Noticias


Ciudad

El Ejecutivo Municipal elevó al HCD un proyecto de ordenanza para regular el Banco de Tierras

El Banco de Tierras Municipal, que hoy tiene casi 60 hectáreas, creció durante el gobierno municipal actual. La última semana el intendente Piaggio elevó un proyecto que regula su venta para que todos los vecinos puedan acceder.

26 de Mayo 2018 Más ciudad para todos


Uno de los ejes centrales del gobierno municipal es su política de tierras concebida como herramienta clave brindar solución habitacional para aquellos vecinos que aún no tienen su casa propia y planificar el crecimiento de la ciudad en el marco de una urbanización ordenada.

“La política de hábitat pretende concretar el derecho a la vivienda en el marco de una ciudad que debe crecer de forma planificada. Para lograr ese objetivo, es importante que el Estado sea un actor más dentro del mercado inmobiliario”, expresó el intendente Dr. Esteban Martín Piaggio y ratificó la decisión de “seguir avanzando en las diferentes políticas de hábitat para mejorar la calidad de vida de los vecinos y garantizar el derecho al acceso a la vivienda”.

“Hábitat se refiere al conjunto de factores físicos y geográficos que inciden en el desarrollo de un individuo, una población, o grupo determinados. Por eso pusimos en marcha la Secretaría de Hábitat, en la que apuntamos a mejorar radicalmente la calidad de vida de los vecinos”, remarcó Piaggio, y agregó: “En pos de garantizar el derecho a la vivienda, uno de los ejes centrales del gobierno municipal es profundizar su política de hábitat. Nuestra decisión es seguir avanzando en las diferentes políticas de hábitat y garantizar el derecho al acceso a la vivienda”.

En esta línea, la última semana se elevó al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para regular el Banco de Tierras municipal. Cabe recordar que el Banco planea ser utilizado por el municipio para proyectos de vivienda multifamiliar, y en estos momentos contempla en parte de sus terrenos la construcción de 525 viviendas, un proyecto que está en avanzadas gestiones entre la Municipalidad y el gobierno nacional.

Entre sus considerandos, el proyecto destaca que el acceso a la vivienda digna constituye un derecho humano garantizado en nuestra normativa Constitucional y, el acceso a una porción de tierra un paso necesario para llegar a la tan anhelada vivienda propia, que la tierra constituye un bien de especulación por excelencia en donde, la concentración de grandes dimensiones por parte de unos pocos genera inequidades en el mercado inmobiliario, determinado por valores exorbitantes que tornan extremadamente complejo el acceso a la misma por parte de los ciudadanos que pretenden hacerlo, y que las negociaciones inmobiliarias están determinadas por relaciones entre particulares donde la propiedad privada, otro derecho constitucional, determina las condiciones y valores de la tierra en el mercado.

Es importante destacar que este proyecto se enmarca en un trabajo global que comenzó a realizarse en febrero de 2016, de relevamiento de la planta urbana, para poder elaborar, con variadas ordenanzas, un ordenamiento territorial. Esta es una regulación que tiene casi 30 años en la ciudad, por lo que desde el gobierno municipal se considera importante actualizar.

El trabajo se realiza íntegramente por los equipos técnicos de la secretaría de Hábitat de la Municipalidad, que llevan adelante el relevamiento y armado de los proyectos. En algunos puntos se recibe asesoramiento específico de organismos externos como el Instituto de Gestión de Ciudades de Rosario (IGC).

También remarca que el Estado, en todos sus estamentos, debe tomar posicionamientos proactivos en la materia, generando condiciones que faciliten el camino para que todos los ciudadanos puedan acceder a su propia porción de tierra, y que mediante la conformación y regularización del presente banco de tierras, es uno de los objetivos del Estado Municipal el de intervenir en el mercado inmobiliario, adquiriendo terrenos dentro del ejido y disponiendo enajenaciones a valores menores a los que actualmente se fijan en las relaciones entre particulares.

Los considerandos también contemplan que el acceso a la tierra y a la vivienda se debe dar en condiciones de dignidad, entendiendo con esto que no solo se debe concentrar en la vivienda en si, sino también en el entorno que la rodea, debiendo para ello garantizar las dimensiones superficies de espacios verdes y espacios de uso social y comunitario, que, en este sentido, el Banco de Tierras consiste, primera y principalmente, en la incorporación de tierras al dominio privado del Estado local para luego poder destinarlo a diversos fines que devengan en beneficios para la sociedad de Gualeguaychú, ya sea a través de adjudicación de lotes para la construcción de viviendas, o bien destinarlo a la construcción de espacios de uso público o espacios de uso social y comunitario y finalmente que además de determinar los fines y objetivos de la institución, mediante la presente se otorga un marco normativo, a través de la conformación de una Unidad administradora, y estableciendo procedimientos que garantices la transparencia en las operaciones del banco.

Regulación del Banco de Tierras

El proyecto estipula que son objetivos del Banco Municipal de Tierras:

a) Fomentar la incorporación de inmuebles al patrimonio municipal.

b) Propiciar el acceso a la tierra y la vivienda de vecinos de nuestra ciudad.

c) Disponer la creación de espacios públicos o de interés social o comunitario.

d) Reducir los efectos negativos producidos por la dependencia sobre los precios del mercado de suelo local y la limitada disponibilidad de acceso al suelo o edificios para el desarrollo urbano.

Los inmuebles que formen parte del Banco Municipal de Tierras solo podrán tener los siguientes destinos:

1. Enajenación de tierras para construcción de viviendas.

                Las mismas se podrán disponer bajo las siguientes modalidades:

                a) Por la propia Municipalidad, a través de viviendas sociales o Planes de Vivienda

                b) Mediante convenios o planes dispuestos por el Estado Provincial y/o Nacional.

                c) Mediante la celebración de convenios específicos con instituciones u organizaciones sin fines de lucro con asiento en la ciudad.

                d) Mediante oferta abierta a todo vecino que cumpla con las exigencias estipuladas.

2. Espacios verdes tales como plazas, plazoletas, etcétera.

3. Espacios físicos de uso comunitario de carácter Educativo, Social, Cultural y/o Deportivo.

4. Desarrollo de obras de infraestructura que beneficien directamente a los vecinos de nuestra ciudad.

La Unidad Administradora deberá ofrecer porciones de tierras pertenecientes al Banco Municipal de Tierras de forma abierta y pública.

La adjudicación de los terrenos destinados a viviendas particulares deberá realizarse por sorteo, ante escribano público, garantizando la mayor transparencia en el procedimiento.

La Municipalidad deberá garantizar el cumplimiento de las siguientes condiciones:

a) Las porciones de tierra deberán destinarse exclusivamente a la construcción de la vivienda familiar del titular y su grupo.

b) Tanto los aspirantes como los miembros de su grupo familiar no podrán ser propietarios de otro bien inmueble ni encontrarse alcanzado por otro plan de viviendas.

c) Deberá encontrarse garantizada la factibilidad, presente o posible, en el acceso a los servicios públicos básicos (Agua, Cloacas, Energía Eléctrica).

d) Cumplimiento de las ordenanzas municipales en los desarrollos urbanísticos.


AGENDA
FARMACIAS DE TURNO
Hoy 28 de Marzo

Rébori

25 de Mayo 652

422532

Nueva Pasteur

Rivadavia 1156

435001

Mañana

Sabín

Urquiza 1205

425759

Catedral

Urquiza 511

423030