Ordenanzas - OBRA DE TOMA DE AGUA PARA LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ


ORDENANZA Nº 12658/2022.-

EXPTE.Nº 7134/2022 – H.C.D.-

 

VISTO:

El Expediente Nº 3117/2022, caratulado: “SECRETARÍA DE HACIENDA Y POLÍTICA ECONÓMICA S/ OBRA DE TOMA DE AGUA PARA LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ - PROARSA - ENHOSA”; y

CONSIDERANDO:

Que el ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), representada por su Administrador, Doctor Enrique Tomás CRESTO y la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, representada por el Presidente Municipal, Doctor Esteban Martín PIAGGIO acordaron celebrar un CONVENIO MARCO para la ejecución de la Obra “PLANTA POTABILIZADORA DE AGUA Y OBRA DE TOMA PARA LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ”. Que es decisión del Gobierno Nacional y Municipal darle prioridad a la ejecución de obras de saneamiento en virtud del impacto positivo en la calidad de vida de los vecinos y vecinas de la ciudad.

Que el Convenio Marco tiene por objeto el financiamiento de DOS (2) grandes obras para la ciudad de Gualeguaychú “PLANTA POTABILIZADORA DE AGUA Y OBRA DE TOMA PARA LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ”, que estarán enmarcadas en el Programa PROARSA. Que conforme el Reglamento del Programa, el presupuesto total financiable será determinado por el ENOHSA en función de la evaluación de la solicitud y el presupuesto presentado por la Municipalidad de Gualeguaychú.

Que tal como lo establece la Cláusula Sexta del Convenio Marco, una vez analizada la documentación remitida y recibida la Notificación de la “NO OBJECIÓN”, la Municipalidad de San José de Gualeguaychú deberá dar inicio al Procedimiento de Contratación, contando con un plazo de CIENTO VEINTE (120) corridos de recibida la “NO OBJECIÓN”.

Que con fecha 30 de junio del año 2022 la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, recibió la “NO OBJECION TÉCNICA” y autorización a realizar el proceso de contratación de la primera parte del convenio correspondiente a la OBRA DE TOMA DE AGUA PARA LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ (REGLON I), por un monto total de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL VEINTISÉIS CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 377.831.026,63).

Que para poder dar cumplimiento a todo lo comprometido es necesario disponer la modificación del Presupuesto vigente, incrementando el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos en la suma que remitirá el Gobierno Provincial.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Art.1°.- MODIFÍCASE el Presupuesto General del ejercicio fiscal del año 2022 fijado por Ordenanza N° 12.589/2021, incrementando el Cálculo de Recursos en la cuenta 2200000 Transferencia de capital, en el rubro 22.2.02.05 CONSTRUCCIÓN OBRA DE TOMA PARA LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ (PROARSA), de fuente de financiación 133 de origen nacional, en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL VEINTISÉIS CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 377.831.026,63)

Art.2°.- MODIFÍCASE el Presupuesto General del ejercicio fiscal del año 2022 fijado por Ordenanza Nº 12.589/2021, incrementando el Presupuesto de Gastos en la Jurisdicción 1110108000 Trabajo Público, fuente de financiamiento 133 De origen nacional, categoría programática 51.75.56 CONSTRUCCIÓN OBRA DE TOMA PARA LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ (PROARSA), en la partida 3.0.0.0 Servicios no Personales en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL VEINTISÉIS CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 377.831.026,63).

Art.3º.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Hacienda y Política Económica a realizar la ampliación y distribución de los créditos presupuestarios que correspondan establecidas en los artículos precedentes.

Art.4º.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 5 de Agosto de 2022.

Lorena Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.-

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