Ordenanzas - DONACIÓN FRACCIÓN DE TERRENO


ORDENANZA Nº 12842/2023.-

EXPTE.Nº 7492/2023 – H.C.D.-

 

VISTO:

El Expediente Nº 2210/2023, caratulado: “NEUWIRT ALEXIS S/ DONACIÓN DE CALLES"; y

 

CONSIDERANDO:

Que, a f.1 el Señor Alexis NEUWIRT, Socio Gerente de la firma “URDERCO SRL”, ofrece en donación a la Municipalidad de DOS (2) fracciones de terrenos de CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON TRECE DECÍMETROS CUADRADOS (5.240,13 m2), ambos CIEN por ciento (100%) propiedad del Señor Edgardo Lucio MOREYRA, a saber: una fracción cuyos datos catastrales son: Plano Catastral: 97.220, Partida Nº 166.434, de una superficie de TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS (3.981,00 m2), cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (9-10) al N. 87º 03’ E. de 13,00 metros, linda con calle Eusebio Goldaracena; ESTE: Siete rectas a saber: (10-33) al S. 3º 56’ E de 71,98 metros lindando con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra hasta los 31,48 metros y el resto con lote 2b, (33-18) al N. 87º 01’ E. de 109,66 metros, lindando con lote 2b y lote Reserva, (18-19) al S. 0º 47’ E. de 13,00 metros lindando con calle Montevideo, (19-20) al S. 88º 12’ O. de 56,50 metros y (20-21) al S. 2º 09’ E. de 1,16 metros ambas lindando con Club Central Entrerriano, finalmente (21-22) al S. 87º 01’ O de 52,44 metros y (22-23) al S. 3º 56’ E. de 50,83 metros, ambas lindando con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra; SUR: Recta (23-24) al S. 88º 17’ O. de 13,00 metros, linda con Boulevard Cándido Irazusta y OESTE: Cinco rectas a saber: (24-35) al N. 3º 56’ O. de 49,84 metros, lindando con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra hasta los 20,06 metros y el resto con lote 2d, (35-29) l S. 84º 21’ O de 63,28 metros, lindando con lote 2d, (29-30) al N. 4º 15’ O. de 13,00 metros, lindando con calle Alberdi, finalmente (30-32) al N. 84º 21’ E. de 63, 35 metros, linda con lote 2a y (32-9) al N. 3º 56’ O. de 72,68 metros lindando con lote 2a hasta los 61,34 metros y el resto con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra, destinado apretura de calles públicas; y otra fracción cuyos datos catastrales son: Plano Catastral: 97.221, Partida Nº 166.435, de una superficie de un mil doscientos cincuenta y nueve metros cuadrados con trece decímetros cuadrados (1.259,13 m2), cuyos límites y linderos son: NORTE: Tres rectas a saber: (14-15) al N. 87º 26’ E. de 8,00 metros, linda con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra, finalmente (15-31) al S. 4º 52’ E de 10,00 metros y (31-7) al N. 87º 26’ E. de 41,74 metros, ambas lindando con lote 2c; ESTE: Recta (17-18) al S. 0º 47’ E. de 24,00 metros linda con calle Montevideo; SUR: Recta (18-34) al S. 87º 01’ O. de 47,93 metros, lindando con Lote Calle y OESTE: Recta (34-14) al N. 5º 00’ O. de 34,34 metros, lindando con lote 2b, para ser destinado a lote reserva.

Que, a f. 4 la firma “URDERCO SRL” acompaña Plano de Mensura correspondiente al Plano n.º 97216/22, por una superficie a donar de CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON TRECE DECÍMETROS CUADRADOS (5.240,13 m2); asimismo, el Socio Gerente de la referida firma, Señor Alexis NEUWIRT, informa a f. 9 que asumirá en forma total los gastos que devenguen la confección de mensuras, certificación y escrituración de los lotes que en el presente expediente se donan a favor de la Municipalidad para ser destinados a apertura de las calles públicas Churruarín y Tala y del Lote Reserva.

Que, según lo dispuesto por el artículo 95.º inciso r) de la Ley Nº 10.082 corresponde dictar el acto administrativo que disponga la aceptación, por parte del Honorable Concejo Deliberante, de las donaciones de los inmuebles con cargo, lo cual hace procedente la sanción de la presente Ordenanza.

Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección Legal y Técnica entiende procedente el dictado del presente acto administrativo que acepte la donación de los lotes calles y lote reserva ofrecidos por la firma “URDERCO SRL”, debiendo el mismo afrontar los gastos que demande la escrituración de las fracciones que se donan; exceptuando a aquel del pago del impuesto que devenguen dichos lotes a partir de la fecha de sanción de la presente Ordenanza.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

  1.  

 

ART.1º.- ACÉPTESE por parte de la Municipalidad de San José De Gualeguaychú, CUIT n.º 30-64254968-1, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen Nº 75 de esta ciudad, la donación efectuada por la firma “URDERCO SRL”, CUIT Nº 30-71615138-3, con domicilio fiscal en calle Sarmiento Nº 938, Piso 3º Dpto. “C”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Señor Alexis NEUWIRT, en su carácter de Socio Gerente de dicha firma, de DOS (2) fracciones de terrenos de CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS CON TRECE DECÍMETROS CUADRADOS (5.240,13 m2), ambos CIEN por ciento (100%) propiedad del Señor Edgardo Lucio MOREYRA, a saber: una fracción cuyos datos catastrales son: Plano Catastral: 97.220, Partida Nº 166434, de una superficie de TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS (3.981,00 m2), cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta (9-10) al N. 87º 03’ E. de 13,00 metros, linda con calle Eusebio Goldaracena; ESTE: Siete rectas a saber: (10-33) al S. 3º 56’ E de 71,98 metros lindando con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra hasta los 31,48 metros y el resto con lote 2b, (33-18) al N. 87º 01’ E. de 109,66 metros, lindando con lote 2b y lote Reserva, (18-19) al S. 0º 47’ E. de 13,00 metros lindando con calle Montevideo, (19-20) al S. 88º 12’ O. de 56,50 metros y( 20-21) al S. 2º 09’ E. de 1,16 metros ambas lindando con Club Central Entrerriano, finalmente (21-22) al S. 87º 01’ O de 52,44 metros y (22-23) al S. 3º 56’ E. de 50,83 metros, ambas lindando con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra; SUR: Recta (23-24) al S. 88º 17’ O. de 13,00 metros, linda con Boulevard Cándido Irazusta y OESTE: Cinco rectas a saber: (24-35) al N. 3º 56’ O. de 49,84 metros, lindando con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra hasta los 20,06 metros y el resto con lote 2d, (35-29) l S. 84º 21’ O de 63,28 metros, lindando con lote 2d, (29-30) al N. 4º 15’ O. de 13,00 metros, lindando con calle Alberdi, finalmente (30-32) al N. 84º 21’ E. de 63, 35 metros, linda con lote 2a y (32-9) al N. 3º 56’ O. de 72,68 metros lindando con lote 2a hasta los 61,34 metros y el resto con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra, destinado apretura de calles públicas; y otra fracción cuyos datos catastrales son: Plano Catastral: 97.221, Partida Nº 166.435, de una superficie de un mil doscientos cincuenta y nueve metros cuadrados con trece decímetros cuadrados (1.259,13 m2), cuyos límites y linderos son: NORTE: Tres rectas a saber: (14-15) al N. 87º 26’ E. de 8,00 metros, linda con más propiedad de Edgardo Lucio Moreyra, finalmente (15-31) al S. 4º 52’ E de 10,00 metros y (31-7) al N. 87º 26’ E. de 41,74 metros, ambas lindando con lote 2c; ESTE: Recta (17-18) al S. 0º 47’ E. de 24,00 metros linda con calle Montevideo; SUR: Recta (18-34) al S. 87º 01’ O. de 47,93 metros, lindando con Lote Calle y OESTE: Recta (34-14) al N. 5º 00’ O. de 34,34 metros, lindando con lote 2b, para ser destinado a lote Reserva.

ART.2º.- EXCEPTÚASE al Señor Edgardo Lucio MOREYRA del pago de los impuestos, tanto provinciales como municipales, que devenguen de las fracciones de los lotes donados a partir de la fecha de sanción de la presente Ordenanza.

ART.3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 27 de Noviembre de 2023.

Lorena Arrozogaray, Presidenta – Jorge A. Cuenca, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

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