Ordenanzas - Biblioteca Popular Sarmiento


ORDENANZA Nº 12.400/2020.-

EXPTE.Nº 6546/2020-H.C.D.

 

VISTO:

         La plena vigencia de la Ordenanza Nº 9683/91, y su ampliatoria Nº 10516/2001, que determina la creación del “Programa de Preservación del Patrimonio Cultural, Histórico, Arquitectónico, Urbanístico y Ambiental de la Ciudad de Gualeguaychú, y

CONSIDERANDO:

         Que el Patrimonio Cultural se ha ido configurando con el aporte de sucesivas generaciones, pasadas y presentes, expresando los valores característicos de las distintas épocas y habitantes de nuestra ciudad.

         Que dado el transcurso del tiempo, el crecimiento demográfico, y la consecuente expansión y densificación urbana, como también el desarrollo de las actividades económicas propias de la región, nuestro Patrimonio Cultural y Arquitectónico va experimentando modificaciones como así también un paulatino, pero progresivo deterioro, o en algunos casos su desaparición.

         Que en 1869, Domingo Faustino Sarmiento, era el Presidente de la República Argentina, el General Justo José de Urquiza, Gobernador de Entre Ríos, y Gualeguaychú era gobernada por la Junta de Fomento.

         Que mediante la conformación de la Asociación de la Educación e Instrucción para la Juventud, los vecinos dieron forma a una inquietud: impulsar la educación. Para ello proyectaban la fundación de colegios y – a futuro – una biblioteca pública. Con el mismo criterio, el 21 de mayo de 1869, Olegario Víctor Andrade, político y periodista de marcada trayectoria, se dirige a dicha Asociación en una conceptuosa nota en la que manifestaba la importancia de las bibliotecas populares, y la conveniencia de crear una en Gualeguaychú en favor de la educación.

         Que el 31 de mayo, el Secretario de la Asociación Protectora de la Educación, José Estanislao Cortínez, da respuesta  a la nota de Andrade, donde manifiesta la coincidencia de ideas, respecto a la necesidad de crear una institución de esas características. El proyecto de creación, establecía en su artículo 1º: La Asociación para la Educación determina, “…se establezca una Biblioteca Popular tan pronto se cuente con los recursos necesarios para ello…”

         Que con esa iniciativa, y esa respuesta, la vida de la Biblioteca Popular, hoy Biblioteca Sarmiento, comenzaba a gestarse.

         Que el 11 de abril de 1870, cuando la inquietud de contar con una Biblioteca Pública, ilusionaba a los vecinos, un hecho fatal sacudió a la provincia y al país: el asesinato del General Urquiza que desencadenó la guerra Civil en Entre Ríos con consecuencias nefastas. El Presidente Sarmiento ordenó la intervención militar, y las tropas nacionales desembarcaron en Gualeguaychú, donde se había formado un cuerpo militar de resistencia a López Jordán: el batallón 15 de abril. En ese clima de guerra, el proyecto de fundar una biblioteca se paralizó transitoriamente.

         Que una vez superado el conflicto con la provincia,  y la ciudad más pacificada, el 24 de noviembre, la biblioteca inició su histórico camino. Abrió sus puertas en calle 25 de mayo, un edificio alquilado (el cual no se ha podido precisar). Contaba con 354 volúmenes y estaba abierta a todo público.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTÍCULO.1º.- INCORPORESE al Programa de Preservación del Patrimonio Cultural, Histórico, Monumental, Arquitectónico, Urbanístico y Ambiental de la ciudad de San José de Gualeguaychú, al edificio ubicado en calle San Martín y Alberdi de nuestra ciudad –          “BIBLIOTECA POPULAR SARMIENTO”, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 9683/91 y su ampliatoria Nº 10516/2001.

ARTÍCULO.2º.- COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 5 de junio de 2020.

Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.

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