Ordenanzas - Visado catastral “Programa Techo Digno”,


ORDENANZA Nº11782/2013.

EXPTE.Nº 4951/2013-H.C.D.

 

VISTO:

           El Expediente Nº 7348/2012 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, Caratulado: “ Hornus, Ernesto Ricardo s/visación municipal – Programa “Techo Digno I.A.P.V”, y 

 

CONSIDERANDO:

                               Que el 17 de diciembre de 2012, se recepciona  ante la Mesa de Entradas Municipal,  nota presentada por el Ing. Hugo Marcelo Sacre en representación de la Empresa “Ernesto Ricardo Hornus S,A,”, residente en la ciudad de San José de Gualeguaychú, mediante la cual interesa el visado municipal de la documentación catastral contenida en las presentes actuaciones perteneciente a la obra emprendida en nuestra ciudad por la empresa antes mencionada, encuadrándose la misma en el “Programa Techo Digno”, dependiente del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (I.A.P.V).

                               Que de acuerdo a la documentación catastral presentada, el inmueble objeto de la subdivisión parcelaria interesada, se halla ubicado en Departamento Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 7ma, Manzana Nº 799, registrándose bajo Partidas Provinciales Nº 151.129-0 – Matrícula Nº 138.863, (Expte.Nº 7348/2012) y Nº 130.141-5, Matrícula 138.862, (Expte.Nº 7409/2012) siendo su domicilio parcelario el ubicado en calles San Carlos y Las Tropas.

                               Que habiéndose realizado las diferentes providencias a través de las áreas con incumbencia en las presentes actuaciones (interprétese: Dirección Municipal de Catastro, Dirección de Planeamiento Urbano, Dirección de Obras Particulares), todas son coincidentes en que el inmueble en cuestión cumple con los requisitos exigidos en la materia, ya que el mismo se halla incluido dentro del área de Promoción Urbana, acto este que fuera promovido con la sanción de la Ordenanza Nº 11210/2008 y su rectificatoria Nº 11215/2009, contando además con las factibilidades requeridas para este tipo de emprendimiento, las cuales fueron tramitadas mediante Exptes. Nºs. 6844/2008 y 7522/2010 del Departamento Ejecutivo Municipal, como asimismo se ha constatado que la edificación en los lotes interesados, se ajustan perfectamente a los alcances y contenidos previstos en el Código de Edificación vigente.

                               Que considerando todo lo expuesto, y teniendo en cuenta el carácter social que reviste la construcción del conjunto habitacional que se pretende construir, es que este

ORDENANZA Nº11782/2013.

 

 Honorable Concejo Deliberante  considera  factible y oportuna la aprobación de lo requerido en los presentes autos

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCH SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORICESE el visado municipal de la documental catastral, tramitada mediante expedientes del Departamento Ejecutivo Municipal Nºs 7348/2012 y 7409/2012, perteneciente a la obra emprendida  por la Empresa Ernesto Ricardo Hornus, encuadrándose la misma en el “Programa Techo Digno”, dependiente del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (I.A.P.V), ubicándose el inmueble en cuestión en Departamento Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 7ma. Manzana Nº 799, registrado bajo Partidas Provinciales Nºs 151.1129-0 Matrícula Nº 138.863 y 130.141-5, Matrícula Nº 138.862, con domicilio parcelario en calles San Carlos y Las Tropas.

ART.2º.- COMUNIQUESE la sanción de la presente Ordenanza a la Dirección Municipal de Planeamiento, a la Dirección Municipal de Catastro,  a la Empresa “Ernesto Ricardo Hormus”, como asimismo al Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda. I.A.P.V (Regional Sur).

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC…

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 14 de marzo de 2013.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que Certifico.

 

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