Ordenanzas - Excepción de remis


ORDENANZA Nº 11349/2010.-

EXPTE.Nº 3773/2010-H.C.D.

 

VISTO:

           El Expediente Nº 3773/2010, Caratulado: “ Nota presentada por la Concejal Haydeé Venturino s/ solicitud formulada por el Sr. Osvaldo Irigoytia s/ habilitación de remis”.y

 

CONSIDERANDO:

                               Que mediante dicho expediente, el Sr. Osvaldo Irigoytia solicita a este Honorable Cuerpo, que por vía de excepción, se lo autorice a desempeñar funciones como remisero.

                               Que motiva tal requerimiento, el hecho de que según la normativa vigente, el mismo no podría desarrollar la actividad mencionada dada que  la antigüedad de su automóvil no se ajusta a lo regulado por la normativa vigente.

                               Que este Cuerpo Legislativo considera justo y razonable hacer una excepción a la Ordenanza Nº 11207/08, para este caso en concreto, atento que el único ingreso que recibe el recurrente, es el proveniente de una jubilación Ordinaria.

                               Que lo percibido resulta insuficiente para hacer frente a los gastos que demanda su enfermedad (diabetes), a lo que debe sumarse el gasto que irroga los estudios de su hijo  quien próximamente cursará el último año de educación técnica.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- EXCEPCIONASE de la aplicación de la Ordenanza Nº 11207/08 en lo que respecta al modelo del vehículo, al Sr. Osvaldo Irigoytía por las causas y circunstancias expuestas en los considerandos de la presente, estableciéndose que dicha excepción se hará previa revisión técnica y documentación en general.

ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 5 de febrero de 2010.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, Secretaria Int.

Es copia fiel que, Certifico.

 

ORDENANZA Nº 11359/2010.-

EXPTE.Nº 3746/2009-H.C.D.

 

 

VISTO: Ordenanza Nº 10349/98 dictada en expediente Nº 2717/97 caratulado: “DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGALES S/DONACIÓN DE CALLE - SRA. CORBELLA LILIA Y OTROS”; y

 

CONSIDERANDO:

 

           Que mediante dicha ordenanza la Municipalidad aceptó la donación de los lotes afectados a calles del loteo propiedad de Lilia CORBELLA y otros.

           Que a efectos de proceder a la inscripción administrativa del inmueble a favor de esta Municipalidad, conforme art. 1810 del Código Civil, surge necesario rectificar el art. 1º de la Ordenanza Nº 10349/98, incorporando los datos catastrales que surgen de la Ficha de Mensura correspondiente al Plano Nº 52.562.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- RECTIFÍQUESE el artículo 1º de la Ordenanza Nº 10.349/98 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º.- ACEPTAR la donación efectuada por los Señores CORBELLA IBERTI DE FRIEDMANN Lilia Beatriz, LC Nº 1.088.132; CORBELLA Jorge Hugo LE Nº 4.253.147; CORBELLA DE TORT Beatriz Marta LC Nº 1.996.174; VALLO CORBELLA María Amelia LC  Nº  3.132.722; VALLO CORBELLA Susana Mercedes LC Nº 1.008.770 del inmueble inscripto bajo Matrícula 114.614 (inscripciones en  fechas 29/05/1967; 18/08/1967; 23/12/1983; 6/11/1984 y 14/12/1985) Plano 52.562. LOTE CALLE. Sito en Departamento Gualeguaychú, ciudad, Planta Urbana, Sección Tercera, Partida Provincial 51.178, con una superficie de 3.851,47 m2, cuyos límites y linderos son: NORTE: Tres líneas rectas a saber; 31-46 amojonada al S 70º 05´E de 127,36 metros; 46-11 amojonada al N 20º 35´E de 37,91 metros y 11-12 amojonada hasta los 22,36 metros edificada corriendo por Costado Sudoeste de tabique hasta los 43,26 metros amojonada hasta los 93,48 metros alambrada hasta los 102,78 metros y amojonada hasta el final, AL s 73º 01´de 157,18. Lindando con lotes Nº 3 al Nº 13 mediante la primera recta; con lote Nº 13 al Nº 15 mediante la segunda recta; todos lotes de esta misma subdivisión; luego linda con lote Nº 17 de Roberto F. Steinkopf hasta los 1,34 metros de la tercera recta,  con calle Alberdi en los

siguientes 11,66 metros; con Héctor R. Bernigaud hasta los 22,36 metros de la tercera recta; con María  H. C. de Gette hasta los 33,00 metros; con Francisco R. Campostrini hasta los 43,26 metros; con Luis M. Altuna y otra hasta los 52,16 metros; con Guillermo A. Marsili hasta los 61,86 metros; con Hugo A. Fernández hasta los 74,48 metros; con calle Churruarín hasta los 93,48 metros;  con Juan I. Reyes hasta los 102,78 metros y con calle Joaquín V. González hasta el final.  SUDOESTE: Cuatro líneas rectas a saber: las tres primera amojonadas a los rumbos: 12-65 al N 86º 26´O de 56,00 metros; 65-54 al N 73º 01´O de 90,46 metros y 54-29 al S 20º 35´O de 38,56 metros y la cuarta recta, 29-30 simplemente amojonada hasta los 39,35 metros; amojonada bajo techo hasta los 79,82 metros; amojonada  hasta los 91,02 metros; edificada corriendo por Costado Noreste de tabique hasta los 103,05 metros y amojonada hasta el final; al N 70º 05´O de 140,95 metros. Lindando con Lotes Nº 29 al Nº 26 mediante la primera recta; con Lotes Nº 25 al Nº 18 mediante la segunda recta;  con Lote Nº 18 al Nº 16 mediante la tercera recta, todos los lotes de esta subdivisión;  luego linda con Barrio Dispensario mediante el resto de la tercera recta; con calle Alberdi hasta los 13,00 metros de la cuarta recta; con Barrio Dispensario hasta los 80,85 metros con lote Nº 3 de Hugo E. Vercesi hasta los 91,02 metros;  con Lote Nº 2 de Carlos E. Gardella hasta los 103,05 metros; con Lote Nº 1 de Jorge D. Cubilla hasta los 116,85 metros y con Daniel Mecer mediante el resto. NOROESTE: Línea recta 30-31 amojonada, al N 23º 00´E de 13.02 metros lindando con calle España.

ART.2º.- ORDENAR la inscripción del inmueble a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú en el Registro de la Propiedad Inmueble en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 1810 del Código Civil.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 11 de marzo de 2010.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Celia Amarillo, Secretaria Int.

Es copia fiel que, Certifico.

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