Ordenanzas - Creación del comité de compras


ORDENANZA Nº 11045/2007.-

EXPTE.Nº 2922/2007-H.C.D.

 

 

VISTO:

           El Proyecto de Ordenanza s/Creación Comité de Compras para equipamiento y móvil utilitario para el Centro Integrador Comunitario”.

 

CONSIDERANDO:

                               Que en esta oportunidad y afín de acortar los plazos de finalización de las obras, resulta aconsejable dotar a la administración, de un mecanismo de compras que resulte ágil, transparente y seguro, por los que se debería crear un Comité de Compras con la intervención de los funcionarios del Departamento Ejecutivo y Concejales representantes de cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante, dotándolos de la facultad de llevar adelante un procedimiento especial de compras.

                               Que el subsidio que es materia del presente acto administrativo, se dicta con arreglo a los lineamientos del Convenio de colaboración del 26 de julio de 2004 entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

                               Que por Resolución Nº 1212 del mes de marzo del año 2007 en su Art.1º, se aprueba un subsidio institucional a favor de la Municipalidad de Gualeguaychú, por un monto de Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil Ochocientos Veintiséis con Ochenta y Seis Centavos ($ 135.826,86.-)

                               Que el indicado subsidio está destinado al Centro Integrador Comunitario, CIC, sito en las calles Perigán y Del Inmigrante, y será aplicado a financiar la compra del equipamiento del mismo con destino a las Areas Desarrollo Social y Salud de la Municipalidad de Gualeguaychú.

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 11045/2007.-

 

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- CREASE un Comité de Compras para las áreas de  Salud y Desarrollo Social en el marco de la Resolución Nº 1212 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación del mes de marzo del año 2007, para supervisar la aplicación del subsidio institucional a favor de la Municipalidad de Gualeguaychú, por un monto de Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil Ochocientos Veintiséis con Ochenta y Seis Centavos ($135.826,86 )destinado al Centro Integrador Comunitario, C.I.C sito en las calles Perigan y Del Inmigrante, y será aplicado a financiar la compra de equipamiento del mismo, conforme a lo legislado en la presente Ordenanza. Este Comité es de carácter excepcional y resultará de aplicación únicamente para efectivizar la  Resolución Nº 1212 de marzo de 2007.

ART.2º.- EL Comité de  Compras, se integrará de la siguiente manera:

  • El Presidente de cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante o a quien él delegue.
  • La Secretaría de Salud de Desarrollo Social o un representante de la misma.
  •  Directora de Adquisiciones y Suministros en representación de la Secretaría de Economía y Hacienda de la Municipalidad de Gualeguaychú.
  • Un Abogado/a en representación de la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad de Gualeguaychú.

ART.3º.- EL procedimiento a seguir para la inversión del subsidio será el siguiente:

1º El Area de Salud  de Desarrollo Social, confeccionarán el/los Pliegos de Condiciones con las especificaciones técnicas de los insumos que requiere, y lo elevará a la Dirección de Adquisiciones y Suministros Municipal.

ORDENANZA Nº 11045/2007.-

 

2º La Dirección de Adquisiciones y Suministros solicitará cotización a todos los proveedores municipales del rubro,  para que coticen en el plazo establecido en el pliego, atento a la urgencia que se tenga de aprovisionamiento.

3º Los oferentes presentarán las propuestas en sobre cerrado de acuerdo a lo especificado en pliegos, por ante la Dirección de Adquisiciones y Suministros en la fecha y hora establecida.

4º La apertura de sobres se realizará en presencia de todos los miembros representantes del Departamento Ejecutivo, de los dos tercios de los representantes del Honorable Concejo Deliberante, de los oferentes que así lo deseen, debiendo labrarse acta de dicho acto.

5º El Comité de Compras confeccionará la planilla comparativa de las ofertas, y la  Dirección de Salud y  la Secretaría de Desarrollo Social elaborará un informe técnico con la evaluación de las propuestas.

6º El Comité de Compras para las áreas mencionadas adjudicará el/los rubros en cuestión a quien considere la oferta más convenientes, fundando dicha adjudicación en el Acta de Adjudicación que será refrendada por todos los integrantes del Comité de Compras.

ART.4º.- FIJASE el plazo de duración de este régimen especial de contratación hasta la fecha en que finalice el equipamiento aprobado para el Centro Integrador Comunitario, por la Resolución Nº 1212/07.

ART.5º.- COMUNÍQUESE, ETC....

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 1º de octubre de 2007.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

 

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