Noticias


Salud

Coronavirus: El gobierno nacional lanzó app de uso obligatorio

La aplicación deberá ser utilizada de forma obligatoria por quienes hayan ingresado al país durante los últimos 14 días.

24 de Marzo 2020


El poder ejecutivo nacional dispuso de una aplicación para teléfonos celulares -de uso obligatorio- para monitorear los criterios clínicos de todas las personas que ingresaron al país en los últimos 14 días.
La Decisión Administrativa, de Jefatura de Gabinete se oficializó este martes la implementación “para toda persona que hubiera ingresado al país en los últimos 14 días, y para quienes lo hagan en el futuro, la utilización de la aplicación denominada COVID 19-Ministerio de Salud”.
La misma podrá descargarse de manera gratuita en los celulares con sistema operativo Android e iOS, o en su versión web, accesible a través de https://argentina.gob.ar/coronavirus/app.
 
Articulado de la Decisión Administrativa 432/2020
ARTÍCULO 1°.- Impleméntase, para toda persona que hubiera ingresado al país en los últimos CATORCE (14) días, y para quienes lo hagan en el futuro, la utilización de la aplicación denominada COVID 19-Ministerio de Salud en su versión para dispositivos móviles, que podrá descargarse en forma gratuita de las tiendas de aplicaciones oficiales de Android e iOS, o en su versión web, accesible a través de https://argentina.gob.ar/coronavirus/app.
ARTÍCULO 2°.- En el caso de las personas menores de edad o de las personas con distintas discapacidades que no puedan realizarlas por sí mismas será el padre, madre o responsable a cargo quien deberá completar los datos requeridos en representación de ellos.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES a requerir previamente al ingreso al país a los viajeros y las viajeras que regresen desde el exterior, la adhesión a esta Aplicación o en su defecto a la página web, debiendo ponerlos en conocimiento de las Bases y Condiciones de utilización de la misma.
ARTÍCULO 4°.- En aquellos casos en que los viajeros y las viajeras adhieran a la utilización de la Aplicación y la misma no pudiera ser completada, por cuestiones técnicas, al momento de ingreso al territorio nacional, la Aplicación deberá completarse dentro del plazo de DOCE (12) horas desde dicho ingreso.
ARTÍCULO 5°.- Invítase a aquellas personas que hubieren ingresado al país con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente y durante los últimos CATORCE (14) días, a que en el menor plazo posible descarguen la Aplicación y procedan a completarla en su totalidad.
ARTÍCULO 6°,- En todos los supuestos en que los viajeros y las viajeras acepten la utilización de la aplicación, deberán mantenerla instalada y activa por un plazo mínimo de CATORCE (14) días corridos desde su activación.
 
 

AGENDA
FARMACIAS DE TURNO
Hoy 23 de Abril

Razetto

Bolívar 713

428917

Vallory

Boulevard Daneri 71

446725

Mañana

La Principal II

San Martin 1849

443810

San Pantaleón

Urquiza 1053

427415