Guía Única de Trámites - Habilitación de Vehículo para Cadetería


Dónde: Dirección de Tránsito- Oficina de Tránsito- Urquiza 1066
Horarios: Lunes a Viernes de 7.15 a 12.15 horas  / Miércoles  de 15.00 a 19.00 horas
 
Normativa: ORDENANZA Nº 10821/05 Y MODIFICATORIA 11201/08
 

Requisitos que deben cumplimentar los cadetes o mensajeros afectados al servicio:

  • Poseer registro de conductor con la categoría correspondiente, cuando su actividad la realicen mediante el uso de vehículos que requieran licencia para conducir.
  • Para el caso de tramitar por primera vez el registro de conductor de la categoría correspondiente, no superar los sesenta y cinco (65) años de edad.
  • Someterse a un examen teórico que acredite el conocimiento de la legislación vigente en la materia, relativa a la prestación del servicio.
  • Prestar el servicio correctamente vestido, y mantener trato cordial con los usuarios.
  • Realizar, cada dos años, un curso de actualización y/o capacitación sobre normas de tránsito, manipulación de alimentos, entre otros; según los criterios de necesidad que establezca la Dirección de Tránsito

Durante la prestación del servicio, los cadetes o mensajeros, deberán poseer:

  • Chaleco identificatorio fluorescente para aquellos cadetes que desempeñen su actividad mediante la utilización de motos, ciclomotores, bicicletas o similares.
  • Registro de conductor para aquellos cadetes que desempeñen su actividad mediante la utilización de vehículos que así lo exijan.
  • Constancia de habilitación del vehículo.
  • Póliza vigente.
  • Libreta sanitaria, en caso de que trasladen alimentos.
 

Obligatoriedad de la Licencia de vehículo:

 
La tramitación para obtener la licencia de vehículo a afectar al Servicio de Cadetería exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:
  1. Titularidad del vehículo mediante presentación del título respectivo, caso contrario, autorización por escrito del Titular Registral por la cual faculta al solicitante al uso del vehículo como tal. Dicha autorización deberá ser otorgada mediante firma certificada en su autenticidad o prestada ante autoridad municipal, y durará mientras la misma no sea revocada en igual forma.  En caso de producirse la revocatoria, la licencia caducará en forma automática, debiendo proceder en dicho caso el beneficiario de la misma a la entrega de toda documentación habilitante.
  2. Acreditar identidad personal.
  3. Vigencia del contrato con la entidad aseguradora
  4. Control técnico visual el cual se realizará cada cuatro (4) meses en el lugar que la Dirección de Trámite Público, que indique que el vehículo deberá contar con todas las luces reglamentarias, espejos, patente, frenos, etc.; con un cartel con luz e identificación de empresa de cadetería y Nº de interno.

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