Ordenanzas - Cota de Alcantarillado


ORDENANZA Nº 10442/2000.

EXPTE.Nº254/2000-H.C.D.

VISTO:

Los inconvenientes suscitados por las recientes precipitaciones pluviales.

 

CONSIDERANDO:

Que muchos de los mismos están originados en la incorrecta ejecución de los accesos alcantarillados a predios particulares.

Que si bien existe reglamentación a cuanto a ejecuciones de estos accesos, en los que la Municipalidad determina a pedido del frentista cotas de fondo y sección de escurrimiento de los mismos, la realidad indica que muchos vecinos han procedido a su ejecución con cotas de fondo o secciones de escurrimiento inadecuadas.

Que tal hecho acarrea anegamientos a predios de terceros y deterioros viales de costosa reparación.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- LA Secretaría de Obras Públicas determinará a solicitud del frentista, la cota de fondo y la sección de escurrimiento de las alcantarillas para acceso a predios particulares, que serán ejecutados por los mismos.

ART.2º.- EN ningún caso el ancho extremo de los accesos a alcantarillados podrá exceder los cinco metros (5,00 m), para de esta forma asegurar el mantenimiento periódico de los mismos.

ART.3º.- LA solicitud se realizará a través del formulario único de construcción , y la Municipalidad tendrá cinco días para su contestación por escrito en el mismo, salvo en casos de excepcionalidad, la Secretaría de Obras Públicas autorizará la ejecución de más de un acceso por predio, con razones debidamente fundamentadas.

ART.4º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal para proceder a la demolición y/o adecuación a cargo del frentista de los accesos alcantarillados que no cumplen con lo aquí dispuesto, en cuanto al ancho extremo o que a juicio

 

 

 

ORDENANZA Nº 10442/2000.

 

 

de la Secretaría de Obras Públicas, se hallaran fuera de nivel, o con una insuficiente sección de escurrimiento.

ART.5.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 14 DE JULIO DE 2000.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE - VICTOR INGOLD, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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