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Se prorroga la vigencia de las Licencias Nacionales de Conducir para personas mayores de 60 años
El pasado 2 julio mediante Decreto N° 1736/2020 el intendente Dr. Esteban Martín Piaggio estableció esta prórroga de manera preventiva y con carácter excepcional hasta el 30 de septiembre.
Se prorroga la vigencia de las Licencias Nacionales de Conducir para personas mayores de 60 años cuyos vencimientos hayan operados a partir del día 14 de febrero, inclusive, hasta el 30 de septiembre.
Asimismo, mediante el Decreto N° 1736/2020 también se autoriza “a las personas mayores de 60 años de edad, que posean Licencias Nacionales de Conducir, cuyos vencimientos hayan operados a partir del 14 de febrero, inclusive, del corriente año a realizar el trámite de renovación de la licencia de conducir de acuerdo al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 de Presidencia de la Naci6n (articulo 6°) y se encuentren exceptuadas del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibici6n de circular, por estar afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, debiendo presentar la respectiva autorizaci6n de excepci6n que corresponda”.
Entre los considerandos del decreto se destaca que “mediante el Decreto N° 520/2020 del Gobierno Nacional se estableció un nuevo marco normativo para todas aquellas zonas en donde no existe circulación comunitaria de SARS-COV-2 y en las cuales rige el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" para todas las personas que residan 0 transiten en los aglomerados urbanos y en partidos 0 departamentos 0 provincias argentinas que verifiquen en forma positiva los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos con base científica. Adoptándose entonces medidas sectorizadas y temporarias, en base a resultados alentadores de la situación que permitan nuevas habilitaciones de modo paulatino. Y conforme 10 previsto en el artículo 3° del citado Decreto, la totalidad de los Departamentos de la Provincia de Entre Ríos se encuentran comprendidos en esta nueva etapa de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio".
Además “que la Agencia Nacional de Seguridad Vial, organismo descentralizado en el ámbito del actual Ministerio de Transporte de la Nación, de conformidad a las indicaciones realizadas por el Ministerio de Salud de la Nación en el Anexo II de la Resolución N° 627/2020, las personas mayores de SESENTA (60) años de edad, deberán permanecer en el domicilio la mayor parte del tiempo y minimizar el contacto social, y no asistir a actividades sociales, lugares de alto transite y aglomeración de personas, ello a fin de evitar un posible contagio” y “que en atención a 10 expuesto se instó a las Jurisdicciones que otorgan la Licencia Nacional de Conducir mediante Centres Emisores de Licencias (CELs) homologados y certificados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en el marco de sus prelativas y a través de sus autoridades, a prorrogar de manera preventiva y con carácter ES COP1.tefc'E!p'Cional, por el término que consideren oportuno y razonable, la vigencia de las Licencias nacionales de Conducir de las ciudadanas y los ciudadanos mayores de SESENTA (60) años e edad, debiendo informarse a la misma la decisión adoptada”.