Ordenanzas - Donación de terreno del I.A.P.V.


ORDENANZA Nº12029/2016.

EXPTE.Nº 5645/2016-H.C.D

VISTO: El Expediente Nº 2522/2015, caratulado: “DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES S/ CERTIFICACIÓN DE MENSURA”; y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Ríos (IAPV), mediante Resolución de Directorio Nº 278 de fecha 22 de febrero del año 2016 oferta en donación a la Municipalidad de Gualeguaychú, dos (2) fracciones de terreno, que dicho Instituto adquirió para la ejecución de Proyectos de Colonización Productiva en el marco del PROGRAMA FEDERAL DE VIVIENDA Y MEJORAMIENTO DEL HÁBITAT DE PUEBLOS ORIGINARIOS Y RURALES los cuales fueron destinados a la construcción de 76 viviendas de carácter social, en virtud de los convenios tripartitos celebrados entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependientes de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios, la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del Ministerio de Desarrollo Social de Entre Ríos y la Municipalidad de San José de Gualeguaychú.

         Que en dichos convenios la Municipalidad asume el cargo de escriturar los inmuebles a favor de los beneficiarios, por lo que resulta necesario que el Instituto le transfiera la propiedad de los mismos a efectos de lograr la regularización dominial definitiva de las viviendas construidas.

Que los datos catastrales de los inmuebles en cuestión son los siguientes:

PLANO Nº 17.746: Partida Provincial Nº 32.469, sito en provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguaychú, Distrito Costa Uruguay Sur, Superficie 11 ha 12 as 70 cs (once hectáreas, doce áreas, setenta centiáreas), MATRÍCULA Nº 2.765 cuyos límites y linderos son: NORTE: tres (3) rectas a saber: (1-2) al N 89º 16´E de 230,60 metros; (2-3) al N 8º 18´ E de 147,00 metros ambas lindando con María de las Nieves ALEM de GONZÁLEZ y otros, finalmente (3-4) al S 81º 42´E de 200,00 metros lindando con Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda; ESTE: recta (4-5) al S 8º 09´O de 324,20 metros linda con Ruta

Provincial Nº 42. SUR: recta (5-6) al S 88º 25´O de 377,00 metros linda con Rodolfo Bonifacio IRAZUSTA;  OESTE: recta (6-1) al N 7º 14´O de 213,50 metros linda con María de las Nieves ALEM de GONZÁLEZ y otros.

PLANO Nº 49.255: Partida Provincial Nº 127.476, sito en provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguaychú, Distrito Costa Uruguay Sur, superficie 2 ha 22 as 54 cs (dos hectáreas, veintidós áreas, cincuenta y cuatro centiáreas). Matrícula Nº 6.363 cuyos límites y linderos son: NORTE: recta (1-2) al S 81º 42´E de 200,00 metros linda con María de las Nieves ALEM de GONZÁLEZ y otros. ESTE: recta (2-3) al S 8º 18´O de 111,30 metros linda con Ruta Provincial Nº 42. SUR: recta (3-4) al N 81º 42´O de 200,00 metros linda con Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda y OESTE: recta (4-1) al N 8º 18´E de 111,30 metros linda con María de las Nieves ALEM de GONZÁLEZ.

Que mediante dicha resolución se requiere de esta Municipalidad el dictado de una Ordenanza de aceptación en forma previa al pedido de autorización legislativa correspondiente,  la cual será instrumentada por el Área Notarial del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda y de implementar la escrituración correspondiente a través de la Escribanía Mayor de Gobierno.

Que en las presentes actuaciones ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales sin manifestar objeciones al dictado del presente acto administrativo.

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 95º inciso r) de la Ley Nº 10.027 modificada por la Ley Nº 10.082 corresponde el dictado de una Ordenanza que acepte la donación efectuada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la  DONACIÓN efectuada por el INSTITUTO AUTÁRQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDA DE ENTRE RÍOS, CUIT Nº 33-99905334

 

de las dos (2) fracciones de terreno de su propiedad que se describen en los considerandos del presente, a saber: PLANO Nº 17.746: Partida Provincial Nº 32.469, sito en provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguaychú, Distrito Costa Uruguay Sur, Superficie 11 ha 12 as 70 cs (once hectáreas, doce áreas, setenta centiáreas), Matrícula Nº 2.765 cuyos límites y linderos son: NORTE: tres (3) rectas a saber: (1-2) al N 89º 16´E de 230,60 metros; (2-3) al N 8º 18´ E de 147,00 metros ambas lindando con María de las Nieves ALEM de GONZÁLEZ y otros, finalmente (3-4) al S 81º 42´E de 200,00 metros lindando con Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda; ESTE: recta (4-5) al S 8º 09´O de 324,20 metros linda con Ruta Provincial Nº 42. SUR: recta (5-6) al S 88º 25´O de 377,00 metros linda con Rodolfo Bonifacio IRAZUSTA;  OESTE: recta (6-1) al N 7º 14´O de 213,50 metros linda con María de las Nieves ALEM de GONZÁLEZ y otros. PLANO Nº 49.255: Partida Provincial Nº 127.476, sito en provincia de Entre Ríos, Departamento Gualeguaychú, Distrito Costa Uruguay Sur, superficie 2 ha 22 as 54 cs (dos hectáreas, veintidós áreas, cincuenta y cuatro centiáreas). Matrícula Nº 6.363 cuyos límites y linderos son: NORTE: recta (1-2) al S 81º 42´E de 200,00 metros linda con María de las Nieves ALEM de GONZÁLEZ y otros. ESTE: recta (2-3) al S 8º 18´O de 111,30 metros linda con Ruta Provincial Nº 42. SUR: recta (3-4) al N 81º 42´O de 200,00 metros linda con Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda y OESTE: recta (4-1) al N 8º 18´E de 111,30 metros linda con María de las Nieves ALEM de GONZÁLEZ.

ARTÍCULO 2º.- REMITIR la presente Ordenanza al Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Ríos para que proceda a la instrumentación del trámite legislativo y escrituración a través de la Escribanía Mayor de Gobierno.

ARTÍCULO 3º.-  Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Sala de Sesiones – Honorable Concejo Deliberante.

San José de Gualeguaychú, 7 de abril de 2016.

Jorge Maradey, Presidente – Leandro Silva, Secretario.

 

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