Ordenanzas - Calculo de Recursos año 2021


ORDENANZA Nº12.470/2020.-

EXPTE.Nº6727/2020-H.C.D

VISTO:

 

Que la Ley 10.027 en su artículo 146°,  establece la obligatoriedad   de elevar al Honorable Concejo Deliberante, anualmente, el proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, a efectos del tratamiento y posterior sanción de la Ordenanza de Presupuesto para que la Administración Pública Municipal pueda ejecutar la percepción de los recursos y la aplicación de los mismos a los gastos que sean necesarios para el cumplimiento de las distintos servicios públicos, políticas y programas.

CONSIDERANDO:

 

Que el proyecto final que presentamos consta del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 2021, el que asciende a la suma de pesos DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA MILLONES, DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA  Y  NUEVE  CENTAVOS  ($.2.860.295.856 ,49),  importe que, desagregado  en  sus  distintos  conceptos,  se  puede  apreciar  en  los  cuadros anexos que se adjuntan a la presente.

Que, del ciento por ciento de los Recursos, el 95.64% corresponde a Ingresos Corrientes, y el 4.36% corresponde a Ingresos de Capital.

Que del total del Presupuesto se proyecta gastar un 59.32% en Personal, un 13.39% de Bienes de Consumo, un 17.45% en Servicios no Personales, un 2.88% en Transferencias, el 1.60% en Bienes de Uso, Activos Financieros el 0.01%, y el 5.35% en Deuda Flotante, Amortización e Intereses y Gastos de la Deuda.

Que el total de la Inversión Real en el presente asciende al 12.07% del presupuesto  anual.

 

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.-  FIJASE el Cálculo de Recursos para el ejercicio fiscal año 2021, en  la suma total de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA MILLONES, DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($.2.860.295.856,49),  distribuidos de conformidad a los siguientes artículos.

ART.2°.- FIJASE el Rubro Ingresos Tributarios del Cálculo de Recursos. para  el ejercicio fiscal año 2021, en la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES, DOSCIENTOS VEINTIUN MIL ($ 1.363.221.000,00).

ART.3°.- FIJASE el Rubro Ingresos No Tributarios del Cálculo  de Recursos año 2021, en la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES, SETENTA Y NUEVE MIL ($1.342.079.000,00).

ART.4°.- FIJASE el Rubro Recursos por Venta de Bienes y Servicios del Cálculo de Recursos año 2021, en la suma de PESOS CINCO MILLONES, CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($ 5.487.000,00).

ART.5°.- FIJASE el Rubro Rentas de la Propiedad  del Cálculo de Recursos  año 2021, en la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES ($ 22.000.000,00).

ART.6°.- FIJASE el Rubro Transferencias Corrientes del Cálculo de Recursos año 2021, en la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS MIL ($.2.700.000,00).

ART.7°.- FIJASE el Rubro Transferencias de Capital del Cálculo de Recursos año 2021, en la suma de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MILLONES, OCHOCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($.124.808.856,49).

ART.8°.- FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de Gastos  de esta Municipalidad para el ejercicio fiscal año 2021, en la suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($.2.860.295.856,49), distribuidos de conformidad a los artículos siguientes y cuadros que forman parte de la presente Ordenanza.

ART. 9°.- FIJASE la partida de Personal para el ejercicio fiscal año 2021, en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES, OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 1.696.855.000,00).

ART.10°.- FIJASE la Partida Bienes de Consumo, para el ejercicio fiscal año 2021, la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES, TRES MIL CUATROCIENTOS  CUARENTA ($.383.003.440,00).

ART.11°.- FIJASE la Partida Servicios no Personales, para el ejercicio fiscal año 2021, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES,  CINCUENTA  Y  SEIS  MIL  CUATROCIENTOS   DIECISEIS  CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($.499.056.416,49).

ART.12°.-  FIJASE la Partida Transferencias, para el ejercicio fiscal año 2021, en la suma de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES, CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL ($.82.476.000,00).

ART.13°.-  FIJASE la Partida Activos Financieros, para el ejercicio fiscal año 2021, en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($.300.000,00).

ART.1.- FIJASE la Partida Servicio de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos, para el ejercicio fiscal año 2021, en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MILLONES, SETECIENTOS SEIS MIL ($ 152.706.000,00).

ART.15°.- FIJASE la Partida de Bienes de Uso para el ejercicio fiscal año 2021,   en   la    suma   de    PESOS    CUARENTA    Y    CINCO   MILLONES, OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL ($.45.899.000,00).

ART.16°.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar los totales de sus erogaciones, plantas de cargos, fijados en sus respectivos ámbitos, según los detalles de las planillas anexas, mediante transferencias compensatorias de créditos y cargos que aseguren en todo momento el equilibrio preventivo que se proyecta en el balance presupuestario que surge de las planillas adjuntas que forman parte de la presente.

ART.17º.- LAS modificaciones que se dispongan de acuerdo a lo expresado en el  artículo  anterior,  deberán  tender  a  mantener  el  equilibrio  presupuestario, pudiendo en caso justificados, modificar la participación relativa que integran las distintas finalidades del gasto en las planillas anexas.

ART.18°.- TODAS las modificaciones de las Partidas Presupuestarias que se dispongan en uso de las facultades otorgadas por el Art. 17° de la presente, deberán tener la intervención previa de la Secretaría de Hacienda y Política Económica, realizándose de acuerdo a procedimientos y técnicas administrativo contable que aseguren el manejo ordenado de la administración presupuestaria del Gobierno Municipal, y la Contabilidad Central, y deberán ser comunicadas al Honorable Concejo Deliberante.

ART.19°.- FIJASE el cargo total de Personal Municipal en 1455 agentes, discriminados de la siguiente forma: 952 Agentes en Planta Permanente, 345 en Planta Contratada, 18 Cargos Políticos del Honorable Concejo  Deliberante, 26 cargos Políticos cubiertos con personal de Planta Permanente, 50 cargos Políticos sin personal de Planta Permanente, 24 Pasantes y 40 guardavidas.

ART. 20º.- EL Departamento Ejecutivo Municipal, deberá proceder a desagregar internamente las partidas de erogaciones y cargos que se establecen en las planillas adjuntas.

ART.21º.- COMUNIQUESE, PUBLUÌQUESE, Y ARCHIVESE.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychù, 15 de diciembre de 2020.

Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.

 

 

 

 

 

 

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