Beneficios Asociados al Certificado Único de Discapacidad
Desde el área de Integración y Accesibilidad acercamos esta información a la población con el objetivo de recordar e informar los derechos a los cuales una persona con CUD puede acceder.
Desde el área de Integración y Accesibilidad acercamos esta información a la población con el objetivo de recordar e informar los derechos a los cuales una persona con CUD puede acceder.
20 de Agosto 2020 Más salud más vida
El CUD es un documento que certifica diferentes tipos de discapacidades y facilita el acceso a derechos y prestaciones que brinda el Estado. Constituye un derecho, materializado en un documento público, que posibilita el acceso al Sistema de Salud y a los beneficios establecidos en la normativa vigente para las personas con discapacidad, y tiene validez nacional.
Entre los beneficios se pueden destacar:
Salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad.
Transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
Asignaciones Familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad. - Asignación familiar por hijo con discapacidad. - Asignación por conyugue con discapacidad.
Símbolo Internacional de Acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos, independientemente del vehículo en el que te traslades.
Otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.
Algunos beneficios que ofrece nuestra ciudad: descuento del 50% en la TGI Municipal, libre estacionamiento, acceso gratuito a distintos espectáculos y espacios artísticos, recreativos o culturales como el carnaval, cine, etc.
Recordamos que la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) prorrogó por un año los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) ante la imposibilidad de realizar la renovación mientras dure la pandemia de coronavirus. Según lo publicado en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 209/2020, la prórroga por un año será para aquellos certificados con vencimiento entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de este año, inclusive. Asimismo, se prorrogó por el término de un año contado desde la fecha de su vencimiento, los Símbolos Internacionales de Acceso emitidos en virtud de la Ley N° 19.279 y Decreto N° 1313/93, cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020.
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