Ordenanzas - Imposicion nombre de calle “Nuestros Héroes de Malvinas”


ORDENANZA Nº 12.390/2020.

EXPTE.Nº 6469/2019-H.C.D.

VISTO:

         La nota presentada por  la Comisión Vecinal “Barrio Doña Lila”  solicitando imposición nombre a espacio público: “Nuestros Héroes de Malvinas”.

CONSIDERANDO:

         Que a fs. 1, obra agregada nota presentada por vecinos del “Barrio Doña Lilia”, mediante la cual solicitan a este Cuerpo que se coloque el nombre “ Nuestros Héroes de Malvinas”, elegido para el espacio verde público que se encuentra ubicado entre las calles “Los Algarrobo” y  “Hernandarias”, B° Doña Lilia.

         Que la Comisión de Obras Públicas y Privadas, Servicios Públicos, y Planeamiento, tomó conocimiento de las presentes actuaciones,  girándolas a las áreas ejecutivas correspondientes, poniendo en conocimiento de las diversas temáticas a fin de que se tomen las medidas que consideren viables y necesarias.

         Que es competencia de este Concejo Deliberante,  asignar nomenclatura a los espacios públicos de la ciudad.

         Que, en este sentido, los vecinos solicitan se imponga el nombre “Nuestros Héroes de Malvinas”, a la plaza que se encuentra ubicada en la intersección de las calles “Los Algarrobos”  y “Hernandarias”, planta Urbana, Sección 7ma. Manzana 786 F.

         Que a fs. 4 obra dictamen de la Dirección de Catastro, informando que no existe arteria alguna con el nombre “Héroes de Malvinas”, no presentado   objeciones ante el nombre propuesto.

         Que este Cuerpo, considera viable acceder a lo solicitado, imponiendo el nombre: “Nuestros Héroes de Malvinas” al espacio público identificado en autos.

 

POR ELLO

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE GUALEGUAYCHÚ SANCIONA LA SIGUIENTE

 

ORDENANZA

ARTÍCULO. 1°.- IMPONGASE el nombre “Nuestros Héroes de Malvinas” al espacio público emplazado en la intersección de las calles “Los Algarrobos”  y   “Hernandarias”.

ARTÍCULO.2°.- NOTIFIQUESE de la presente a la Subsecretaría de Planeamiento, a la Dirección de Catastro municipal para su correcta inscripción catastral, como asimismo a los vecinos firmantes, respecto a lo resuelto en la presente, informando sobre los demás puntos peticionados, los que se encuentran en la órbita de las áreas correspondientes del Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO. 3°.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

 

Sala de Sesiones.

San José de Gualeguaychú, 6 de mayo de 2020.

Lorena M. Arrozogaray, Presidenta – Jorge Cuenca, Secretario.

 

 

 

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