Ordenanzas - Contratación Sr. Nissero


ORDENANZA Nº 11039/2007.-

EXPTE.Nº 2743/2007-H.C.D.

 

VISTO:

           La nota presentada por el Sr. Roberto Darío Níssero, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que en dicha nota solicita reconsideración de su situación laboral.

                               Que el mismo ha sido cesanteado por no concurrir a las tareas habituales de trabajo.

                               Que el mismo manifiesta que las inasistencias se produjeron sin tener plena conciencia de las consecuencias de las mismas, ya que se encontraba en una profunda crisis de salud por debilidad y adicción, y además por una situación socio – económica y familiar agravada por la misma  causa. Tampoco había requerido asistencia médica.

                               Que en la actualidad ha comenzado el tratamiento en el Hospital Centenario, y está asistiendo al grupo de autoayuda personal.

                               Que se pone a disposición del Area de Desarrollo Social para constatar dichas aseveraciones.

                               Que adjunta los informes médicos que avalan la situación descripta.

                               Que el informe del superior inmediato Sr. Víctor Ingold – Secretario de Obras y Servicios Públicos, como del superior encargado del Area, destacan que el Sr. Roberto Darío Níssero, ha tenido siempre buena conducta y desempeño, en su lugar de trabajo, sin ningún tipo de inconveniente derivado de su problema de adicción, siendo considerado por sus pares como buen operario y compañero, salvo las reiteradas inasistencias que la Dirección constata.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

 

ORDENANZA Nº11039/2007.-

 

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- CONTRATASE a la fecha de la promulgación de la presente Ordenanza y por un plazo de 6 (seis) meses, al Sr. Roberto Darío Níssero, D.N.I. Nº 10.456.179, domiciliado en Rosario 930 de la ciudad de Gualeguaychú.

ART.2º.- POR la Dirección de Personal y Recursos Humanos, procédase a instrumentar la presente contratación.

ART.3º.- EL Area de Salud Psicología y Asistencia Social dependiente de la Dirección de Desarrollo Social de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, emitirá mensualmente un informe a la Dirección de Personal y Recursos Humanos, sobre el estado del tratamiento instituido.

ART.4º.-COMUNIQUESE, ETC....

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 6 de septiembre de 2007.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

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