Ordenanzas - Suspencion del artículo 69º de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449


ORDENANZA Nº 10549/2002.-

EXPTE.Nº 934º/2002-H.C.D..

 

 

VISTO:

Que a través de inquietud formulada por el responsable del área de tránsito local, se interesa al cuerpo deliberativo la factibilidad de habilitar la participación de los inspectores de tránsito vehícular, en el producido de labores de fiscalización.

 

CONSIDERANDO:

Que conforme lo expuesto, la autoridad de aplicación estima conveniente adoptar dicha mecánica de labor, debiendo especificarse que la participación en el producto de infracciones se limitará a labores desarrolladas durante operativos específicos, como asimismo de contenido netamente represivo – por ejemplo: control de cumplimiento de normas de seguridad derivadas de la legislación vigente – excluyéndose en consecuencia, el resto de las labores ordinarias de los agentes, como de la totalidad de las infracciones constatadas en operativos con finalidad preventiva.

Que sin embargo la medida propuesta se encuentra expresamente excluida de la normativa de tránsito de carácter nacional – artículo Nº 69º, inciso g) de la Ley Nº 24.449 – a la que adhirió nuestro municipio mediante Ordenanza Nº 10237/96, debiendo en consecuencia procederse a la suspensión de la aplicación de la primera de las normas aludidas (limitativa de las facultades de éste municipio) mediante mecanismos de excepción que la misma ley nacional consagra para determinados casos o por cuestión de particularidades locales que aconsejen la adopción de la excepción (artículo Nº 2 – Ley Nº 24.449).

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- SUSPÉNDASE en el ámbito de la jurisdicción municipal, la aplicación del inciso g) del artículo 69º de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, para las tareas de fiscalización vehicular a que aluden los considerandos de la presente.

ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 11 DE ENERO DE 2002.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

 

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