Ordenanzas - Proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos


ORDENANZA Nº 11898/2014.

EXPTE.Nº 5329/2014-H.C.D.

VISTO:

Que la Ley 10.027 en su artículo 146º, establece la obligatoriedad de elevar al Honorable Concejo Deliberante, anualmente, el proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, a efectos del tratamiento y posterior sanción de la Ordenanza de

Presupuesto para que la Administración Municipal pueda ejecutar la percepción de los recursos y la aplicación de los mismos a los gastos que sean necesarios para el cumplimiento de las distintas políticas y programas.

CONSIDERANDO:

Que el proyecto final que presentamos consta del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año 2015, el que asciende a la suma de pesos trescientos cincuenta y siete millones quinientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta ($357.584.750,00), importe que desagregado en sus distintos conceptos, se puede apreciar en los cuadros que se adjuntan a la presente.

Que del total del Presupuesto se proyecta gastar un 63.93 % en Personal, un 11.70 % de Bienes de Consumo, un 16.86 % en Servicios no Personales, un 3.69 % en Transferencias, el 1.05 % en Bienes de Capital; el 2.77 % en Deuda flotante, Amortización e Intereses y Gastos de la Deuda.

Que el total de la inversión real – Bienes de Uso más Trabajos

Públicos - en el presente asciende al 19.52 % del presupuesto anual.

Que del cien por ciento de los recursos, el 85.12 % corresponde a

Ingresos Corrientes, y el 14.88 % corresponde a Ingresos de Capital y Transferencias.

Que del total de los Ingresos Corrientes previstos, el 50.62%

corresponden a Ingresos de Jurisdicción Municipal, el 15.48 % a Jurisdicción Provincial y el 33.90 % a la Jurisdicción Nacional.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

 

ART.1º.- FIJASE el total de erogaciones del Presupuesto General de esta Municipalidad para el año 2015, en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($357.484.750,00).

ART.2º.- FIJASE la partida de Personal en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($228.535.950,00).

ART.3º.- FIJASE para la Partida Bienes de Consumo, la suma de PESOS CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL ($41.838.000,00).

ART.4º.- FIJASE para la Partida Servicios no Personales, la suma de PESOS SESENTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL ($60.281.000,00).

 

ORDENANZA Nº 11898/2014.

 

ART.5º.- FIJASE para la Partida Transferencias, la suma de PESOS TRECE MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($13.177.800,00).

ART.6º.- FIJASE para la Partida Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos, la suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($9.900.000,00).

ART.7º.- FIJASE la Partida de Bienes de Uso en la suma de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($3.752.000,00).

ART.8º.- DETERMINASE que de la Partida de Transferencias para financiar erogaciones corrientes establecida en el art. 5 de la presente, se asigna para transferir a la Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($552.000,00).-

ART.9º.- FIJASE la Partida Ingresos Tributarios del Cálculo de Recursos, para el ejercicio fiscal año 2015, en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES

DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($150.250.000,00).

ART.10º.- FIJASE la Partida Ingresos No Tributarios del Cálculo de Recursos año 2015, en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($154.040.250,00).

ART.11º.- FIJASE la Partida Recursos por Venta de Bienes y Servicios del Cálculo de

Recursos año 2015 en la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS TREINTA Y

NUEVE MIL ($1.239.000,00).

ART.12º.- FIJASE la Partida Rentas de la Propiedad del Cálculo de Recursos año 2015 en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000,00).

ART.13º.- FIJASE la Partida Transferencias Corrientes del Cálculo de Recursos año 2015 en la suma de PESOS SEISCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($604.800,00).

ART.14º.- FIJASE la Partida Recursos Propios de Capital del Cálculo de Recursos año

2015 en la suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CINCUENTA MIL

($1.350.000,00).

ART.15º.- FIJASE la Partida Transferencia de Capital del Cálculo de Recursos año 2015 en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($46.566.000,00).

ART.16º.- FIJASE la Partida Recuperación de prestamos de corto plazo del Cálculo de

Recursos año 2015 en la suma de PESOS TRES MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS ($3.034.700,00).

ART.17º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar los totales de sus erogaciones, plantas de cargos, fijados en sus respectivos ámbitos, según los detalles de las planillas anexas, mediante transferencias compensatorias de créditos y cargos que aseguren en todo momento el equilibrio preventivo que se proyecta en el balance presupuestario que surge de las planillas adjuntas que forman parte de la presente.

ART.18º.- LAS modificaciones que se dispongan de acuerdo a lo expresado en el artículo anterior, deberán tender a mantener el equilibrio presupuestario, pudiendo en caso justificados, modificar la participación relativa que integran las distintas finalidades del gasto en las planillas anexas.

ART.19º.- TODAS las modificaciones de las Partidas Presupuestarias que se dispongan en uso de las facultades otorgadas por el Art. 17º de la presente, deberán tener la intervención previa de la Secretaría de Economía y Hacienda, realizándose de acuerdo a procedimientos y técnicas administrativo–contable que aseguren el manejo ordenado de

 

ORDENANZA Nº 11898/2014.

 

la Administración Presupuestaria del Gobierno Municipal, y la Contabilidad Central, y deberán ser comunicadas al Honorable Concejo Deliberante.

ART.20º.- FIJASE el cargo total de Personal Municipal en 1.173 agentes, discriminados de la siguiente forma: 965 Agentes en Planta Permanente, 164 en Planta Contratada, 44 Cargos Políticos y otros.-

ART.21º.- EL Departamento Ejecutivo Municipal, deberá proceder a desagregar

internamente las partidas de erogaciones y cargos que se establecen en las planillas

adjuntas.

ART.22º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 13 de noviembre de 2014.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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