Ordenanzas - Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2000


ORDENANZA Nº 10488/2000.

EXPTE.Nº 462/2000-H.C.D.

 

VISTO:

            Que por Ordenanza Nº 10452/00 se aprobó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2000.

 

CONSIDERANDO:

                            Que en la ejecución presupuestaria se ha tenido que hacer frente a gastos que originalmente no estaban previstos, como asimismo una mayor erogación en programas que por primera vez se lleva adelante, lo que motivó la toma de decisiones necesarias para una mejor implementación.

                             Que asimismo, el deterioro socioeconómico que se ha sufrido durante el corriente año es mayor que el previsto, lo que ha generado un incremento en el gasto social originalmente presupuestado.

                              Que por otra parte la Nación, debido a la caída en la recaudación fiscal se ha visto obligada a reformular su presupuesto, suspendiendo la ejecución de algunas partidas referidas a obras, lo que incide dierectamente en nuestro presupuesto municipal, dado que se preveían realizarse obras con fondos provenientes del Ejecutivo Nacional.

                                Que la modificación presupuestaria propuesta consiste fundamentalmente en la reasignación de partidas, a efectos de garantizar el normal funcionamiento de las distintas áreas de gobierno, no generando un incremento en el Presupuesto General de Gastos, sino, que por el contrario, el mismo disminuye en PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE ($ 341.189,00.-).

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

ART.1º.- MODIFICASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.1º.- FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de Gastos de esta Municipalidad para el año 2000, en la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON QUINCE CENTAVOS ($ 23.764.775,15.-).”

 

 

ORDENANZA Nº 10488/2000.-

 

ART.2º.- MODIFICASE el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 10452/00, el quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.2º: Fíjase la Partida de Personal en la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA  Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON SIETE CENTAVOS ( $ 9.899.880,07).

ART.3º.- MODIFICASE el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art.3º.- Fíjase la Partida de Bienes de Consumo en la suma de PESOS  NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS ( $ 944.792,00.-).

ART.4º.- MODIFICASE el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art.4º.- Fíjase la Partida de Servicios no Personales en el suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO  ($ 3.646.984,00.-).

ART.5º.- MODIFICASE el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará  redactado de la siguiente manera:

“...Art.5º.- Fíjase la Partida de Transferencias para financiar erogaciones corrientes, en la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE ($ 1.603.407,00.-)...”

ART.6º.- MODIFICASE el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.6º.- Fíjase la Partida de Intereses y Gastos de la Deuda, en la suma de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 209.850,00.-).

ART.7º.- MODIFICASE el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.7º.- Fíjase la Partida de Trabajos Públicos, en la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TRECE CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 4.046.513,72.-)...

ART.8º.- MODIFICASE el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.8º.- Fíjase la Partida de Bienes de Capital, en la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 550.452,00.-).

 

 

ORDENANZA Nº 10488/00.

 

ART.9º.- MODIFICASE el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.9º.- Fíjase la Partida de Amortización de la Deuda en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 2.862.896,36.-).

ART.10º.- MODIFICASE el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.10º.- Fíjase la Partida de Recursos de Jurisdicción Municipal del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO ($12.906.761,00.-).

ART.-11º.- MODIFICASE el Artículo 11º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.11º.- Fíjase la Partida de Recursos de Otras Jurisdicciones del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 7.900.000,00.-).

ART.12º.- MODIFICASE el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.12º.- Fíjase la Partida de Recursos por Ingresos de Capital del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 162.800,00.-).

ART.13º.- MODIFICASE el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.13º.- Fíjase la Partida de Aportes no Reintegrables del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS

($ 691.627,43.-).

ART.14º.- MODIFICASE el Artículo 14º de la Ordenanza Nº 10452/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“...Art.14º.- Fíjase la Partida de Uso del Crédito del Cálculo de Recursos, en la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS  ($ 1.965.586,72.-).

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 10488/00.-

 

 

ART.15º.- COMUNIQUESE, ETC...

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 27 de Diciembre de 2000.

Sergio Delcanto, Presidente – Juan Ignacio López, Secretario.

Es copia fiel que, CERTIFICO.

 

 

 

 

 

 

 

 

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