Ordenanzas - ORDENANZA Nº 11781/2013


 

ORDENANZA Nº 11781/2013.

EXPTE.Nº 4943/2013-H.C.D.

 

VISTO:

         El Decreto Ad Referéndum Nro.22270/2012, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

CONSIDERANDO:

 

            Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

 

        POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- APRUEBASE el Decreto Ad Referéndum Nº 2270/2012 remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.2º.- COMUNIQUESE, ETC..

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 14 de marzo de 2013.

Carlos Caballier, Presidente – Ignacio Farfán, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DECRETO Nº 2270/2012

                                         SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 19 de diciembre de 2012.

 

            VISTO: La Ordenanza 11.640/11 que aprueba el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos para el Año 2012; y

 

            CONSIDERANDO:

            Que la operatoria de las distintas áreas hace necesario efectuar transferencias compensatorias de las partidas presupuestarias de gastos, sin que ello implique modificación en el Presupuesto total aprobado.

            Que la Partida Presupuestaria total en Gasto en Personal asegura la ejecución del gasto correspondiente, pero teniendo presente la altura del año y que existen sub-ejecuciones y sobre ejecuciones en distintas secciones y jurisdicciones, torna imprescindible, a fin de liquidar y pagar los sueldos en tiempo y forma,  la modificación y transferencias presupuestarias correspondientes, ello de acuerdo a la autorización establecida en el Artículo 13º del Decreto Ad-Referéndum Nº 2154/2012 aprobado por Ordenanza Nº 11.775/2012.

                Por ello, y en virtud de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley 10.027,

 

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 46.000,00) dentro la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva Planeamiento de la Jurisdicción 1110113000 Secretaría de Planeamiento.

ARTÍCULO 2º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS DOCE MIL OCHOCIENTOS ($ 12.800,00) dentro la Apertura Programática 35.03.00 Administración de Electrotecnia y Mantenimiento de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 3º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Bienes de Consumo a la Partida Servicios no Personales la suma de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 6.750,00) dentro la Apertura Programática 26.02.00 Dirección de Salud de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 4º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) dentro la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110200000 H.C.D.

ARTÍCULO 5º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Transferencias a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS ONCE MIL ($ 11.000,00) dentro la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 6º.- TRANSFIÉRASE dentro de la Partida Gastos en Personal de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Municipal la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00); de la Apertura Programática 25.02.00 Dirección de Desarrollo Social de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social  la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 58.000,00); de la Apertura Programática 40.75.00 Pavimento por Consorcios de la Jurisidicción 1110108000 Trabajos Públicos la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000,00); de la Apertura Programática 01.00.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110200000 H.C.D. la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 342.000,00) todo ello a la Apertura Programática 18.01.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110102000 Secretaría de Gobierno la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00),  a la Apertura Programática 35.02.00 Dirección de Espacios Verdes la suma de PESOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS ($ 19.700,00), a la Apertura Programática  37.00.00 Dirección de Obras Sanitarias y Efluentes la suma de PESOS CUATRO MIL CIEN ($ 4.100,00), a la Apertura Programática 51.00.00 Dirección de Higiene Urbana la suma de PESOS UN MILLÓN DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 1.018.400,00) dentro de la Jurisdicción 1110114000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos; a la Apertura Programática 33.00.00 Administración de Cementerio de la Jurisdicción 1110113000 Secretaría de Planeamiento la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800,00) y a la Apertura Programática 25.02.00 Dirección de Desarrollo Humano de la Jurisdicción 1110104000 Secretaría de Desarrollo Social la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 86.000,00).

ARTÍCULO 7º.- TRANSFIÉRASE de la Partida Servicios no Personales a la Partida Bienes de Consumo la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS ($ 35.600,00) dentro la Apertura Programática 01.01.00 Conducción Ejecutiva de la Jurisdicción 1110101000 Presidencia Muncipal.

ARTÍCULO 8º.-  Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

                      GERMAN GRANE                                   JUAN JOSE BAHILLO

                 Secretario Jefe de Gabinete                                            Presidencia Municipal

                           y Gobierno                                        

             

 

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