Defensa del Consumidor

Entra en vigencia un nuevo sistema para el cobro de cuotas de préstamos

Desde este lunes 31 de agosto entra en vigencia el Cobro con Transferencia, un nuevo mecanismo para el débito de cuotas de préstamos. Desde Defensa del Consumidor se explica cómo funciona y qué derechos tienen los usuarios.

31 de Agosto 2026


La Oficina Municipal de Defensa del Consumidor de Gualeguaychú informa sobre la entrada en vigencia del nuevo sistema de Cobro con Transferencia (CCT), creado por el Banco Central de la República Argentina mediante la Comunicación “A” 8406. El mecanismo modifica la forma en que se cobran las cuotas de préstamos y reemplaza al Débito Inmediato (DEBIN) para este tipo de operaciones.

El CCT funciona de manera similar a un débito automático: una vez que el usuario brinda su consentimiento expreso, la entidad que otorga el crédito queda autorizada a debitar cada cuota directamente de la cuenta bancaria o billetera virtual elegida. La cuenta puede pertenecer a una entidad distinta de aquella que concede el préstamo.

El mecanismo puede ser utilizado por entidades financieras y proveedores no financieros de crédito habilitados por el Banco Central, además de mutuales y cooperativas que cuentan con la autorización correspondiente. Los prestadores deben encontrarse inscriptos en los registros establecidos por el organismo.

Entre los principales resguardos para los usuarios, la normativa establece que ninguna entidad puede realizar débitos sin una autorización previa y explícita. Ese consentimiento puede ser revocado en cualquier momento mediante los canales electrónicos de la entidad donde se encuentra radicada la cuenta.

Además, antes de realizar cada débito, el acreedor debe enviar una notificación electrónica durante el día hábil anterior, informando sobre el cobro. Las cuotas deben mantenerse fijas e iguales durante el préstamo, salvo las modificaciones expresamente contempladas por la normativa.

También se establece que, al momento del otorgamiento del crédito, la cuota no puede superar el 30 % de los ingresos de la persona. En caso de que el primer cobro no pueda concretarse, la entidad puede realizar hasta dos nuevos intentos: uno a las 48 horas y otro a las 96 horas de la fecha originalmente pactada.

La normativa dispone, además, que ante una operación fraudulenta la responsabilidad recae sobre la entidad que inicia el cobro y no sobre el usuario. Por este motivo, desde Defensa del Consumidor recomiendan actuar de manera inmediata frente a cualquier movimiento desconocido o irregular.

Recomendaciones ante inconvenientes

La Oficina Municipal de Defensa del Consumidor recomienda revisar cuidadosamente las condiciones antes de autorizar un CCT, comprobar que la entidad se encuentre habilitada y verificar el monto, la frecuencia y la cuenta vinculada al préstamo.

También aconseja controlar las notificaciones recibidas antes de cada débito y comprobar que los importes coincidan con las condiciones pactadas. Ante un cobro indebido o sospechoso, el usuario puede revocar la autorización y efectuar un reclamo formal ante la entidad financiera o proveedor de crédito, conservando el número de gestión y toda la documentación relacionada.

Si el inconveniente no obtiene respuesta o existen cobros no autorizados, incumplimientos u otras situaciones que pueden vulnerar los derechos del consumidor, se puede solicitar asesoramiento gratuito ante la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor.

Consulta y asesoramiento

La Oficina Municipal de Defensa del Consumidor atiende en Nogoyá 672. Las consultas también pueden realizarse al teléfono 420450, por WhatsApp al 3446-332763 o mediante el correo electrónico omic@gualeguaychu.gov.ar.


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