Ordenanzas - Autorizar la escrituración del inmueble Sra Corujo


ORDENANZA Nº 11711/2012.

EXPTE.Nº 4741/2012-H.C.D.

 

VISTO: el Expediente. Nº 4751/08 caratulado: “CORUJO MARÍA GRISELDA S/ ESCRITURA DE INMUEBLE”; y

 

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se procura la regularización dominial del inmueble sito en ciudad y ejido de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección Segunda, Manzana 141, con una superficie de 249,51 m2, Plano Catastral 77.889.

Que mediante Ordenanza Nº 8346/87 el Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a vender el inmueble en cuestión al agente municipal Señor Luís Alberto VILLANUEVA, por el valor del avalúo fiscal y mediante un plan de pagos acorde a las posibilidades financieras del Señor VILLANUEVA, quien para ésa época hacía veinte (20) años que habitaba en dicho predio con su familia, en el carácter de Encargado del Corralón Municipal.

Que el inmueble en cuestión formaba parte de una mayor superficie de 2.351,86 m2 sobre la que la Municipalidad de San José de Gualeguaychú ejercía una posesión de larga data sin que se hubiera regularizado la situación registral, a pesar de contar con todos los elementos para efectuarla.

Que tal situación fue saneada por Decreto Nº 2240/08, mediante el cual se declaró operada la prescripción adquisitiva de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, habiéndose inscripto el dominio bajo Matrícula Nº 138.426 en fecha 26 de mayo de 2009.

Que la Señora María Griselda Rosa CORUJO DNI Nº 4.719.589 ha acreditado su estado civil de viuda del Señor Luis Alberto VILLANUEVA, LE Nº 4.731.921, con quien estuvo unida en matrimonio celebrado en fecha 26 de noviembre de 1966, inscripto en Tomo II, Acta Nº 374 Folio Nº 74 del Libro de Matrimonios de esta ciudad y quien falleció en fecha 27 de diciembre de 1998 según consta  en Tomo II, Acta  Nº 244 del Libro de Defunciones de esta ciudad.

Que asimismo se acredita que de la unión matrimonial entre las personas referidas en el párrafo precedente, nacieron Enrique Ramón, en fecha 3 de octubre de 1961, anotado en Tomo II, Acta Nº 1029, Folio Nº 65; José Ramón de los Milagros, en fecha 19 de julio de 1963, anotado en Tomo I, Acta Nº 749, Folio Nº 375; María Alejandra, en fecha 15 de agosto de 1967 anotada en Tomo II, Acta Nº 771, Folio Nº 86; y Luis Alberto en fecha 22 de diciembre de 1968 anotado en Tomo II, Acta Nº 1202, Folio Nº 259; todo ello con las partidas obrantes de fs. 25 a 36 del expediente de marras.

 

ORDENANZA Nº 11711/2012.

 

         Que mediante  escritura de Cesión de Derechos Hereditarios gratuita que se acompaña  a fs. 38/39, los  Señores Luís Alberto VILLANUEVA, CUIT Nº 20-20361197-9, María Alejandra VILLANUEVA, CUIT Nº 27-18436770-5, José Ramón de los Milagros VILLANUEVA, CUIT Nº 20-16346853-1, y Enrique Ramón VILLANUEVA, CUIT Nº 20-14842324-6, ceden a favor de su madre María Griselda Rosa CORUJO, CUIT Nº 27-04719589-1, todos los derechos y acciones que tienen y les corresponden por el fallecimiento de su padre, Señor Luís Alberto VILLANUEVA, y subrogan en la cesionaria todos los derechos referidos, colocándola en el mismo grado de prelación que tenían por lo que la Señora CORUJO, acepta en todas sus partes la cesión de derechos hereditarios a su favor.

         Que de acuerdo a las constancias obrantes en autos, no existe impedimento legal para acceder a lo solicitado y ordenar la escrituración del inmueble a favor de la Señora María Griselda Rosa CORUJO, que fuera oportunamente vendido al Señor Luís Alberto VILLANUEVA, mediante Ordenanza Nº  8346/87.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- HACER LUGAR a lo solicitado por la Señora María Griselda Rosa CORUJO, CUIT 27-04719589-1 y AUTORIZAR la escrituración del inmueble sito en ciudad y ejido de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección Segunda, Manzana Nº 141, con domicilio parcelario en calle Saenz Peña Nº 219, y con una superficie de 249,51 m2, Plano Catastral 77.889 a su favor, en virtud de la Cesión de Derechos y Acciones hereditarios presentada.

ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 21 de junio de 2012.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

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