Ordenanzas - DONACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ


 

ORDENANZA Nº 12764/2023.-

EXPTE.Nº 7351/2023 – H.C.D.-

 

VISTO:

          El Expediente Nº 506/2023, caratulado: “DIRECCIÓN DE LEGAL Y TÉCNICA S/ ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO DE CALLES - PROP. MARTINELLI JOSÉ LUIS”; y

 

CONSIDERANDO:

                  Que, a fs.2 el Señor José Luis MARTINELLI, DNI Nº 12.809.121, CUIT Nº 20-12809121-2, con domicilio en calle Luciana Ríos Nº 2139 de esta ciudad, hábil, de nacionalidad argentina, ofrece en donación a la Municipalidad de una (1) fracción de terreno de dos mil quinientos cincuenta y tres metros cuadrados (2.553,00 m2), cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta 5-6 al N. 78º 39’ E. de 13,00 metros, lindando con José Luis MARTINELLI; ESTE: Recta 6-7 al S. 7º 59’ E. de 177,15 metros, lindando con José Luis Martinelli; SUR: Recta 7-8 al S. 78º 16’ O. de 14,55 metros, lindando con calle Doña Luciana Ríos; OESTE: Tres líneas rectas a saber: 1) Recta 8-9 al N. 7º 59’ O. de 164,15 metros, lindando con José Luis Martinelli; 2) Recta 9-10 al N. 78º 40’ E. de 1,50 metros y 3) Recta 10-5 al N. 7º 59’ O. de 13,10 metros, lindando con calle 87, la cual será destinada a apertura de calle pública en esta ciudad, que se desglosa de la Matrícula Nº 152412, con una superficie según título de origen de diecisiete mil doscientos setenta y cinco metros cuadrados, noventa y cinco decímetros cuadrados (17.275,95 m2), sito en Departamento y Municipio de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 7º, Manzana Nº 2049, domicilio parcelario en calle Doña Luciana Ríos S/N de esta ciudad.

         Que, a f. 6 del referido Expediente el Director de Planeamiento Urbano, Arquitecto Gustavo Javier DUMÓN, informa que la calle a donar corresponde a un loteo aprobado e integra la trama vial de la ciudad, por lo que considera que debe aceptarse la donación en cuestión.

Que, a fs. 3/5 el Señor MARTINELLI acompaña Ficha de Transferencia y copia de Plano de Mensura correspondiente al Plano Nº 98722, por una superficie a donar de dos mil quinientos cincuenta y tres metros cuadrados (2.553,00 m2); por lo que esta Dirección Legal y Técnica entiende que se encuentran cumplidos todos los recaudos para aceptar la donación ofrecida por el Señor MARTINELLI para apertura de calle pública y formalizar la inscripción registral de la misma a favor de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú.

         Que, según lo dispuesto por el artículo 95º inciso r) de la Ley Nº 10082 corresponde dictar el acto administrativo que disponga la aceptación, por parte del Honorable Concejo Deliberante, de las donaciones de inmuebles con cargo, lo cual hace procedente la sanción de la presente ordenanza.

         Que, a f. 7 la Subsecretaria de Gobierno, Abogada Alfonsina RODRÍGUEZ toma conocimiento de las presentes actuaciones y no manifiesta objeción alguna al respecto.

Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección Legal y Técnica entiende procedente el dictado del presente acto administrativo que acepte la donación del lote calle ofrecido por el Señor MARTINELLI, quien debe afrontar los gastos que demande la escrituración de la fracción que se dona; excepto a aquel del pago del impuesto que devengue dicho lote a partir de la fecha de sanción de la presente Ordenanza. Asimismo, el Señor MARTINELLI deberá tomar a su cargo la realización de todas las obras que fueran exigidas por las Ordenanzas vigentes, o las que la Subsecretaría de Planeamiento Urbano indique, para el caso que el mismo quiera subdividir el lote.

 

POR ELLO:

 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º.- ACÉPTESE por parte de la MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ, CUIT Nº 30-64254968-1, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen Nº 75 de esta ciudad, la donación efectuada por el Señor José Luis MARTINELLI, DNI Nº 12.809.121, CUIT Nº 20-12809121-2, con domicilio en calle Luciana Ríos Nº 2139 de esta ciudad, en su carácter de propietario del cien por ciento (100%) del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble local bajo MATRÍCULA Nº 152412, con una superficie según título de origen de diecisiete mil doscientos setenta y cinco metros cuadrados, noventa y cinco decímetros cuadrados (17.275,95 m2), sito en Departamento y Municipio de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 7º, Manzana Nº 2049, domicilio parcelario en calle Doña Luciana Ríos S/N de esta ciudad, de la cual se desglosa una superficie a donar de dos mil quinientos cincuenta y tres metros cuadrados (2.553,00 m2), cuyos límites y linderos son: NORTE: Recta 5-6 al N. 78º 39’ E. de 13,00 metros, lindando con José Luis MARTINELLI; ESTE: Recta 6-7 al S. 7º 59’ E. de 177,15 metros, lindando con José Luis Martinelli; SUR: Recta 7-8 al S. 78º 16’ O. de 14,55 metros, lindando con calle Doña Luciana Ríos; OESTE: Tres líneas rectas a saber: 1) Recta 8-9 al N. 7º 59’ O. de 164,15 metros, lindando con José Luis Martinelli; 2) Recta 9-10 al N. 78º 40’ E. de 1,50 metros y 3) Recta 10-5 al N. 7º 59’ O. de 13,10 metros, lindando con calle 87, la cual será destinada a apertura de calle pública en esta ciudad.

ARTÍCULO 2º.- EXCEPTÚASE al Señor MARTINELLI del pago de los impuestos, tanto provinciales como municipales, que devenguen la fracción del lote donado a partir de la fecha de sanción de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3º.- DESÍGNESE escribano de lista para los trámites de inscripción registral a favor de esta Municipalidad, cuyos gastos y honorarios serán a cargo del Señor José Luis MARTINELLI.

ARTÍCULO 4º.- ESTABLÉZCASE que para el caso que el Señor MARTINELLI quiera subdividir el lote con frente a la calle que se dona, tendrá a su cargo la realización de todas las obras que fueran exigidas por las Ordenanzas vigentes, o las que la Subsecretaría de Planeamiento Urbano indique.

ARTÍCULO 5º.- COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.

 

 

 

 

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 16 de Junio de 2023.

Lorena Arrozogaray, Presidenta – Jorge A. Cuenca, Secretario.

Es copia fiel que, Certifico.-

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