Ordenanzas - Convenio con Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial Provincial


                                 ORDENANZA NRO. 10235/96.-

                               EXPTE.NRO. 10371/96-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

      El Expte.Nro. 10371/96 (H.C.D.), Caratulado: "Expte.Nro. 4422/96 - Direccio`n General de Asuntos Legales eleva Acta Compromisoria".

 

CONSIDERANDO:

           Que mediante el Acta mencionada, el Departamento

Ejecutivo en concordancia con Organismos de carácter público, y Entidades Intermedias diversas involucradas en la problemática, formulan acuerdo respecto a la futura construcción de un Centro de Anatomía Patológica y Legal, que sustituya a la actual Sala de Autopsias local, atento su vetusto e inadecuado estado de funcionamiento.

                Que el Departamento Ejecutivo, hizo reserva

expresa de la elevación del Convenio de marras, para su consideración por éste Honorable Concejo Deliberante.

              Que la importancia y trascendencia de la obra en cuestión, exime a éste Cuerpo de consideraciones al respecto, atento el beneficio que ello implica  de por sí para toda la Comunidad.

 

POR ELLO:

       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD

 

DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

                               ORDENANZA

ART.1.-HOMOLOGASE el Acta Compromisoria suscripta en fecha 7 de Noviembre del presente, entre el Departamento Ejecutivo Municipal, el Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial Provincial, la Policía Departamental local, la Policía Departamental Islas del Ibicuy,  Comisión "Ex Clase 32", Sub Prefectura Gualeguaychú, Regimiento de Caballería de Tanques 12, Asociación Mutual Frigorífico Gualeguaychú, y Colegio Médico Local, tendiente a la construcción  de un Centro de Anatomía Patológica y Legal.

ART.2.-ESTABLECESE, que las oficinas Técnicas Municipales, tendrán a su cargo el Proyecto y Dirección de la Obra del Centro premencionado, quedando la administración  y funcionamiento del mismo en la órbita municipal, aplicándose en lo que fuere pertinente, las Ordenanzas Nros 5221, 6056, y normas concordantes.

 

 

 

 

 

 

 

ART.3.- COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES, SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 20 DE DICIEMBRE 1996

JOSE INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

ORDENANZAS

Accesibilidad UrbanaAmbienteAportes PatronalesCeremonialCódigo TributarioComercioConcesionesConstruccionConvocatorias Concursos municipioDonacionesExcepciónHigieneMedio AmbienteMujer integracion socialMultasObras PrivadasObras PúblicasOtroPago a ProveedoresPasantiasPatrimonio CulturalPresupuestoPromocion SocialResiduosSaludServicios a la comunidadTránsitoTurismoViviendas IAPV PROCREAR SIMIL