Obras

Davico pone en marcha el asfaltado de 150 cuadras ¿En qué consiste el nuevo sistema?

El régimen de Contribución por Mejoras creado por ordenanza fija un esquema 50/50 entre Municipio y frentistas para avanzar con el plan de asfaltado.

04 de Mayo 2026


Una decisión política para seguir haciendo obra pública
Con la aprobación de la Ordenanza Nº 13.070/2026, el intendente Mauricio Davico avanzará con una nueva etapa del plan de pavimentación que alcanzará 150 cuadras.

Se trata de una herramienta concreta para ejecutar más obra pública, mejorar la conectividad entre barrios y ordenar la ciudad con planificación, criterios técnicos y una inversión compartida entre el Municipio y los frentistas beneficiados.

¿Qué se aprobó exactamente?
La normativa aprobada establece el régimen de Contribución por Mejoras Especial para poder llevar adelante las 150 cuadras de asfalto y sus obras complementarias.

De esta forma, el Concejo Deliberante brindó el marco normativo necesario para ejecutar la decisión política del intendente Mauricio Davico de avanzar con esta nueva etapa.

¿Cómo se definieron las cuadras?
Las 150 cuadras fueron priorizadas teniendo en cuenta la mejora en la conectividad vial, la transitabilidad de todos los vecinos de nuestra ciudad y el beneficio general para el desarrollo urbano.

¿Cómo se financia la obra?
Uno de los puntos centrales es que el Municipio se hará cargo del 50% del costo total de cada obra y el otro 50% quedará a cargo del frentista.

A diferencia de la modalidad de contribución por mejoras de gestiones anteriores, la gestión de Davico asume una parte sustancial de la inversión pública para hacer posible este plan de asfaltado.

La lógica es clara: el pavimento genera un beneficio directo para el frentista, pero también mejora la circulación, la seguridad vial, la accesibilidad y la calidad urbana de toda la ciudad.

¿Qué pasa con las propiedades ubicadas en esquinas o con doble frente?
También se contempla una situación frecuente: cuando una propiedad tiene frente a dos calles, no abonará por ambos lados, sino solamente por el frente de mayor longitud o, si fueran iguales, por el de mayor costo. Esto evita dobles cargas y aporta razonabilidad al sistema.

¿Qué pasa con los consorcios que estaban en marcha y están incluidos en las 150 cuadras?
Si una obra estaba incluida en consorcios tramitados con anterioridad, los aportes ya realizados por los vecinos serán respetados, de modo tal que la nueva contribución sólo alcanzará al saldo pendiente.

¿A partir de cuándo el vecino debe comenzar a pagar la mejora?
La obligación para el contribuyente se generará a los 30 días corridos contados desde la finalización de la obra. Primero está la obra y luego se genera la obligación del pago. También se prevén incentivos para quienes opten por pago al contado anticipado.

¿Qué opciones de pago prevé la ordenanza?
La norma contempla pago al contado y pago a plazos. Para quienes paguen al contado, se establece un descuento del 15% si lo hacen dentro de los 10 días del inicio de la obra y un descuento del 5% si pagan dentro de los 60 días posteriores a su finalización.

A su vez, se habilita el pago en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con el interés de financiación previsto en el Código Tributario. También se dispone que quien abone el 50% al contado tendrá un descuento del 5% sobre esa parte, y que la cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 18.

¿Qué facilidades especiales se contemplan?
Se incorpora, además, un criterio social. Los jubilados y pensionados comprendidos en la normativa vigente, los contribuyentes que acrediten mediante informe socioeconómico ingresos que no superen dos salarios mínimo, vital y móvil, y los Veteranos de la Guerra de Malvinas, podrán acceder al beneficio de pagar hasta en 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

¿Cómo será la actualización de los valores?
La actualización no queda librada a un criterio discrecional del Municipio, si no atada a un parámetro objetivo, público y técnicamente reconocible, conforme al Indicador de la Variación del Costo de una Obra Vial Tipo que publica la Cámara Argentina de la Construcción, previsto justamente para mantener la razonabilidad económica.

¿Qué pasa si antes del asfalto hay que hacer obras sanitarias?
La gestión de Davico también contempló la integralidad de las intervenciones. La ordenanza prevé que, si antes del asfalto la Dirección de Obras Sanitarias determina la necesidad de realizar ampliaciones o recambios de red de agua potable o cloaca, o incluso conexiones domiciliarias, esos trabajos deberán ejecutarse previamente para garantizar la durabilidad y la correcta ejecución de la obra vial.

No se trata de asfaltar de cualquier manera, sino de hacer las cosas en el orden correcto para evitar romper mañana lo que se construye hoy.

¿Cómo se garantiza la información y la participación vecinal?
La norma dispone la apertura de un Libro de Oposición a la obra, que estará en Mesa de Informes de la Municipalidad, sita en Yrigoyen 75, disponible durante 5 días hábiles a partir de la última publicación que se hará durante 2 días en la página web municipal y en medios locales. Allí, los frentistas podrán manifestar oposición fundada, cumpliendo los requisitos previstos.

¿Cuáles son las calles alcanzadas?
El Anexo I comprende un total de 150 cuadras distribuidas en distintos tramos concretos de la ciudad. Las obras de pavimentación con asfalto alcanzan a Andrade, entre San Vicente de Paul y Pasteur; Rivadavia, entre Gutenberg y Roffo; Rivadavia, entre Curie y Vélez Sarsfield; Goldaracena, entre Bulevar Pedro Jurado y Asisclo Méndez; Goldaracena, entre Asisclo Méndez y La Cantera; República Oriental, entre Franco y Bulevar Montana; Belgrano, entre Clavarino y Bulevar Montana; López y Planes, entre Andrade y Bolívar; López y Planes, entre Gervasio Méndez y Doello Jurado; López y Planes, entre Doello Jurado y Martínez Paiva; Avellaneda, entre Martínez Paiva y Doello Jurado; Avellaneda, entre Doello Jurado y Gervasio Méndez; Martínez Paiva, entre Pasteur y Avellaneda; Martínez Paiva, entre Avellaneda y General Paz; Pasteur, entre Martínez Paiva y Avenida Artigas; Hernández, entre Gervasio Méndez y San Martín; Edison, entre Gervasio Méndez y San Martín; Virreinato, entre Andrade y Angelelli; Ituzaingó, entre Bulevar Daneri y Río Gallegos; Guido Spano, entre Primera Junta y Neyra; Federación, entre Primera Junta y Puerto Argentino; Lavalle, entre Hernández y Pasteur; La Rioja, entre Roque Sáenz Peña y Belgrano; La Rioja, entre 1º de Mayo y República Oriental; Rosario, entre La Rioja y J. J. Franco; La Rioja, entre Bulevar De León y Montiel; Jujuy, entre San José y Rosario; Jujuy, entre Santiago Díaz y 9 de Julio; Córdoba, entre J. J. Franco y Clavarino; San Luis, entre J. E. Rodó y Clavarino; Vélez Sarsfield, entre Colombo e Ituzaingó; Vélez Sarsfield, entre Ituzaingó y Jujuy; Paraguay, entre J. E. Rodó y Guido Spano; Guido Spano, entre Córdoba y Alsina; Schachtel, entre J. E. Rodó y Juan Esteban Díaz; Juan Esteban Díaz, entre Schachtel y Alsina; Seguí, entre M. Cervantes y Bulevar Montana; Cervantes, entre Fray Mocho y Magnasco; Fray Mocho, entre J. E. Rodó y Bulevar Montana; J. E. Rodó, entre Seguí y Magnasco; Guido Spano, entre Fray Mocho y Magnasco; San Juan, entre Cafferata de Frávega y Rawson; Ituzaingó, entre Vélez Sarsfield y Alsina; Del Inmigrante, entre Rivadavia y Estrecho de Magallanes; Perú, entre Doello Jurado y Angelelli; Buenos Aires, entre Nieto y La Cantera; Aguado, entre Etchevehere y Asisclo Méndez; Angelelli, entre Virreinato y Bulevar Jurado; Juan B. Justo, entre Vélez Sarsfield y Rawson; Teresa Margalot, entre Curie y Alsina; Cervantes, entre Vélez Sarsfield y Alsina; Vélez Sarsfield, entre Teresa Margalot y Juan B. Justo; Vélez Sarsfield, entre Montana y Teresa Margalot; Vélez Sarsfield, entre Juan Esteban Díaz y Montana; Rawson, entre Juan Esteban Díaz y Juan B. Justo; Cepeda, entre Pasteur y Edison; Cepeda, entre Edison y Hernández; Pasteur, entre Avenida General Artigas y Concordia; Avellaneda, entre Avenida General Artigas y Concordia; Las Casuarinas, entre Montana y Perito Moreno; Misiones, entre Ituzaingó y Colombo; Tratado del Pilar, entre Edison y Hernández; Bolivia, entre Luis N. Palma e Ituzaingó; Simón, entre Asisclo Méndez y Cantera; Ituzaingó, entre Mostto y Bulevar De León; Gutenberg, entre San Juan y Jujuy; Gutenberg, entre Jujuy y Clavarino; Jujuy, entre San José y Belgrano; Jujuy, entre Belgrano y Roque Sáenz Peña; Jujuy, entre Roque Sáenz Peña y República Oriental; Jujuy, entre República Oriental y 1º de Mayo; Brasil, entre Colombo e Ituzaingó; Montiel, entre Ituzaingó y Rivadavia; Nieto, entre Buenos Aires y Samacoits; Ramírez, entre Clavarino y Juan Esteban Díaz; Ramírez, entre Jujuy y Clavarino; Santiago Díaz, entre Bulevar Montana y 2 de Abril; y Juan B. Justo, entre Santiago Díaz y pavimento existente.

Una ordenanza con reglas claras para obras concretas
La ordenanza aprobada le da al intendente Mauricio Davico la herramienta para ejecutar una nueva etapa del asfaltado urbano con reglas claras, criterios técnicos y previsiones precisas sobre calles alcanzadas, forma de cálculo, modalidades de pago, actualización de valores y beneficios especiales.

La decisión política está tomada: seguir haciendo obra pública para transformar la ciudad. Lo que esta norma aporta es el marco concreto para llevarla adelante de manera transparente, ordenada y con un esfuerzo compartido entre el Estado municipal y los vecinos beneficiados.


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