Ordenanzas - Autorización a tomar credito


ORDENANZA Nº11104/2008.-

EXPTE.Nº 3061/2007-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

             La imperiosa necesidad de renovar y actualizar el parque vial y automotor municipal para atender la obra pública, el mantenimiento de la trama vial y los distintos servicios públicos que competen al Municipio, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que tal como se desprende del informe sobre la situación actual de la maquinaria vial obrante a fs.20/26 del expediente Nº 6948/07, el equipamiento vial y el parque automotor municipal se encuentra colapsado, resultando absoleto e insuficiente para atender la multiplicidad de tareas que es menester realizar en aras de atender, mejorar y optimizar aquellos servicios más postergados y resentidos como son el mantenimiento y mejoramiento de la trama vial y la limpieza e higiene de la ciudad.

                               Que durante la etapa de transición administrativa e institucional, las autoridades municipales salientes y el actual gobierno municipal se abocaron a determinar las necesidades de la maquinaria que en forma impostergable debe adquirir el municipio para abordar de manera eficiente las tareas relacionadas con los servicios y obras esenciales para la comunidad de Gualeguaychú, avanzando además en la solicitud de cotizaciones y la búsqueda de financiamiento necesario que permita su adquisición de manera urgente.

                               Que de conformidad a lo informado a fs.27, el costo aproximado emergente del detalle de maquinarias a adquirir de acuerdo a la planilla confeccionada a fs.30 y 31, asciende a la suma de U$S 2.000.000.- o su equivalente a $ 6.000.000.-

                               Que el estado actual de la situación económica financiera del municipio representada por los ingresos previstos en concepto de recursos propios u ordinarios y la deuda consolidada, permiten realizar una proyección que posibilita el endeudamiento municipal y consecuentemente la solicitud de un crédito para la adquisición de las maquinarias requeridas.

                               Que a efectos de lograr mejores costos de financiación, se solicitó condiciones a los bancos de la Nación Argentina, Credicoop Coop. Ltdo y Nuevo Banco de Entre Ríos S.A para el otorgamiento de un préstamo de

$ 6.000.000.- quienes han presentado sus cotizaciones, las que obran agregadas al expediente de referencia, resultando la oferta económica y financieramente más conveniente a los intereses municipales, la efectuada por el banco Credicoop Coop Ltdo. quien ofertó un préstamo de $ 6.000.000.- amortizable en 72 cuotas

ORDENANZA Nº 11104/2008.-

 

mensuales  por sistema francés,  incluyendo 12 meses de gracia APRA el pago de la primer cuota capital, intereses en servicios mensuales tasa de interés del 12,57 % TNA variable  según tasa encuesta de Bancos Privados Corregida (TEC) con más 600 puntos básicos equivalente al 13,32 TEA, sin el cobro de comisiones, garantizando con la cesión de los derechos al cobro de recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Provincial de Impuestos por monto mensual equivalente al 110% de las cuotas previstas en el crédito.

                               Que en atención a que las cotizaciones de las maquinarias y automotores fue realizada en el mes de octubre del corriente año, resulta conveniente  realizar una previsión de hasta un 10% para atender los posibles aumentos que experimenten las mismas hasta su efectiva adquisición, siempre y cuando la entidad bancaria respete las mismas condiciones detalladas en su oferta.

                               Que en virtud de lo actuado, encontrándose acreditada la necesidad y urgencia de la adquisición de máquinas viales y automotores para atender los distintos servicios públicos que debe atender la Municipalidad, como así también la factibilidad económica – financiera municipal, corresponde otorgar la correspondiente autorización al Departamento Ejecutivo Municipal para la toma del crédito y la cesión de los derechos de coparticipación de impuestos provinciales y/o recursos propios en garantía de la operación crediticia a realizarse.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a concretar operaciones de crédito y/o financiamiento de terceros hasta la suma de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000.-) más un 10% con destino a la adquisición de equipamiento vial y automotores.

ART.2º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a concretar las operaciones de crédito autorizadas en el Art.1º con el Banco Credicoop Cooperativo Limitado, en las condiciones ofertadas en la propuesta obrante a fs.1 del Expediente Nº 6948/07.

ART.3º.- PARA garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la toma del crédito, autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar y/o ceder los

ORDENANZA Nº 11104/2008.-

 

fondos de coparticipación de impuestos federales y provinciales, como así también todo tipo de ingresos provenientes del cobro de tasas municipales.

ART.4º.- MODIFICASE el Cálculo de Recursos para el ejercicio 2008 aprobado por Ordenanza Nº 11094/07, incrementando el rubro 3710200 obtención de préstamos, del sector privado a largo plazo, en la suma de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 6.600.000.-).

ART.5º.-MODIFICASE el Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2008, incrementándose la Partida 4320 Bienes de Uso, Maquinarias y Equipo, Equipo de Transporte, Tracción y Elevación de la Secretaría de Servicios Públicos, Conducción Ejecutiva, en la suma de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 6.600.000.-).

ART.6º.- COMUNÍQUESE, ETC....

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 4 de enero de 2008.

Liliana Ríos, Presidenta – Leonardo Portela, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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