Ordenanzas - Juguemos por la Equidad de Género


ORDENANZA Nº12.501/2021.

EXPTE.Nº 6809/2021-H.C.D.

VISTO:

         El Decreto Ad-Referéndum Nº 746/2021, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal (s/evento deportivo/cultural “Juguemos por la Equidad de Género), y

CONSIDERANDO:

         Que éste Honorable Cuerpo considera procedente aprobar la norma anteriormente citada.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo Nº1.- APRUEBASE el Decreto Ad-Referéndum Nº 746/2021 (s/evento deportivo/cultural “Juguemos por la Equidad de Género) remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo Nº 2.- COMUNIQUESE, Publíquese y Archívese.

 

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 9 de abril de 2021.

Lorena Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.

DECRETO Nº 746/2021.-

SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, 10 de marzo de 2021

 

VISTO: La gestión iniciada por el Presidente Municipal, Doctor Esteban Martín Piaggio; y

CONSIDERANDO:

Que por la gestión mencionada solicita se le otorgue a la Municipalidad de San José de Gualeguaychú un aporte económico no reintegrable destinado a solventar los gastos inherentes a la realización del evento deportivo/cultural copa “JUGUEMOS POR LA EQUIDAD DE GENEROS”- Edición 2021 a realizarse en la ciudad de Gualeguaychú los días 26 y 27 de febrero del año 2021.

            Que por Decreto N° 022 H.C.S. Expediente Nº 19.642 la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Ríos autorizó a la Dirección General de Administración de la Honorable Cámara de Senadores a efectuar el pago del aporte no reintegrable a la Municipalidad de San José de Gualeguaychú por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00).

            Que habiéndose recibido con fecha 26/02/2021 la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00), se registró mediante documento de ingreso (DIN) número 283 de fecha 02/03/2021 dándose ingreso al aporte económico no reintegrable.

            Que considerando los antecedentes se torna necesaria la ampliación presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2021, teniendo en cuenta que el dinero ya fue ingresado y que tiene una afectación específica con lo cual no se quiebra el equilibrio presupuestario.

Por ello, y en uso de las atribuciones expresamente conferidas por el artículo 107º de la Ley Nº 10.027,

 

EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ

AD-REFERÉNDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el Cálculo de Recursos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.470/2020, incrementando el rubro 17.5.01.04 Otros Subsidios Provinciales en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00).

ARTÍCULO 2º.- MODIFÍCASE el Presupuesto de Gastos vigente, fijado por Ordenanza Nº 12.470/2020, incrementando dentro de la Jurisdicción 1110118000 Secretaría del Poder Popular en la apertura programática 31.01.00 C.E. Dirección de Deportes la partida 3.0.0.0 Servicios no personales en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00).

ARTÍCULO 3º.- Por Secretaría de Hacienda y Política Económica dispónganse las acciones necesarias para la realización de las modificaciones presupuestarias establecidas en los artículos precedentes.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplido, archívese.

 

 

 

 

 AGUSTÍN DANIEL SOSA                             ESTEBAN MARTÍN PIAGGIO

 Subsecretario de Gobierno                                   Presidente Municipal

 a/c Secretaría de Gobierno

 

 

 

 

 

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