Ordenanzas - Imposición de nombre calle Renzo Ramaglia


ORDENANZA Nº 11920/2014.

EXPTE.Nº 5313/2014-H.C.D.

 

VISTO:

          La nota presentada por vecinos del Barrio 200 Viviendas, sito en calle Roffo al Norte en su intersección con calle Federación, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que los habitantes del mencionado barrio, han propuesto como posible denominación para el mismo, el nombre de “RENZO LEONEL RAMAGLIA”, quien fuera vecino oriundo de Gualeguaychú, nacido el 14 de agosto de 1991.

                               Que el presente requerimiento formulado por los vecinos se fundamenta en la necesidad de homenajear a quien falleciera el 10 de diciembre de 2012, a los 21 años de edad en circunstancias en que se encontraba desempeñando sus labores como albañil en el Barrio 200 Viviendas, instantes en los que una intensa tormenta provocó que un poste de tendido eléctrico cayera pesadamente sobre el joven Renzo, produciéndole su deceso.

                               Que existe la posibilidad de designar a la calle pública Nº 465 sin denominar, con el nombre de “RENZO LEONEL RAMAGLIA”.

                               Que allegados, amigos, familiares y vecinos desean honrar su memoria imponiéndole su nombre a una calle del Barrio

“200 Viviendas”.

                               Que de acuerdo a un informe emitido por la Dirección Municipal de Catastro,  no existirían inconvenientes en acceder a lo solicitado, en virtud de no figurar en los registros obrantes en dicha Dirección,  la denominación propuesta. 

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

 

ART.1º.- DESIGNASE con el nombre de “RENZO LEONEL RAMAGLIA”, a la calle pública sin denominar Nº 465, sita entre calles Helena L de Roffo y calle pública Nº 5408.

ART.2º.- REMITASE copia de la presente Ordenanza a los vecinos requirentes, a la Secretaría de Planeamiento, Dirección de Catastro Municipal y a la Dirección de Tránsito Municipal a efectos de que se proceda a la respectiva señalización.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 18 de diciembre de 2014.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL