Ordenanzas - Convenio con Manos a la Obra


ORDENANZA Nº 11021/2007.-

EXPTE.Nº 2888/2007-H.C.D.

 

VISTO:

           El Expediente Nº 3471/07 iniciado a raíz de la nota dirigida a este Departamento Ejecutivo por los integrantes del Grupo Asociativo Manos a la Obra “Recicladores”, correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía Social, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Secretaría de Políticas Sociales.

 

CONSIDERANDO:

                              1- Que el reciclado de material inorgánico ha sido una constante preocupación de esta administración municipal que ha orientado su gestión hacia la salubridad de la comunidad en todos sus aspectos.

                               2- Que la realidad es que en algunas áreas, ello se logró con mayor eficacia que en otras, y en el área de reciclado de materiales inorgánicos, la Municipalidad de Gualeguaychú no ha obtenido otra cosa que satisfacciones. Por el emprendimiento que se formó, por la perdurabilidad y responsabilidad de sus miembros, por su constante iniciativa y ánimo de progreso.

                             3- Que en una primera etapa, el Municipio de Gualeguaychú, la Empresa Municipal de Higiene Urbana y el Grupo Asociativo “Recicladores” –originado bajo los términos del Programa Nacional Manos a la Obra –se dieron a la tarea de organizar la recolección diferenciada de residuos sólidos urbanos (separándolos en orgánicos e inorgánicos) a fin de reducir el enterramiento. En tal sentido, el enterramiento de los residuos inorgánicos disminuyó sensiblemente y la comercialización de los mismos por parte del Grupo Asociativo “Recicladores” –encargados de separar, lavar, preparar, enfardar, etc – ha generado recursos para los integrantes del grupo, para la Empresa Municipal de Higiene Urbana – que provee de instalaciones, servicios y transporte a los centros de compras. En definitiva esta primera etapa ha permitido avizorar

la rentabilidad y conveniencia del reciclado de residuos inorgánicos.

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                             4- Que del resultado positivo de esta primera etapa, como así también las recomendaciones (por parte del Instituto de Geocronología y Geología Isotópica – INGEIS, dependiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas – CONICET –que monitorea desde el año 2002 la Disposición Final de Residuos Sólidos) de incrementar el reciclado de residuos sólidos a fin de minimizar el enterramiento de residuos, se firmó una segunda etapa dentro del proyecto de reciclado de residuos inorgánicos que tiene por fin, integrar a los nuevos barrios que se han construido y que se están construyendo en una nueva modalidad. En resumidas cuentas cada nuevo barrio contará con un “Centro de Clasificación y Transferencia” destinados a clasificar y transferir los residuos inorgánicos a una “Planta de Clasificación de Residuos” (gestionada ante la Sub secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación bajo el “Subprograma de Mejoramiento del Hábitat Urbano, Infraestructura y Obras Complementarias”) para luego proceder a su puesta en valor y comercialización. Todo ello permite incrementar el esfuerzo de esta gestión por minimizar el impacto ambiental de nuestra comunidad sobre el ecosistema en que habitamos, lo que redundará en beneficio de la comunidad toda.

                              5- Que a mas de tres años de su formación y con la consecución de numerosos elogios por parte de conciudadanos y foráneos, el reciclado de materiales  inorgánicos es una realidad tangible en Gualeguaychú. No obstante lo cual, con beneplácito recibimos la solicitud del grupo asociativo “Recicladores”, por lo que apoyamos su progreso y trataremos de brindar las  herramientas a nuestro alcance para solidificar aún más tan importante emprendimiento.

                              6- Que en tal sentido los “Recicladores” relatan que: Un grupo trabaja en la Disposición Final de Residuos Sólidos, otro grupo trabaja en las instalaciones de

EMHU (Puerto Argentino Nº 700), otro grupo realiza recolección diferenciada de residuos en el Barrio Guevara y Vidal (Primera

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Etapa) y que su participación económica sobre las ventas es del 60%, habiendo convenido con la Empresa Municipal de Higiene Urbana, que dicho porcentaje puede aumentar en la medida que logren independizarse y prescindan de los aportes que aquella les brinda (galpón, electricidad, vehículos, etc).

                             7- Que además de informar sobre las actividades desarrolladas,  plantean la posibilidad de radicar la sede del emprendimiento en la Disposición Final de Residuos, dado que desde el programa de habitad urbano aprobó para esta segunda etapa el financiamiento de un galpón propio del emprendimiento para lo cual necesitan un predio donde situarlo ( recalcan la importancia de la “licencia social”con que cuenta el predio de DFRS) y la posibilidad de que el Municipio realice obras complementarias en virtud de ser el propietario del inmueble (refieren  como necesarias, y por cuenta del municipio, las siguientes obras: extensión del servicio de energía eléctrica, suministro de agua, planta clasificadora de material y construcción de playones de hormigón para tratamiento de los residuos orgánicos.

                             8- Que analizada la propuesta con las áreas técnicas del  municipio surge prima facie arribar a un acuerdo con el grupo asociativo, debiendo a tal fin fijarse un calendario de obras.

                             9- Que en cuanto a la afectación de la maquinaria solicitada se realizará mediante un comodato gratuito al  igual que el predio en que se construya el galpón (dentro de la Disposición Final de Residuos Sólidos).No obstante lo cual, la Empresa Municipal de Higiene Urbana se encargará de la adquisición (en especial de un tractor usado para traccionar  el acoplado compactador), combustible, mantenimiento, asistencia técnica y pago de seguro de las maquinarias a ser afectadas (ello como contraprestación del  40% que percibe de los fondos provenientes de las ventas del material reciclado y aún cuando con tal porcentaje no alcanzara

 

 

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a cubrir los costos, dado que el tratamiento de los residuos se presenta como una inversión necesaria en procura de un medio ambiente más sano).

                             10-  Que presentan un plan de trabajo en diferentes áreas con servicios por los cuales solicitan una contraprestación por parte del municipio. En este sentido por la realización de la recolección diferenciada en los Barrios Vidal y Guevara solicitan a la Municipalidad una retribución mensual, de igual manera lo hacen por el servicio de clasificación primaria en la Disposición Final de Residuos. Estos servicios permiten hoy al municipio optimizar la recolección de residuos, ampliar el universo de lo reciclable y aproximarse al objetivo del enterramiento cero.

                             11- Que lógicamente y dado el origen del emprendimiento, corresponderá a este Municipio brindar el asesoramiento, la capacitación y el monitoreo constante del proyecto a fin de concretar su desarrollo y dirigirlo hacia su total sustentabilidad.

                             12- Que el notable desarrollo demográfico de la comunidad, se traduce  en el incremento habitacional y de infraestructura, que impone la necesidad de prever y dar solución a la inevitable generación de residuos sólidos urbano que la comunidad genera.

                             13- Que resulta razonable la solicitud de ser destinatarios exclusivos de los residuos domiciliarios recolectados en la ciudad, y de tener preferencia en la prestación ante la implementación de nuevos servicios. Cabe acotar aquí que también el mismo programa de habitad urbano mencionado aprobó el financiamiento de dos galpones para los centros de transferencia de los Barrios Zupichini y Quijano.

                             14- Que para todo esto es necesario la realización de un convenio marco que refleje todos estos compromisos y que establezca un plazo de diez años para la concreción de los objetivos, previendo asimismo la posibilidad de resolución del convenio para el caso de incumplimiento por cualquiera de las partes.

 

ORDENANZA Nº 11021/2007.-

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

 

ART.1º.- CELÉBRESE con el Grupo Asociativo Manos a la Obra “Recicladores” (correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía Social, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Secretaría de Políticas Sociales); un Convenio Marco que prevea la prestación de servicios (detallados en el Considerando 10) el comodato del terreno necesario en la disposición final de residuos, la afectación de maquinaria (detallados estos dos últimos en el Considerando 9) un plan de las obras solicitadas (detalladas en el Considerando 7) un término de duración, la capacitación, asesoramiento y monitoreo del mismo por parte del Municipio local (considerandos 11 y 13) y las causales de extinción o rescisión.

ART.2º.- COMUNÍQUESE, ETC...

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú,10 de agosto de 2007.

Héctor de la Fuente, Presidente – Gerardo Sánchez, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.

 

 

 

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