Ordenanzas - Presupuesto para realización de la pista de rodamiento peraltada


ORDENANZA NRO.10301/97.-

EXPTE. NRO.10902/97 - H.C.D.-

 

 

 

VISTO:

 

La nota presentada por el Club Ciclista “Pedal Pato”, mediante Expediente Nº 10468/97, solicitando la pavimentación de la pista peraltada ubicada en el Parque Unzué Grande, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que las gestiones para la pavimentación de la pista se inician en febrero de 1976 por la llamada en aquel momento Peña Ciclista “El Pedal”.

Que a raíz de esas gestiones logran, de la Dirección Provincial de Vialidad la dona-ción del material para la pavimentación.

Que tambien se consiguió en caracter de donación el agregado pétreo.

Que estos materiales donados, en el año 1976, para tal fin fueron utilizados por el Municipio en otras obras que consideraron prioritarias.

Que en la actualidad será la única pista peraltada existente en la Provincia.

Que como espectáculo deportivo que trasciende las fronteras locales, integraría el paquete de oferta turística.

Que en la temporada estival se pueden realizar espectáculos nocturnos.

Que hoy practican este deporte más de sesenta ciclistas.

Que deportistas y aficcionados entrenan en rutas exponiendose a riesgos en cuanto a su seguridad.

Que más de cien ciclistas han abandonado la práctica de este deporte, precisamente por no tener un lugar adecuado y seguro.

Que las competencias realizadas en la zona urbana entorpecen el funcionamiento del tránsito poniendo en riesgo tanto a ciclistas como a peatones.

Que más de ciento cincuenta niños y adolescentes podrían practicar este deporte en un ámbito adecuado.

Que los niños y adolescentes que sin practicar orgánicamente tal deporte podrían usarlo para “andar en bicicleta” sin correr el peligro de hacerlo mezclado con el tránsito.

Que esto permitiría la organización de competencias “de aficcionados” interbarriales e intercolegiales.

Que en lo estrictamente deportivo es importante el desarrollo a que ha llegado.

Que en el año 1992 se realizaron treinta competencias, en 1993, treinta, en 1994, treinta y seis, en 1995, veintiocho, en 1996, treinta y dos y doce fuera de la ciudad y en el año 1997, diez competencias locales y veintiuna fuera de la ciudad.

Que en los años 1996 y 1997 han participado en los campeonatos argentinos, deportistas locales, ubicandose en puestos importantes debiendo acotar que los que han triunfado realizan sus prácticas en velódromos o pistas adecuadas.

 

 

ORDENANZA NRO.10301/97.-

 

 

Que la organización deportiva que desarrolla esta actividad se comprometería a iluminarlo, parquizarlo, realizar baños y vestuarios, y equiparlo para realizar transmisiones radiales y/o televisivas.

Que el Municipio está en condiciones técnicas y financieras para ejecutar la carpeta asfáltica.

Que el costo de la franja de pavimento está dentro de las posibilidades de inversión del Municipio.

Que es ponderable tanta dedicación y tesón durante tantos años, lo cual merece su reconocimiento, en cuanto al logro de este objetivo y en apoyar y desarrollar este noble deporte “amateur”.

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1.- INCLUYASE en el presupuesto de gastos para el año 1998, los fondos necesarios para la ejecución de los trabajos y material necesario para la realización de la pista de rodamiento peraltada, ubicada en el Parque Unzué Grande.-

 

ART.2.- AFECTAR dichos fondos a la partida trabajos públicos.-

 

ART.3.- LA Secretaría de Obras Públicas municipales tomará como base a los efectos de establecer costos el anteproyecto realizado por la Dirección de Catastro Municipal.

 

ART.4.- COMUNIQUESE, etc...

 

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES, SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 30 DE DICIEMBRE DE 1997.

JOSE L. INGOLD, PRESIDENTE - GUILLERMO MARTINEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.-

ORDENANZAS

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