Ordenanzas - Donacion de inmueble a Sra Sosa


ORDENANZA Nº11130/2008.-

EXPTE.Nº 3140/2008-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

             El Expediente Nº 1709/08 Caratulado: “ Dirección de Asuntos Legales s/escritura PRO.ME.BA  Sra. Sosa Paula Carmen” y la autorización dispuesta por el Honorable Concejo Deliberante mediante Ordenanza Nº 10565/2002, en el marco del Programa de Mejoramiento de Barrios (PRO.ME.BA) para que el Departamento Ejecutivo adjudique en carácter de donación el predio de propiedad municipal sito en Planta Urbana, Sección Primera, Manzana 707, Plano de Mensura 62.278 y otorgue las correspondientes escrituras traslativas de dominio según listado obrante en el Anexo de la misma Ordenanza, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que en virtud de lo establecido en la Ordenanza Nº 10565/2002, se adjudicó el Lote Nº3 con una superficie de 310,91 m2, Plano Catastral Nº 66.792 a Paula Carmen Sosa, L.C Nº 4.804.107 y Luis Alberto Ponce, L.E Nº 5.884.325, quienes a la fecha del dictado de la referida normativa eran ocupantes de larga data.

                               Que en  fecha 4 de marzo de 2008 (fs.1) compareció a la Dirección de Asuntos Legales de esta Municipalidad la Sra. Paula Carmen Sosa denunciando el fallecimiento de su hijo Luis Alberto Ponce, ocurrido en fecha 28/02/2003 en esta ciudad, anotado bajo Tomo I Acta 148, extremo que acredita  con Partida de Defunción (fs.2) y solicita que el inmueble se escriture únicamente a favor de la peticionante.

                               Que a efectos de conocer la existencia de posibles herederos y/o acreedores de Luis Alberto Ponce se ordenó la publicación de edictos por tres días en diario local “El Día” para que quines se considerasen con derechos sobre el inmueble se presentaran en el término de 10 días para hacerlos valer, habiéndose vencido el plazo de citación sin que alguien haya presentado.

                               Que teniendo en cuenta que uno de los objetivos primordiales del Programa de Mejoramiento de Barrios es lograr la regularización de la tierra a favor de sus actuales ocupantes, este Honorable Concejo Deliberante amerita que no existen objeciones para acceder a lo solicitado por la Sra. Paula Carmen Sosa, que conlleva finalmente el logro del objetivo enunciado, por lo que resulta procedente el dictado de una Ordenanza que deje sin efecto la adjudicación en condominio dispuesta por Ordenanza Nº 10565/02 sobre el Lote Nº3 y se

 

ORDENANZA Nº 11130/2008.-

 

realice una nueva adjudicación del mismo a favor de la Sra. Paula Carmen Sosa.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a readjudicar en carácter de donación del predio de propiedad municipal sito en Planta Urbana, Sección Primera, Manzana 707, Lote Nº3 con una superficie de 310.91 m2, Plano Catastral Nº 66.792 a favor de Paula Carmen Sosa, L.C. Nº 4.804.107 y otorgar la correspondiente escritura traslativa de dominio a su favor, manteniendo plena vigencia las disposiciones de la Ordenanza Nº 10565/2002.

ART.2º.-COMUNIQUESE, ETC…

 

 

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 24 de abril de 2008.

Liliana M. Ríos, Presidenta – Leonardo Portela, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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