Ordenanzas - ORDENANZA Nº 12.336/2019


ORDENANZA Nº 12.336/2019*.-

EXPTE.Nº 6440/2019-H.C.D.-

VISTO:

         El Decreto Ad-Referéndum Nº 1773/2019, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO:

         Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA EL SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo Nº1.- APRUEBASE el Decreto Ad-Referéndum Nº 1773/2019 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo Nº 2.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 22 de agosto de 2019.

Jorge F. Maradey, Presidente – Leandro M. Silva, Secretario.

 

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 1773/2019.-

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 2 de mayo de 2019

 

VISTO: La Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, que aprueban el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2019; y

 

CONSIDERANDO:

Que se ha registrado el ingreso de aportes no reintegrables del Gobierno Provincial CoPNAF correspondientes a:

  • Gastos 50 Racionamiento Jardín Toto Irigoyen.
  • Remeras Corsos Infantiles.

Que se ha registrado el ingreso de un aporte no reintegrable otorgado por el Ministerio de Cultura y Comunicación de la Provincia destinado a solventar parte de los gastos originados por el costo de la compra de equipamiento mínimo e indispensable para el “Teatro Gualeguaychú”.

Que el Ministerio de Desarrollo de la Provincia ha actualizado los valores asignados para los comedores infantiles.

Que al cierre del ejercicio 2018 quedaron recursos afectados sin invertir, los que se encontraban depositados en sus respectivas cuentas bancarias, formando parte de las disponibilidades iniciales, y correspondientes a los siguientes programas:

  • Municipios Saludables - Plazas y Escuelas Saludables.
  • Ingresos por atención Plan Nacer.
  • Programa Cuidadores de la Casa Común.
  • Galería de Arte Casa de la cultura.
  • Programa CoPNAF - Gastos 50 Racionamiento Jardín Toto Irigoyen.
  • Programa CoPNAF - Equipamiento Área Niñez y Familia.
  • Ministerio del Interior Proyecto Hábitat Suburbio Norte Gualeguaychú – Infraestructura.
  • Proyecto Colonia Escucha de Jóvenes Protagonistas.
  • Proyecto Colonia de Vacaciones.
  • Programa SeNAF – 1ª Infancia - Jardín Voy Creciendo Bº Villa María.
  • Programa CoPNAF – 1ª Infancia-Jardín Estrellitas Bº Munilla.
  • Programa CoPNAF – 1ª Infancia-Jardín Solcito - Suburbio Sur.
  • Programa CoPNAF – 1ª Infancia-Jardín Hormiguitas – CIC.
  • Programa PROTEGER - Compromiso Enfermedades Crónicas no Transmisibles.
  • CIC 3 de Caballería - Subsidio no Reintegrable del Ministerio de Desarrollo Social.
  • Fondo Federal Solidario.

Que al cierre del ejercicio 2018 quedaron en las Disponibilidades iniciales, fondos correspondientes al Resultado del Ejercicio, lo que permite la ampliación presupuestaria correspondiente a fin de continuar con las obras que se encuentran en ejecución y la prestación de servicios esenciales.

Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERÉNDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando el rubro 1700000 Transferencias corrientes17.5.01.04 Otros Subsidios Provinciales - CoPNAF - 50 Racionamento Jardín Toto Irigoyen en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 205.875,00).

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 205.875,00).

ARTÍCULO 3º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando el rubro 1700000 Transferencias corrientes17.5.01.04 Otros Subsidios Provinciales - ANR para solventar gastos de adquisición equipamiento de sonido e iluminación Teatro en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00).

ARTÍCULO 4º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 30.00.00 Dirección de Cultura de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Bienes de uso en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00).

ARTÍCULO 5º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando el rubro 1700000 Transferencias corrientes17.5.01.04 Otros Subsidios Provinciales – CoPNAF - Remeras Corsos Infantiles en la suma de PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS ($ 15.200,00).

ARTÍCULO 6º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS QUINCE MIL DOSCIENTOS ($ 15.200,00).

ARTÍCULO 7º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando el rubro 1750100 Transferencias Corrientes – De gobiernos e instituciones provinciales y municipales – De gobiernos provinciales17.5.01.01 Racionamiento comedores en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($ 178.500,00).

ARTÍCULO 8º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando la partida Transferencias de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($ 178.500,00).

ARTÍCULO 9º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS ($ 25.200,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Municipios Saludables - Plazas y Escuelas Saludables.

ARTÍCULO 10º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Desarrollo Social de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS ($ 25.200,00).

ARTÍCULO 11º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y UN MIL ($ 1.161.000,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Ingresos por atención Plan Nacer.

ARTÍCULO 12º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00), la partida Servicios no personales en la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 84.000,00) y la partida Bienes de uso en la suma de PESOS UN MILLÓN CINCUENTA Y SIETE MIL ($ 1.057.000,00).

ARTÍCULO 13º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS ($ 45.600,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Cuidadores de la Casa Común.

ARTÍCULO 14º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS ($ 3.700,00) y la partida Transferencias en la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS ($ 41.900,00).

ARTÍCULO 15º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 1.850,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Galería de Arte Casa de la Cultura.

ARTÍCULO 16º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.181/2017 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 30.00.00 Dirección de Cultura de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Bienes de uso en la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 1.850,00).

ARTÍCULO 17º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 168.750,00), provenientes de fondos no invertidos del programa CoPNAF - 50 Racionamento Jardín Toto Irigoyen.

ARTÍCULO 18º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando la partida Bienes de consumo de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 168.750,00).

ARTÍCULO 19º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000,00), provenientes de fondos no invertidos del programa CoPNAF - Equipamiento Área Niñez y Familia.

ARTÍCULO 20º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando la partida Bienes de consumo de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000,00).

ARTÍCULO 21º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 16.138.624,98), provenientes de fondos no invertidos del programa Ministerio del Interior Proyecto Hábitat Suburbio Norte Gualeguaychú - Infraestructura.

ARTÍCULO 22º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos, en la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 479.400,00) y dentro de la Apertura Programática 56.00.00 Proyecto Integral Hábitat Suburbio Norte de la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 9.644.224,98) y la partida Servicios no personales en la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINCE MIL ($ 6.015.000,00).

ARTÍCULO 23º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Proyecto Colonia Escucha de Jóvenes Protagonistas.

ARTÍCULO 24º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00).

ARTÍCULO 25º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 11.252,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Proyecto Colonia de Vacaciones.

ARTÍCULO 26º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando la partida Bienes de consumo de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social en la suma de PESOS ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 11.252,00).

ARTÍCULO 27º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 78.900,00), provenientes de fondos no invertidos del programa SeNAF – 1ª Infancia-Jardín Voy Creciendo Bº Villa María.

ARTÍCULO 28º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano, la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 38.900,00).

ARTÍCULO 29º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CIENTO DOCE MIL ($ 112.000,00), provenientes de fondos no invertidos del programa CoPNAF - 1a Infancia-Jardín Estrellitas Bº Munilla.

ARTÍCULO 30º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano, la partida Servicios no personales en la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL ($ 64.000,00).

ARTÍCULO 31º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS ($ 42.700,00), provenientes de fondos no invertidos del programa CoPNAF - 1a Infancia-Jardín Solcito - Suburbio Sur.

ARTÍCULO 32º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano, la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS ($ 4.400,00), la partida Servicios no personales en la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS ($ 6.600,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS ($ 31.700,00).

ARTÍCULO 33º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL SEISCIENTOS ($ 110.600,00), provenientes de fondos no invertidos del programa CoPNAF – 1ª Infancia-Jardín Hormiguitas - CIC.

ARTÍCULO 34º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social y de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano, la partida Bienes de consumo en la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS ($ 2.300,00), la partida Servicios no personales en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00) y la partida Bienes de Uso en la suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS ($ 72.300,00).

ARTÍCULO 35º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ($ 144.900,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Proteger Compromiso Enfermedades Crónicas no Transmisibles.

ARTÍCULO 36º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Servicios no personales en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS ($ 144.900,00).

ARTÍCULO 37º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS ($ 25.500,00), provenientes de fondos no invertidos del programa CIC 3 de Caballería - Subsidio no reintegrable del Ministerio de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 38º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la partida Bienes de uso en la suma de PESOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS ($ 25.500,00).

ARTÍCULO 39º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS ($ 67.900,00), provenientes de fondos no invertidos del programa Fondo Federal Solidario.

ARTÍCULO 40º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando dentro de la Apertura Programática 54.00.00 Fondo Federal Solidario de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos la partida Servicios no personales en la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS ($ 67.900,00).

ARTÍCULO 41º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando el rubro 3500000 Disminución de Otros Activos Financieros35.1.00.00 De Disponibilidades en la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS ($ 16.998.600,00), provenientes de rentas generales.

ARTÍCULO 42º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.264/2018 y sus modificatorias, incrementando la partida Bienes de uso de la Apertura Programática 22.00.00 Dirección de Informática y Nuevas Tecnologías de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 172.800,00); dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social en la partida Bienes de uso de la Apertura Programática 30.00.00 Dirección de Cultura la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00) y en la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente la partida Servicios no personales en la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00); dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos en la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana y en la partida Servicios no personales la suma de PESOS DOCE MILLONES ONCE MIL OCHOCIENTOS ($ 12.011.800,00), en la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas la suma de PESOS CIENTO SEIS MIL QUINIENTOS ($ 106.500,00) en la partida Bienes de consumo y la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 795.000,00) en la partida Servicios no personales y en la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS TRESCIENTOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS ($ 316.500,00) en la partida Bienes de Uso y en la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos en la Apertura Programática 40.00.00 Dirección de Mantenimiento Vial la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 1.571.000,00) en la partida Bienes de Uso.

ARTÍCULO 43º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno y de la Apertura Programática 19.00.00 Dirección de Comunicación Institucional la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00) de la partida Servicios no personales a la partida Bienes de consumo.

ARTÍCULO 44º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social en la Apertura Programática 27.00.00 Equipo de Salud Comunitaria la suma de PESOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS ($ 51.600,00) de la partida Bienes de consumo a la partida Servicios no personales; en la Apertura Programática 30.00.00 Dirección de Cultura la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00) de la partida Transferencias a la partida Bienes de consumo; en la Apertura Programática 33.00.00 Dirección de Medio Ambiente de la partida Transferencias a la partida Servicios no personales la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS ($ 654.700,00) y de la Partida Bienes de consumo a la partida Servicios no personales la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00).

ARTÍCULO 45º.- TRANSFIÉRASE la suma de PESOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS ($ 50.500,00) de la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos a la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 28.00.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 46º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos y de la Apertura Programática 51.00.00 Obras Hídricas y Saneamiento, la suma de PESOS UN MILLÓN TREINTA Y DOS MIL ($ 1.032.000,00) de la partida Servicios no personales a la partida Bienes de consumo.

ARTÍCULO 47º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110108000 Trabajos Públicos de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales a la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana en la partida Bienes de Consumo la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS ($ 1.335.400,00); de la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS ($ 17.698.700,00) a la partida Bienes de Consumo de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana la suma de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS ($ 5.716.300,00), a la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 50.00.00 Vialidad Urbana la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 6.303.800,00), a la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 51.00.00 Obras Hídricas y Saneamiento la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 162.500,00), a la partida Servicios no personales de la Apertura Programática 52.00.00 Viviendas la suma de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 5.474.500,00) y a la partida Bienes de uso de la Apertura Programática 53.00.00 Obras Especiales la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS ($ 41.600,00).

ARTÍCULO 48º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular y de la Apertura Programática 46.00.00 Dirección de Educación Popular, la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($ 1.300,00) de la partida Servicios no personales a la partida Bienes de consumo.

ARTÍCULO 49º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

     IGNACIO JOSÉ FARFÁN                            ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

        Secretario de Gobierno                                  Presidente Municipal

 

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