Ordenanzas - Donación de terreno Asociación Trabajadores Municipales


ORDENANZA Nº 11168/2008.-

EXPTE.Nº 3268/2008-H.C.D.

 

 

VISTO:

            El Expediente Nº 4995/08 Caratulado: “Asociación Trabajadores Municipales s/donación de terreno”, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que a fs. 1 de las presentes actuaciones, la Asociación de Trabajadores Municipales, Nº inscripción 52/03 (D.I.P.J.E.R) pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo Municipal, la necesidad de contar con una Sede Social para desarrollar sus tareas específicas y los inconvenientes de haberlo hecho, hasta la actualidad, en inmuebles alquilados.

                               Que para ello, solicitan la donación, adjudicación y/o cualquier otra forma jurídica que se estime conveniente, de un terreno de propiedad municipal sito en la esquina de calles Seguí y Clavarino, Manzana 18 A, Parcela 3, Lote Nº 19.

                               Que los datos catastrales de la fracción de terreno que se solicita son:  sito en Planta Urbana, Sección Cuarta, Manzana 18 a, Plano Catastral Nº 52.094, Partida provincial Nº 129.985, Lote Nº 19, superficie 354,85 cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (27-40) al N 87º 54´E de 10,00 m. linda con Juana M. López Guerra de Vazquez. ESTE: recta (40-26) al S 2º 06´E de 44,00 m. linda con calle Seguí. SUR: Recta (26-6) al S 87º 54´O de 5,80 m. linda con calle L.Clavarino y OESTE: recta (6-27) al N 7º 58´O de 44,23 m en total, linda con María Elisa Arébalo y Otro hasta los 22,53 m. y el resto con Ernesto R. Hornus S.A inscripto a nombre de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, bajo Matrícula Nº 121.582 del año 1993.

                               Que compartiendo dictámenes emitidos por la Secretaría de Planeamiento Urbano (fs.11) y Dirección de Asuntos Legales (fs.12) se estima conveniente acceder a lo solicitado y transferir la propiedad del inmueble descripto a favor de la Asociación de Trabajadores Municipales bajo la forma de una donación con cargo de construir su Sede Social en el plazo máximo de cinco años (Art.1826 y conc.C.C.) y de pactar cláusula de reversión que incluya las mejoras realizadas, para el caso de disilución de la Asociación de Trabajadores Municipales.

                               Que siendo facultad de este Honorable Concejo Deliberante resolver sobre la enajenación a título gratuito de bienes de propiedad municipal (Art.11º inc.7º ap. c) y en virtud de los antecedentes obrantes en estas actuaciones, corresponde que así se disponga y autorice

ORDENANZA Nº 11168/2008.-

 

 

al Departamento Ejecutivo Municipal a donar a la Asociación de Trabajadores Municipales el inmueble que solicitan y cuyos datos se describen supra, con el cargo de construir su sede social en el plazo de cinco años, con cláusula de reversión que incluya las mejoras incorporadas al terreno, en caso de disolución de dicha Asociación y quedando a su cargo los gastos de certificación de mensura y escrituración.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a donar a la Asociación de Trabajadores Municipales, Nº de inscripción 52/03 (D.I.P.J.E.R) una fracción de terreno, cuyos datos catastrales son: Sito en Planta Urbana, Sección Cuarta, Manzana 18 A, Plano Catastral Nº 52.094, Partida Provincial Nº 129.985, Lote Nº 19, superficie 354,85 m. cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta 27-40) al N 87º 54´E de 10,00 m. linda con Juana M. López Guerra de Vázquez. ESTE: Recta (40-26) al S 2º 06´E de 44,00 m. linda con calle Seguí. SUR: Recta (26-6) al S. 87º 54´O de 5,80 m, linda con calle L. Clavarino y OESTE: recta (6-27) al N 7º 58´O de 44,23 m en total, linda con María Elisa Arébalo y Otro hasta los 22,53 m. y el resto con Ernesto R. Hornus S.A., inscripto a nombre de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, bajo matrícula 121.582 del año 1993, con el cargo que dicha Asociación construya su Sede Social en el plazo máximo de cinco (5) años y con cláusula de reversión que incluya las mejoras incorporadas para el caso de disolución de la Asociación de Trabajadores Municipales.

ART.2º.- PONER a cargo de la Asociación de Trabajadores Municipales los gastos de certificación  de mensura y escrituración.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 4 de septiembre de 2008.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Lisandro Gamarra, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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