Ordenanzas - Adhesión y asociación al Consejo Federal de Legisladores Comunales


ORDENANZA Nº 11890/2014.

EXPTE.Nº 5320/2014 – H.C.D.

 

 

VISTO:

           La Ley Nacional Nº 26.874 que crea el Consejo Federal de Legisladores Comunales (COFELCO), Y

 

CONSIDERANDO:

                               Que el objetivo primordial del COFELCO, es lograr una mayor inserción comunitaria del Concejo Deliberante Municipal, en especial las que favorezcan la participación de todos los actores sociales.

                               Que dentro de sus propósitos se encuentran:

  1. Promover la capacitación y formación de los integrantes de los Concejos Deliberantes, de los Concejales en ejercicio o electos, y del personal que se desempeña en los Departamentos Legislativos de cada distrito.
  2. Intercambiar y fomentar aquellas actividades que los Concejos Deliberantes realizan, a fin de lograr una mayor inserción comunitaria, en especial las que fortalezcan la participación de todos los actores sociales.
  3. Propiciar la creación de foros similares en otras provincias, procurando su integración a nivel nacional, constituyendo el Consejo Federal de Legisladores Comunales.
  4. Contribuir al fortalecimiento de las instituciones de la democracia pluralista y federal, en el marco de una real y efectiva descentralización de las competencias políticas, administrativas y financieras, basadas en la autonomía municipal reconocida por la Constitución Nacional.
  5. Facilitar el intercambio de experiencias legislativas, promoviendo aquellas que puedan ser adoptadas por otros distritos, en especial aquellas que por su naturaleza contribuyan a un fortalecimiento regional.
  6. Difundir y divulgar información vinculada a la temática legislativa municipal y local, editando y distribuyendo material de investigación, asesoramiento y capacitación.
  7. Realizar actividades dirigidas a fortalecer el desarrollo de las tareas legislativas locales, para fomentar la efectividad de las resoluciones adoptadas y lograr el bienestar de los ciudadanos.
  8. Promover la formalización de legisladores locales que propendan al desarrollo local de los distintos territorios, poniendo especial énfasis en el cuidado del medio ambiente y el desarrollo sustentable de los mismos.

ORDENANZA Nº 11890/2014.

 

 

  1. Realizar actividades dirigidas a fortalecer el desarrollo de las tareas legislativas locales, para fomentar la efectividad de las resoluciones adoptadas y lograr el bienestar de los ciudadanos.

                               Que como órgano deliberativo, nuestro Concejo ha buscado la excelencia y el mejoramiento permanente de sus herramientas a fin de optimizar su funcionamiento y democratizar cada una de sus actividades.

                               Que en torno a la consecución de esos objetivos, se eleva el presente a los efectos de que el Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad adhiera, y participe de esta organización regional, que inevitablemente redundará en beneficio para cada legislador y del Cuerpo en su conjunto, trasladando esa mejora a nuestra ciudadanía, objetivo primario de nuestro órgano legislativo.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

 

ART.1º.- EL Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San José de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, se adhiere y asocia al Consejo Federal de Legisladores Comunales (COFELCO) creado por Ley Nacional Nº 26.874.

ART.2º.- LOS gastos que demande la adhesión y/o asociación establecida en el Art.1º, serán imputados en la Partida correspondiente del presupuesto del Honorable Concejo Deliberante.

ART.3º.- SIN perjuicio de la adhesión y/o asociación de los Concejales en forma individual, la designación del representante del Honorable Concejo Deliberante ante el Consejo Federal de Legisladores comunales, se efectuará mediante resolución del Cuerpo.

ART.4º.- REMITIR copia de la presente a la Mesa Ejecutiva del Consejo Federal de Legisladores Comunales.

ART.5º.- COMUNIQUESE, ETC….

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 18 de septiembre de 2014.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

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