Ordenanzas - Creacion del comite de com,pras


ORDENANZA Nº 10644/2003.-

EXPTE.Nº 1619/2003-H.C.D.

 

 

VISTO:

La necesidad de encontrar mecanismos administrativos que permitan agilizar la adquisición de los materiales que se necesitan para concluir con el Programa “Gualeguaychú 1000 Viviendas”.

 

CONSIDERANDO:

Que en oportunidad de la compra de insumos con fondos provenientes de los certificados de obra del Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda, se creo un Comité de Compras a fin de acceder a los materiales para llevar a cabo el programa en forma rápida pero transparente a la vez y a un precio razonable.

Que mediante la toma de un crédito de

$ 400.000 del Ministerio del Interior de la Nación se pudo dar un importante impulso a la construcción de las viviendas, pero aún faltan realizar inversiones para la finalización de las obras.

Que en esta oportunidad y a fin de acortar los plazos de finalización de las obras, resulta aconsejable dotar a la administración de un mecanismo de compras que resulte ágil, transparente y seguro, por lo que se debería crear un Comité de Compras con la intervención de los funcionarios del Departamento Ejecutivo y Concejales representes de cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante, dotándolos de la facultad de llevar adelante un procedimiento especial de compras.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- CREASE un “COMITÉ DE COMPRAS” en el marco del Programa “Gualeguaychú 1000 Viviendas” quien tendrá facultad para realizar las compras de bienes de consumo necesarios para la culminación de las obras del referido programa, conforme a lo legislado en la presente Ordenanza.

 

 

ORDENANZA Nº 10644/2003.-

 

 

ART.2º.- EL “COMITÉ DE COMPRAS” se integrará de la siguiente manera:

  • Un concejal de cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante.

  • La Directora de la Dirección de Adquisiciones y Suministros en representación de la Secretaría de Economía y Hacienda de la Municipalidad de Gualeguaychú.

  • Un abogado/a en representación de la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad de Gualeguaychú.

  • Un profesional técnico en representación de la Dirección de Viviendas de la Municipalidad de Gualeguaychú.

ART.3º.- SE determina que el procedimiento de contratación para la adquisición de los insumos a afectar a la obra “Gualeguaychú 1000 Viviendas” será el siguiente:

  1. La Dirección de Viviendas confeccionará el/los Pliegos de Condiciones con las especificaciones técnicas de los insumos que requiere y lo elevará a la Dirección de Adquisiciones y Suministros Municipal.

  2. La Dirección de Adquisiciones y Suministros invitará, de ser posible, al menos tres oferentes de cada rubro para que coticen en el plazo establecido en el pliego, atento a la urgencia que se tenga de aprovisamiento.

  3. Los oferentes presentarán las propuestas en sobre cerrado de acuerdo a lo especificado en pliegos por ante la Dirección de Adquisiciones y Suministros en la fecha y hora establecida.

  4. La apertura de sobres se realizará en presencia de todos los miembros del “COMITÉ DE COMPRAS” y de los oferentes que lo deseen, debiendo labrarse acta de dicho acto.

  5. El COMITÉ DE COMPRAS confeccionará la Planilla Comparativa de las Ofertas, y la Dirección de Viviendas elaborará un Informe Técnico con la evaluación de la propuestas, sugiriendo, de considerarlo así, el o los rubros a adjudicar a los oferentes.

  6. El COMITÉ DE COMPRAS adjudicará el/los rubros en cuestión a quien considere la oferta más conveniente fundando dicha adjudicación en el Acta de Adjudicación que será refrendada por todos los integrantes del “COMITÉ DE COMPRAS”.

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 10644/2003.-

 

 

ART.4º.- FIJASE el plazo de duración de este régimen especial de contratación hasta el día 9 de diciembre de 2003.

ART.5º.- COMUNÍQUESE, ETC..

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 19 DE SEPTIEMBRE DE 2003.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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