Ordenanzas - Donación de terreno


ORDENANZA Nº 12.220/2018.

EXPTE. Nº6174/2018-H.C.D.

VISTO:
El Expediente Nº 5454/2016, caratulado: “SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS S/ CONVENIO DE DONACIÓN - PROCREAR BICENTENARIO Y NORTE- HUBALDE EDGARDO”; y
CONSIDERANDO:
Que el día  28 de marzo del año 2018, comparecieron a la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú la Señora Dalila Mariel HUBALDE, DNI Nº 23.710.135, CUIT 27-23710135-4, con domicilio en calle La Rioja Nº 775 de esta ciudad, argentina, mayor de edad, de estado civil soltera, hábil, por sí y en representación de su hermana, la Señora Cecilia Inés HUBALDE, DNI Nº 32.025.499 CUIT Nº 27-32025499-5 en virtud del PODER ESPECIAL DE VENTA Y DONACIÓN pasado ante la escribana María Luisa GREISSING de esta ciudad, Escritura Nº 52 de fecha 12 de noviembre del año 2016 y el Señor Sebastián Enrique HUBALDE, DNI Nº 30.156.217, CUIL 23-30156217-9, con domicilio en calle La Rioja Nº 775 de esta ciudad, argentino, mayor de edad, de estado civil soltero, hábil, todos ellos en el carácter de nudos propietarios (33,33% c/u) del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad bajo MATRÍCULA Nº 111.336 en fecha 06/11/2015 por la Escribana Cristina ITURRIOZ, con una superficie según título de treinta y cuatro mil novecientos cincuenta y seis metros cuadrados (34.956 m2), sito en Departamento y Municipio de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección Cuarta, Manzana 19 J, Partida Provincial Nº 50.378, Partida Municipal Nº 27.579, domicilio parcelario Calle Pública S/N y Edgardo Enrique HUBALDE, DNI Nº 5.873.490, CUIL Nº 20-05873490-0 y Ana María Alicia ECHAZARRETA, DNI Nº 5.217.060, CUIL Nº 27-05217060-0 en el carácter de usufructuarios de dicho inmueble; en los caracteres invocados, los primeros donan a la Municipalidad de San José de Gualeguaychú una fracción de terreno que se desglosa del inmueble descripto, el  cual será destinado a la apertura de calle pública, con una superficie de trescientos ochenta y cuatro metros cuadrados (384,00 m2) PLANO CATASTRAL Nº 92.232 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (1-2) al S 79º 09´E de 3,00 m linda con Graciela M.F. BACIGALUPO y otro. ESTE: recta (2-3) al S 6º 35´O de 127,75 m linda con calle Pública (tierra). SUR: Recta (3-4) al S 88º 08´O de 3,05 m linda con calle Federación y OESTE: Recta (4-1) N 6º 35´E de 128,40 m linda con Dalila Mariel, Sebastián Enrique y Cecilia Inés HUBALDE, Partida Nº 162.393, y Edgardo Enrique HUBALDE y Ana María Alicia ECHAZARRETA que prestan conformidad a tal acto renunciando a su usufructo en la parte que se dona para calle pública, manifestando todos ellos que el bien se encuentra libre de gravámenes e inhibiciones que podrían impedir su transferencia.

Que estando cumplidos los recaudos legales y en virtud de lo dispuesto por el artículo 95° inciso r) de la Ley Nº 10.027, procede la sanción de una ordenanza que autorice al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación interesada.

Que en las presentes actuaciones ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales sin manifestar objeciones al dictado del presente acto administrativo.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la donación del inmueble PLANO CATASTRAL N° 92.232 con una superficie de trescientos ochenta y cuatro metros cuadrados (384,00 m2), Partida Nº 162.393 que se desglosa de Matrícula N° 111.336 para ser afectado a calle pública (artículo 95° inciso r) de la Ley Nº 10.027.

ARTÍCULO 2º.- OPORTUNAMENTE desígnese escribano de lista para los trámites de escrituración a favor de esta Municipalidad.

ARTÍCULO 3º.- COMUNIQUESE, publíquese y archívese.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 26 de abril de 2018.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

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