Ordenanzas - Eliminacion de Presupuesto del H. Concejo Deliberante toda Partida destinada a Transferencias


ORDENANZA Nº 10650/2003.-

EXPTE.Nº 1580/2003-H.C.D.

 

 

 

Visto

La constitución de la "Mesa del Diálogo-Gualeguaychú" inspirada en los principios del "Diálogo Argentino", y el funcionamiento continuo que este espacio de reflexión y propuestas comunitarias ha llevado adelante en nuestra ciudad.

 

Considerando

 

Que fieles al espíritu de la Ordenanza nº 10592/2002 mediante la cual se formalizó el desarrollo aún vigente del Diálogo Gualeguaychuénse, el cual ha recibido aportes desde diversos sectores y personas en virtud de colaborar con el bien común, es preciso dar forma y aprobación a iniciativas que estén a nuestro alcance.

En tal sentido, surge de los enunciados de la Reforma del Estado del “Acta de Compromiso Ciudadano” firmada el pasado 7 de abril de 2003 en el salón de este HCD, y cobra solicitud expresa mediante nota que el día 6 de agosto de 2003 la Mesa del Diálogo Gualeguaychuénse ha elevado a este Concejo en el marco de las conclusiones –Expte. 1580/03 del HCD – le petición de :

Se elimine el manejo de partidas presupuestarias para subsidios, becas, pensiones, gastos reservados, etc. de los órganos legislativos”.

 

Esta idea que compartimos se basa en la lógica de que los Cuerpos Legislativos, tanto Concejos Deliberantes como Legislaturas Provinciales y el Congreso de la Nación, deben centrar su función en la tarea legislativa; elaboración de proyectos y sanción de normas , estudio y resolución de problemáticas, gestiones, control de los otros poderes, atención y defensa de los vecinos en general, dejando en manos de las áreas establecidas de los poderes ejecutivos la decisión del otorgamiento de ayudas económicas.

Dicho sencillamente, los subsidios y financiamientos destinados a la acción social, la educación, la salud, la cultura, el deporte, etc., corresponde sean tratados y decididos por aquellas áreas especializadas en el tema, y cuya creación por parte de los poderes ejecutivos ha sido a tal efecto.

Desde igual pensamiento creemos inconveniente el manejo de dineros destinados a becas, pensiones o gastos reservados.

La calidad y mejoramiento de los poderes de gobierno deben buscarse precisamente en que cada uno de ellos se perfeccione y esté a la altura que les permita atender las responsabilidades que le han sido conferidas, y no en el manejo discrecional de los dineros públicos sean estos abundantes o escasos.

Que si bien esta concepción del manejo de los dineros públicos se ha traducido en acciones concretas desde el propio Cuerpo para reducir drásticamente -prácticamente a cero- la partida de subsidios en el H. Concejo Deliberante, y nunca se contó con recursos destinados a becas, pensiones o gastos reservados, juzgamos pertinente plasmar en una norma institucional lo que se ha dado en el comportamiento político.

Las conductas de los hombres públicos en cuanto al manejo gubernamental deben guiarse no sólo por las mejores intenciones sino que deben regirse por el imperio de las leyes.

Que la siguiente Ordenanza, al margen de institucionalizar una realidad, surge con auténtico consenso social y acuerdo de la Mesa del Diálogo -Gualeguaychú.

ORDENANZA Nº 10650/2003.-

 

 

POR ELLO:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHÚ SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

ART. 1º.- ELIMÍNESE del Presupuesto del H. Concejo Deliberante toda Partida destinada a Transferencias (Subsidios).

ART. 2º.- PROHÍBESE en el Presupuesto del H. Concejo Deliberante toda Partida destinada a Becas, Pensiones, o Gastos Reservados de cualquier naturaleza.

ART. 3º .- ENTIÉNDASE que dicha eliminación y prohibición corresponden al presente y todo Presupuesto Municipal que se ejecute en adelante.

ART. 4º.- SOLICÍTESE a los Gobiernos de la Nación y de la Provincia de Entre Ríos, en sus Poderes Ejecutivos y Legislativos, normas de igual tenor a la presente.

ART. 5º.- REMÍTASE copia de la presente al "Diálogo Gualeguaychuénse" y a toda persona e institución que el espíritu de la presente comprenda.

ART. 6º.- Comuníquese, etc...

 

 

 

 

 

 

 

 

SALA DE SESIONES.

SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 3 DE NOVIEMBRE DE 2003.

SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.

ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.

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