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Se elevó al HCD una ordenanza para actualizar el estacionamiento medido de la ciudad

El Ejecutivo Municipal elevó al Honorable Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza por medio del cual se pretende actualizar la regulación del sistema de Estacionamiento Medido de la ciudad.

21 de Julio 2020 Más ciudad para todos


Los últimos días de la semana pasada se elevó al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza que supone la reorganización de la actividad en función de las proyecciones en materia de planeamiento urbano y tránsito. "Las propuestas apuntan a resolver problemas y a mejorar el desarrollo de esta actividad en sus distintos aspectos. Y estas surgen del diálogo con los delegados y la evaluación con los referentes de distintas áreas de gobierno. Toda medida que tomemos estará guiada por el mismo objetivo: mejorar las condiciones de desarrollo del servicio, que es de interés público" expresó al respecto el director de Derechos Humano de la Municipalidad, Matías Ayastuy.

"Pretendemos que sea una ordenanza integral que regule la actividad y ordene los roles de cada actor que interviene directa o indirectamente en el estacionamiento en la zona céntrica. Esto incluye no sólo a los que realizan el cobro sino también a los agentes de Tránsito, la policía y los vecinos" agregó Ayastuy.

En sus artículos se establece el cobro del estacionamiento medido a través de concesionarios y concesionarias. Impleméntese el sistema de cobro de estacionamiento medido a través de concesionarios/as.

Las zonas comprendidas serán:

ZONA MICROCENTRO: comprendido en los cuadrantes trazados entre las calles;

Al oeste: avenidas Rocamora y 1ra. Junta; al sur calle Bolívar; al este: calles Pellegrini y 9 de Julio; al norte: calle Luis N. Palma, quedan incluido en la ZONA las arterias utilizadas como límites y sus transversales.

  1. ZONA CASINO: comprendido en los cuadrantes trazados entre las calles al oeste calle San Lorenzo; al sur calle Andrade, al este Avenida M. Bernard, quedan incluido en la ZONA las arterias utilizadas como límites y sus transversales.
  2. ZONA PASEO:
    1. San Martín desde Alem hasta calle San Lorenzo
    2. María Luisa Guerra desde 25 de mayo hasta Urquiza
    3. Avda. Morrogh Bernard desde Avenida Del Valle hasta calle Andrade.
    4. 25 de Mayo desde Alem hasta calle San Lorenzo

Asimismo, los requisitos para ser concesionario/a de estacionamiento medido (cem). Para ser concesionaria la persona humana deberá cumplir los siguientes requisitos: 

  1. Ser mayor de edad.
  2. Tener domicilio real en nuestra ciudad con una antigüedad de 12 meses.
  3.  Haber realizado una entrevista en profundidad concertada con el personal profesional de Trabajo Social del Área de Integración y Accesibilidad.
  4. Haber realizado el ciclo completo de capacitaciones obligatorias en temáticas vinculadas a la función que cumplen en el espacio público, que comprenderán al menos conocimientos legales o técnicos sobre turismo, tránsito, acoso callejero, derechos humanos y separación de residuos, discapacidad, género y diversidad sexual.
  5. Asistir con chaleco identificatorio y credencial personal e intransferible.
  6. Haber firmado la el compromiso de trabajo responsable y reconocimiento de las Instrucciones para el cobro de Estacionamiento Medido.
  7. Acreditación de la asistencia diaria.

Por otro lado, entre los considerandos del proyecto de ordenanza se destacan que “desde 1989 existe en nuestra ciudad una ordenanza que reglamenta el funcionamiento de la concesión del Estacionamiento Medido en el Microcentro y que dicho ordenamiento parte de brindar una oportunidad a personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad”; “que como Estado y como comunidad es necesario crear ambientes inclusivos y accesibles, siendo este un trabajo que involucra a todos los estamentos de la sociedad, ya que las personas con discapacidad son sujetos de pleno derecho y como tales deben encontrarse en igualdad de condiciones también en el mercado laboral” y “que es necesario abandonar la perspectiva de “beneficencia” y admitir que sólo si trabajamos todos juntos podremos mejorar la calidad de vida de nuestros vecinos y vecinas”.

Además, “que debemos repensar nuestra manera de comprender el concepto de diversidad y discapacidad, ya que la inserción laboral de personas con discapacidad no se trata de “ayudar”, sino de adoptar una perspectiva de innovación y productividad que nos permita reconocer y valorar sus capacidades para trabajar; partiendo de la concepción de las personas con discapacidad como sujetos de derechos”; “que nuestra ciudad se ha ido transformando y ha incrementado su parque automotor en forma exponencial, generando menos espacios para el estacionamiento vehicular y requiriendo de políticas públicas que colaboren en ordenar principalmente en zonas donde la circulación vehicular es intensa debido a las actividades que se desarrollan” y también “que este aumento requiere de políticas públicas que contribuyan a mejorar la calidad de vida de las y los transeúntes, contemplando las necesidades e intereses del conjunto de la ciudadanía”.

“Que es indispensable la coordinación de las diferentes áreas de gobierno local para establecer un sistema cuidado y cobro de Estacionamiento Medido que sostenga el espíritu inicial de brindar una oportunidad a personas con en situación de vulnerabilidad, pero que se torna indispensable la articulación con las políticas de planeamiento urbano, derechos humanos, salud, tránsito, ambiente, turismo y de Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)”; “que, los valores a tributarse para hacer uso del sistema de estacionamiento medido de las calles han sido actualizados periódicamente mediante ordenanzas 11050/2007, 11595/2011 11.801/2013, 11.953/2015, 12.153/2017 y 12.323/2019”; “que resulta necesario reformar el modo de cálculo y actualización del valor del estacionamiento medido a los fines de no tener que recurrir a futuras reformas de la legislación con las complicaciones e impedimentos que ello implica”. “En este sentido resulta viable realizar dicho cálculo en base a Unidades Tributarias Municipales (U.T.M.) y no a partir de montos fijos, en virtud de que la primera se actualiza automáticamente de forma periódica y porcentual, en base a la realización de un cálculo que toma como variable de ajuste el valor del litro de gasoil, el sueldo básico de un empleado categoría 10° en el escalafón, estableciéndose como límite al incremento del valor de la U.T.M. el Índice de precios al consumidor y el índice de la precios de la construcción emitidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)”. Y “que, por último, se concluye para un mejor ordenamiento legislativo abrogar todas las ordenanzas vigentes hasta la actualidad, quedando la presente como única regulación. Ello sin perjuicio de los decretos reglamentarios a cargo del DEM”.


 


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