Ordenanzas - Donacion y ensanche de calle Sres. Brunetti


ORDENANZA Nº10948/2006.-

EXPTE.Nº 2654/2006-H.C.D.

 

 

 

VISTO:

            El Expediente Nº 5373/06 remitido por el D.E Caratulado: “ Secretaría de Planeamiento s/donación – fracción de terreno “Cáceres – Brunetti”, y

 

CONSIDERANDO:

                               Que mediante el mismo, el Departamento Ejecutivo Municipal, eleva a consideración de este Honorable Concejo Deliberante el convenio de donación para ensanche de calle.

                               Que la Sra. Gladys Isabel Cáceres viuda de Brunetti, L.C. Nº 6.135.943, el Sr. Pedro Andrés Brunetti, D.N.I. Nº 20.243.630 y el Sr. Carlos Daniel Brunetti, D.N.I.Nº 20.243.630 y el Sr. Carlos Daniel Brunetti, D.N.I. Nº 22.975.305 en su carácter de coherederos conceden autorización al municipio para que proceda al  ensanche del Bulevar De León.

                               Que por disposición de los propietarios del terreno a afectar, se cede el mismo a la Municipalidad de Gualeguaychú, la que asume todos los gastos de mensura de la fracción a donar y de los que se originen de su inscripción a su favor.

                               Asimismo, el  Municipio se compromete a aprobar como medida de excepción el  proyecto de subdivisión que se adjunta al convenio denominado Anexo II, del cual el lote A de 104,41 metros cuadrados será cedido por los donantes a la Policía Departamental para la construcción de un Destacamento, aceptándose un lote de 322,50 metros cuadrados el cual no cumple con la Ordenanza Nº 8914/89 de áreas verdes.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- HOMOLOGASE el convenio de donación para ensanche del Bulevar De León,  celebrado el día 3 de octubre de 2006,  entre la Sra. Gladys Isabel Cáceres viuda de Brunetti, L.C.Nº 6.135.943, el Sr. Pedro Andrés Brunetti, D.N.I. Nº

 

 

ORDENANZA Nº 10948/2006.-

 

20.243.630, el Sr. Carlos Daniel Brunetti, D.N.I. Nº 22.975.305 y la Municipalidad de Gualeguaychú.

ART.2º.-  ACEPTAR la donación de la fracción de terreno ubicada en ciudad de Gualeguaychú, Zona de Quintas, Sección 2ª, Partida Provincial Nº 50.401  contando dicho inmueble con una superficie de 158,74 m2. ( Ciento cincuenta y ocho metros cuadrados, setenta y cuatro decímetros cuadrados) siendo sus límites y linderos los que a continuación se detallan: NORTE: linda con calle pública mediante línea recta (1-2) al S 78º 34´E de 4,17 metros. ESTE: linda con más propiedad de la Sucesión de Carlos Andrés Brunetti, mediante línea recta (2-3) al S 8º 00´O de 47,34 metros. S 86º 43´O y OESTE: linda con Boulevard J.A. De León, mediante dos líneas rectas a saber (3-4) al N 0º 27´O de 41,47 metros y (4-1) al N 23º 51´E de 7,13 metros.

ART.3º.- COMUNIQUESE,  ETC...

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 9 de noviembre de 2006.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

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