Salud

Comunicado de ANMAT sobre prohibición de comercialización de alimentos

Queda prohibida la comercialización, en todo el territorio nacional, del producto rotulado como “Soja Salsa Artesanal, marca Materia Prima”.

08 de Abril 2024 Salud


Esta medida responde a la Disposición Nº 2866/2024, de prohibición de comercialización, de ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica).

 

La dirección de Bromatología Municipal recepciona la Disposición Nº 2866/2024 de ANMAT, que surge de las actuaciones iniciadas a partir de la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la autenticidad del producto rotulado como “Soja Salsa Artesanal, marca Materia Prima - Alimentos Naturales, Cont. Neto 250 CM3, NO GLUTEN, Vencimiento 10/24, Artesanal - Premium Quality - Sin conservantes, Sarmiento 1889 - CABA”, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL, detectó que la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHYSA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante Consulta Federal N° 6803 del 2021, informó que no se encontraron antecedentes de registros de “Materia Prima - Alimentos Saludables”, ni tampoco del domicilio indicado en el rótulo del producto, durante la investigación realizada en referencia a otro producto cuyo rótulo aportaba los mismos datos; y asimismo, en un procedimiento realizado por la misma DGHYSA en el año 2016, por un reclamo de otro producto de la misma marca y el mismo domicilio, mediante una inspección verificó que en ese lugar existía un edificio de oficinas de 5 pisos, y que el local a la calle de la planta baja es un local comercial que no expende alimentos.

En consecuencia y teniendo en cuenta los antecedentes anteriormente expuestos, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó el Incidente Federal N°3894 en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).

Que a su vez y debido a que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Comercio Exterior que evalúe las medidas a adoptar.

Y atento a lo anteriormente mencionado, el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registro sanitario de establecimiento y producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Al tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18284.

Con el fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto.

La disposición de ANMAT Nº 2866/2024, indica lo siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto: “Soja Salsa Artesanal, marca Materia Prima - Alimentos Naturales, NO GLUTEN, Artesanal - Premium Quality - Sin conservantes, Sarmiento 1889 - CABA”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.”……..

Para mayor información, los interesados podrán comunicarse a la dirección de Bromatología al celular 15316652, o bien dirigirse a calle España N 423.


Buscar noticias

AGENDA
FARMACIAS DE TURNO
Hoy 23 de Noviembre

Diaz

25 de Mayo 1102

425458

Perifarma

Gral. Artigas 2112

54 9 3446 20-5121

Mañana

San Nicolas

Av.Del Valle 638

5493446479414

Vignola

Av. Del Valle 1157

427787