Ordenanzas - Transar pleito con Sr. Bettendorf


ORDENANZA Nº 10646/2003.-

EXPTE.Nº 1613/2003-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

El expediente judicial remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, caratulado: “Bettendorff Pedro Eulogio c/Municipalidad de Gualeguaychú y/u Otros s/desalojo y cobro de alquileres.”

 

CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de octubre de 2001, se recepciono cédula en la cual comunicaban la iniciación de acciones judiciales contra esta Comuna por parte del Sr. Pedro Eulogio Bettendorff.

Que el motivo de la demanda, fue el reclamo del desalojo contra la Municipalidad del inmueble ubicado en calle República Oriental Nº 48, propiedad del Sr. Bettendorff.

Que dicho inmueble fue dado en locación a esta Comuna, suscribiéndose contrato el 1/10/1997, venciendo el 1/10/99.

Que aludido en la demanda que no se ha hecho la entrega de las llaves y reclama por alquileres adeudados .

Que la verdad de los hechos es que esta Comuna había afectado el inmueble propiedad del Sr. Bettendorff para deposito de materiales del Plan 1000 Viviendas, y continúo utilizándolo como depósito una vez vencido el contrato, sin suscribirse un nuevo acuerdo por escrito.

Que si bien el Sr. Bettendorff consintió dicho acto, esta Comuna carece de constancias que acrediten tales hechos y que imposibilitan en sede judicial arribar a un buen final del pleito.

Que tales motivos, y luego de intensas tratativas extrajudiciales con los letrados de la parte actora, se ha arribado a un acuerdo que permite dar por concluido el pleito y que beneficia a esta Comuna, dada la importante reducción del reclamo.

Que los letrados de la Dirección de Asuntos Leglaes, no solo se han reunido con los abogados de la parte actora, sino que también se dio intervención a la Dirección de Vivienda, y se acordo el monto con el Secretario de Economía y Hacienda Municipal, Cdor. Oscar Pirovani.

 

 

ORDENANZA Nº 10646/2003.-

 

 

Que originariamente el monto reclamado ascendia a la suma de Pesos Siete Mil Novecientos Cincuenta

($ 7.950.) con mas los costos y costas del reclamo.

Que a la fecha, se ha firmado acuerdo, por el cual se abonara solamente la suma de Pesos Dos Mil Quinientos

( $2.500) con mas la suma de quinientos en concepto de honorarios profesionales.

Que además dicho monto será abonado en cuatro cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Setecientos Cincuenta ($ 750.-).

Que cabe consignar que los abogados de este Municipio intervinientes en dicho juicio, han renunciado expresamente al cobro de honorarios profesionales.

Que atento a los fundamentos expresados precedentemente, es indispensable el dictado de una Ordenanza que otorgue la correspondiente autorización al Departamento Ejecutivo, según lo dispuesto por el Art.113º, Inc. 13 de la Ley 3001.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a transar el pleito que mantiene pendiente en virtud de los autos Caratulados: “ Bettendorff Pedro Eulogio c/Municipalidad de Gualeguaychú Y/U Otros s/desalojo y cobro de alquileres”.

ART.2º.- APRUEBESE el acuerdo suscripto entre los letrados de esta Comuna y los de la parte actora que pone fin al pleito y conviene forma de hacerse efectivo el pago.

ART.3º.- COMUNIQUESE, ETC...

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 19 DE SEPTIEMBRE DE 2003.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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