Ordenanzas - Pavimentación de calle Franco


ORDENANZA Nº10861/2006.-

EXPTE.Nº 2390/2006.-H.C.D.

 

 

VISTO:

             El avance de la obra de sistematización de los desagues pluviales de la  cuenca norte (Canal Clavarino),  y la solicitud presentada por los vecinos frentistas de calle Franco entre Yrigoyen y Magnasco, según obra en expedientes Nºs. 3796/05, 6250/05, 6339/05 y 229/06, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que la obra de sistematización de los desagues pluviales no contempla la pavimentación de las calles alcanzadas con las mejoras.

                               Que en el caso que nos ocupa, dicho proyecto y financiamiento no incluye además la reposición de adoquines en aquellas calles adoquinadas, obligando al municipio a asumir a su propio costo dichos trabajos.

                               Que la Empresa De Martín, adjudicataria de la obra de desagues, ha realizado todos los trabajos previos para que el Municipio proceda a readoquinar dicha arteria, mediante la ejecución de una base que resultaría compatible con la pavimentación de la misma en hormigón armado en el ancho existente de 4,10 mts.

                               Que del informe que elevara la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, se observa la conveniencia de completar la pavimentación de la calle Franco, entre calles Yrigoyen y Magnasco, en lugar de proceder al readoquinamiento.

                               Que los vecinos frentistas en aras de encontrar una solución, aceptan contribuir con  el 100% de los materiales necesarios para la pavimentación, abonando un 50% de dicho costo al inicio de la obra, solicitando una financiación para el saldo de la misma, de acuerdo a las posibilidades de cada una de las partes.

                               Que no resulta conveniente encuadrar la pavimentación dentro de las obras que realiza la Municipalidad por el sistema de Consorcios Vecinales, en virtud de los tiempos que el mismo demandaría, estando la calle Franco hoy fuera de servicio y a la espera de una rápida solución al problema planteado.

                               Que existiría disponibilidad inmediata por parte del personal de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, para llevar adelante los trabajos de pavimentación demandando los mismos un tiempo no mayor a cinco días.

                               Que la situación planteada reviste una excepcionalidad que obliga al dictado de una Ordenanza especial de contribución por mejoras.

 

ORDENANZA Nº 10861/2006.-

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- DECLARASE de utilidad pública la pavimentación de calle Franco entre calles Magnasco e Yrigoyen,  mediante el presente sistema de Contribución por Mejoras.

ART.2º.- FIJASE como contribución de los vecinos frentistas a la obra, un monto equivalente al costo de los materiales que la obra demande, el que será distribuido de acuerdo a los metros de frente que tenga cada vecino sobre la calle alcanzada con la mejora, y a razón de SESENTA Y UN PESOS ( $ 61,00.-) por metro lineal de frente.

ART.3º.- ESTABLECESE un mecanismo especial de pago, en el cual los vecinos que adhieran al mismo podrán abonar el 50% de su contribución dentro de los treinta días corridos de sancionada la presente, abonando el saldo en 12 cuotas iguales, mensuales, consecutivas y sin interés.

ART.4º.- FIJASE para aquellos vecinos que no adhieran al sistema de pago establecido en el Art.3º, una contribución equivalente al precio establecido para las obras de Consorcios Vecinales, resultando para esta caso, la suma de Pesos Sesenta y Siete ($ 67,00.-) por metro lineal de frente, y con los mecanismos de actualización que para cada cuota, la Dirección de Rentas establece para el financiamiento de Tasas y Contribuciones.

 ART.5º.- AUTORIZASE a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la realización de la mencionada obra dentro de los treinta días de aprobada la presente Ordenanza, disponiendo para ello del propio personal y equipamiento, como así también de disponer de los recursos económicos de Rentas Generales para afrontar los demás gastos que la obra le demande, como así también en lo relativo al porcentaje a financiar por el Municipio.

ART.6º.- NOTIFIQUESE la presente a cada uno de los frentistas de calle Franco entre calles Magnasco e Yrigoyen.

ART.7º.- COMUNIQUESE, etc....

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 17 de febrero de 2006.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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