La promoción del desarrollo de la Municipalidad de Gualeguaychú tiene como principio general promover políticas en el territorio que mantengan la identidad de su patrimonio histórico, natural y construido, que potencien una matriz productiva diversificada y que faciliten el acceso a los beneficios de la vida urbana a todos los sectores de la población.
“Desde hace dos años y medio desde el Municipio estamos trabajando en el estudio y posterior consolidación de herramientas de gestión urbanística, labor que llevamos a cabo a través de un equipo de la Secretaría de Hábitat abocado exclusivamente a la puesta en marcha de procesos de Planificación Territorial” detalló Pablo Bugnone, sub secretario de Planeamiento de la Municipalidad y agregó: “El principio básico del POT (Plan de Ordenamiento Territorial), que guiará la planificación y gestión urbana, rural y ambiental en el Ejido de Gualeguaychú, es el de constituirse como una herramienta que permita gestionar un “modelo territorial” que mantenga la integridad de su patrimonio histórico, natural y construido, potencie una matriz productiva diversificada y que facilite el acceso a los beneficios de la vida urbana a todos los sectores de la población”.
“Desde el gobierno municipal, a partir de la decisión de nuestro intendente Piaggio, trabajamos para que cada familia pueda acceder a su lote de tierra para su vivienda propia, motivo por el cual es nuestra voluntad que la tierra improductiva se movilice para dar respuestas a ésta y otras demandas: la producción de alimentos sanos, la presencia de instituciones como escuelas, comisarías y centros de salud donde sea necesario y el desarrollo de otros proyectos urbanísticos que reactiven la economía local, generando demanda de insumos y mano de obra que se traduzca en más posibilidades de trabajo para los vecinos” remarcó al respecto Bugnone.
El POT se apoyará sobre las siguientes líneas de acción:
a) Revalorización Histórico-Ambiental,
b) Modernización del Soporte Productivo,
c) Compacidad y Descentralización,
d) Mixtura y Equidad.
Incorporar el patrimonio paisajístico, histórico, arquitectónico y cultural como componente esencial de una propuesta de ordenamiento y gestión de la ciudad, garantizando su protección y uso colectivo
– Protección del suelo productivo y de valor ecológico
- Preservación y cuidado de los cursos y bordes de agua
- Puesta en valor del patrimonio histórico – arquitectónico
Premisas Ambientales:
- Limitación al avance de la urbanización de loteo, alteraciones topográficas y usos incompatibles en áreas de interés natural, productivo y paisajístico, tanto en sectores urbanos como rurales.
- Identificación de Bordes de Preservación dentro del Ejido de Gualeguaychú, Ejido Pueblo Belgrano y Sectores de jurisdicción provincial a los fines de aplicar políticas de protección del Ambiente conjuntas.
- Definición de bordes de amortiguación ambiental de equipamientos sanitarios que generan impacto. Promoción y acompañamiento al PASSS y otros programas de ecología urbana con el objeto de alcanzar una ciudad sustentable.
- Promoción de programas de re-forestación en veredas para generar mejores condiciones ambientales urbanas. Incentivos y Asesoramiento
Premisas Culturales:
- Delimitación de sectores significativos por sus valores culturales (Paisajes Culturales), que merezcan protección, incorporando también los edificios ya catalogados por Ordenanza y plantear un tratamiento particular de cada área que contemple el diseño del espacio público y del perfil edilicio en general, incorporación de usos especiales e inserción en el recorrido turístico informativo.
- Promoción de Convenios e incentivos.
Las disposiciones de esta Ordenanza alcanzan y rigen todos aquellos asuntos relacionados directa o indirectamente con el uso del suelo, la apertura y ensanche de vías públicas, el parcelamiento de la propiedad inmueble, los volúmenes edificables, el tejido urbano, el tejido rural, la preservación de los ámbitos patrimoniales construidos y naturales y con todos aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento físico-espacial y ambiental del territorio en el ejido de la Municipalidad de Gualeguaychú. Lo precedente debe considerarse como enunciativo y no debe interpretarse como limitación a la aplicación de estas normas a cualquier otro supuesto previsto en el mismo.
El POT constituirá la ordenanza marco a la que se ajustan todas las políticas y acciones urbanísticas y ambientales y las obras públicas en la Municipalidad de Gualeguaychú.