Se modificó la vigencia del carnet de Manipulador de Alimentos
Debido a la actualización del Art. 21 del Código Alimentario Argentino, la Municipalidad de Gualeguaychú extendió la vigencia del Carnet de Manipulador de alimentos a 3 años.
Debido a la actualización del Art. 21 del Código Alimentario Argentino, la Municipalidad de Gualeguaychú extendió la vigencia del Carnet de Manipulador de alimentos a 3 años.
11 de Septiembre 2021 Haciendo Tu Ciudad
La Municipalidad de Gualeguaychú, desde su Área de Bromatología, dependiente de la subdirección de Inspección General, informa que se sancionó la extensión de la vigencia del Carnet de Manipulador de alimentos de 2 a 3 años.
Recientemente se ha modificado el Art. 21 del Código Alimentario Argentino (C.A.A.), reglamentación a la que nuestro municipio adhiere por Ordenanza Nº 8001/85. En el mencionado código se modificó la vigencia que tendrá el Carnet de Manipulador de Alimentos, estableciéndose que el mismo, tiene una validez de 3 años.
Por tal motivo, desde el Honorable Concejo Deliberante se sancionó la Ordenanza Nº 12547/2021 y Decreto del Poder Ejecutivo Municipal Nº 2359/2021, de adhesión a la modificación del Art. 21 del CAA. Es de destacar, que no se modificó el costo de la tramitación del Carnet (3 UTM para los nuevos Carnet y 1 UTM para renovaciones) conforme a lo establecido en el Art. 9º - Título III- Capitulo 1º del Código Tributario Municipal.
Con la mencionada reforma, la Municipalidad de Gualeguaychú dio cumplimiento a la Resolución Conjunta SCS y SAByDR Nº 16/2021, que otorgó un plazo de adecuación, de 365 días.
Recordamos que el Art. 21 del C.A.A. determina que: …” Toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, o sus materias primas, debe estar provista de un CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS, expedido por la autoridad sanitaria competente, con validez en todo el territorio nacional” …
La legislación mencionada, establece que cada jurisdicción implementará el sistema de otorgamiento del CARNET DE MANIPULADOR, y que es responsabilidad del empleador garantizar las condiciones necesarias para que el manipulador de alimentos cumplimente en forma adecuada la obtención del CARNET.
La presente acción está en consonancia con la adecuación de contenidos que se realizó desde hace un tiempo atrás, referida a la ampliación y actualización de contenidos del Curso de Manipulación Segura de Alimentos; capacitación destinada a las personas que deseen gestionar el Carnet, para lo cual deberán realizar y aprobar el mencionado curso.
Considerando además que para nuestra ciudad, y tal como lo permite la reglamentación (cada jurisdicción podrá adaptar/complementar los contenidos mínimos en función de la necesidad local y el público destinatario) se incorporó a los contenidos especificados por el C.A.A, otros relacionados al PASSS, a la gestión local de residuos y prevención de COVID. Todo ello formando parte de la red de Seguridad Alimentaria.
Para mayor información o consultas comunicarse al 423399 o por e-mail a [email protected]
Fuente:
Decreto 2359/2021 - Municipalidad de Gualeguaychú.
Plaza San Martín
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