUAYCHU”.

 

CONSIDERANDO:

                            Que el mencionado “grupo de ayuda mutua”, esta compuesto por padres que deben afrontar la irreparable pérdida de un hijo.

                            Que mediante la presentación efectuada oportunamente ante este Honorable Cuerpo, se requiere la concesión de un espacio  público sito en el Cementerio Norte.

                            Que en el mencionado solar, en el mes de agosto de 2010, los padres integrantes del Grupo Renacer, inauguraron una plaza, en la que se planto un árbol por cada hijo fallecido, identificado con el nombre de cada uno de ellos.

                             Que el objetivo de contar con el mencionado espacio, es el de poseer un lugar en conjunto a fin de honrar la vida de los hijos desaparecidos.

                              Que a su vez, este espacio significa un lugar de encuentro, en donde los progenitores pueden compartir su dolor causado por el fallecimiento de sus hijos, tratando de cicatrizar las heridas y aplacar el vacío causado ante semejante desdicha imposible de apaciguar.

                               Que las tareas de mantenimiento, en lo que hace a los trabajos de jardinería en general, están a cargo de los peticionantes.

                                Que de acuerdo al informe remitido por la Administración del Cementerio Norte a cargo del Ing. Augusto Dell’ Aquila, no encuentra objeción alguna al requerimiento aquí planteado.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

 

ART.1º.- OTORGUESE al “GRUPO RENACER GUALEGUAYCHU”, la concesión a perpetuidad, del espacio público sito en Cementerio Norte, identificado según croquis adjunto con la letra “Y”.

ART.2º.- DISPONESE como condición irrevocable para continuar con la concesión mencionada en el Art.1º, que el inmueble en cuestión se encuentre en buenas condiciones de conservación.

ART.3º.- REMITASE copia de la presente a los integrantes del “Grupo Renacer Gualeguaychú”, y al Ing. Augusto Dell´Aquila en su carácter de Administrador del Cementerio Norte.

ART.4º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 20 de agosto de 2015.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

                              

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