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Inspecciones en Unidades de Transportes de Sustancias Alimenticias

Personal Técnico de las áreas de Bromatología e Inspección General, realizan las inspecciones pertinentes a las Unidades de Transportes de Alimentos (UTA); con el objetivo de dar cumplimiento a lo estipulado por nuestro Código Alimentario Argentino

19 de Diciembre 2021 Haciendo Tu Ciudad


Durante la jornada del 15 de diciembre, se realizó un operativo de Transporte de Sustancias Alimenticias, a fin de observar las condiciones necesarias para desarrollar la actividad pretendida, y en cumplimiento de lo que estipula el Código Alimentario Argentino en el Art. 154 bis. Esta tarea se llevó en conjunto entre las áreas de Bromatología, Veterinaria, Cabinas de Control Técnico Sanitario e Inspección General, además de contar con la permanentemente colaboración del personal policial, de la Jefatura de Departamental de Gualeguaychú.

 

Durante los controles de transportes se constata que los vehículos reúnan las condiciones exigidas por la normativa vigente; verificando que los alimentos, al momento del transporte, cumplan con las medidas adecuadas para impedir su contaminación y/o adulteración; mientras que la UTA debe ser cerrada o protegida por algún material adecuado que impida el ingreso de algún contaminante que pueda afectar la carga.

 

Destacamos que la UTA debe estar debidamente habilitada por los organismos competentes; y en su distribución física, deberá estar separada de la cabina de los conductores por algún medio físico; asimismo el personal afectado al transporte tiene que contar con la Carnet Sanitario de acuerdo a lo establecido en el Art. 21 del C.A.A.

 

Recordamos que nuestro municipio se adhiere a la Legislación Nacional en materia de alimentos, por la Ordenanza Nº 8001/85; que dispone la vigencia del Código Alimentario Argentino (C.A.A.) en el ejido municipal de Gualeguaychú y de las modificaciones que permanentemente se van incorporando en el mismo. El mismo en su Artículo 154 bis, define a Vehículo o Medio de Transporte de alimentos, a todo sistema utilizado para el traslado de alimentos (productos, subproductos, derivados) fuera de los establecimientos donde se realiza la manipulación y hasta su llegada a los consumidores; siendo la UTA, el o los receptáculos o recipientes (contenedores, carrocerías o cajas, cisternas, etc.) con que cuentan los medios de transporte para el traslado de productos alimenticios.

 

Los transportistas (persona física o jurídica, que será el receptor transitorio y, distribuidor de alimentos en vehículos) son responsables de la habilitación del medio de transporte, siendo ésta una obligación para poder circular y distribuir alimentos en nuestro ejido municipal. Si bien el trámite de habilitación de un transporte de sustancias alimenticias se inicia en la Dirección de Habilitaciones Municipales, son los Inspectores de Bromatología e Inspección general y Cabinas Sanitarias quienes realizan el control de vehículo; y el Área de Bromatología la que otorga el permiso anual pertinente.

 

Tal como lo establece la reglamentación vigente en la materia, la habilitación de los medios de transporte tendrá una validez de 1 año, la cual podrá ser revocada por la autoridad competente cuando las condiciones del mismo no sean las reglamentarias. Una vez vencido el permiso, el transporte será nuevamente inspeccionado por los inspectores del Área de Bromatología a fin de renovarlo 1 año más.

 

A su vez, en la normativa se establecen distintas exigencias de acuerdo a la naturaleza de los alimentos transportados; así por ejemplo los alimentos que deben conservarse y expenderse congelados, supercongelados o refrigerados deberán transportarse en vehículos provistos de sistemas de conservación con equipos mecánicos de frio y estar provisto de un sistema de lectura de la temperatura interior, que sea preferentemente visible desde fuera; como así también poseer puertas y cerraduras herméticas. Quedando prohibido transportar, conjuntamente con alimentos, todo producto o sustancia que pueda producir un riesgo para la salud, tales como materiales tóxicos o infecciosos, materiales y sustancias corrosivas, productos de limpieza, etc.

 

Destacamos además que el trabajo diario desarrollado en los distintos puestos sanitarios de ingreso a la ciudad, vela por la inocuidad de los alimentos que ingresan, como así también lo hace contra la competencia desleal, solicitándose en cada puesto documentación respaldatoria de la carga transportada.

 

Solicitamos a todos los transportistas que no hayan renovado su permiso, que regularicen la situación; a fin de evitar intimaciones y posibles sanciones durante los operativos de transportes. Asimismo destacamos la importancia de gestionar la habilitación pertinente a aquellos transportistas que aún no lo hayan realizado, como así también a aquellos que vienen desde otras ciudades vecinas. Quienes tendrán que cumplimentar con lo solicitado por el C.A.A. en sus municipios o bien a nivel provincial ante el ICAB (Instituto de Control de Alimentación y Bromatología) dependiente del Ministerio de Producción del Gobierno de Entre Ríos.

 

Por avisos, consultas o denuncias comunicarse al 423399 o a bromatologí[email protected]


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