Ordenanzas - Veto a la Ordenanza Nº 11098/07


ORDENANZA Nº 11120/2008.-

EXPTE.Nº 3055/2007-H.C.D.

 

VISTO:

          La Ordenanza Nº 11098/2007, dictada en fecha 5 de diciembre de 2007 por el Honorable Concejo Deliberante, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que el expediente Nº 2481/07 en el cual es dictada la Ordenanza citada, se inicia mediante un escrito presentado por el agente Luis Baffico, especificando la necesidad que el Concejo Deliberante tienda a  reparar una situación de injusticia histórica, específicamente a través del cambio del nombre de la calle Roca de nuestra ciudad por el de Pueblos Originarios o que vuelva a su nombre original que fuera Tucumán.

                               Que si bien es cierto que este Departamento Ejecutivo, comparte los fundamentos expresados en el considerando de la Ordenanza Nº 11098 de fecha 5 de diciembre de 2007, sobre todo lo que hace a la reivindicación de los derechos de las comunidades indígenas.

                               Que resulta conveniente proceder en oportunidad futura y reflexionar en términos generales respecto a la nomenclatura de las arterias de nuestra ciudad, a fin de proceder a su modificación – si fuera necesario – de manera general, y no en forma aislada o dispersa como se propone.

                               Que asimismo, ha de tenerse en cuenta que la implementación del cambio de nombres en calles que ya registran nominación, acarrea innumerables inconvenientes a los vecinos, debido a que las tramitaciones que están llevando a cabo se verían interrumpidas o complicadas, ya que para poder continuarlas se hace necesario que los mismos deban realizar cambios de domicilio, y en consecuencia reiniciar las referidas tramitaciones.

                               Que este Departamento Ejecutivo, debido a la fundamentación histórica que sostiene la Ordenanza propuesta, vería con sumo agrado imponer el nombre propuesto en la Ordenanza, “Pueblos Originarios”, para asignar una nueva arteria  que de aquí en más se habilite.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA Nº 11120/2008.-

 

 

 

ART.1º.- ACEPTASE el Veto a  la Ordenanza Nº 11098/07 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante Decreto Nº 3184/07 de fecha 14 de diciembre de 2007.

ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 19 de marzo de 2008.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Leonardo Portela, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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