ORDENANZA Nº 10550/2002.-
EXPTE.Nº 610/2001 – H.C.D.-
VISTO:
La presentación del Sr. Jorge Rubén Delmonte, con fecha 10 de abril de 2001 y la de los hermanos Delmonte del 22 de enero de 2002 obrantes en Expediente Nº 610/2001, del Honorable Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que el pedido de excepción tiene para el presente caso una particularidad exclusiva motivada en la topografía del predio.
Que la superficie a deslindar es a la fecha la única que no fue explotada como yacimiento de piedra en épocas pasadas.
Que de aplicar la Ordenanza de subdivisión vigente, la superficie a deslindar avanzaría sobre las antiguas cavas del yacimiento con los indudables problemas de delimitación entre predios que se ocasionaría.
Que asimismo la voluntad del extinto padre de los recurrentes fue la de ceder al señor Telmo Timoteo Guerra parte de la propiedad que fuera de razonable valor económico, el que sería desmerecido si se tuviera que delimitar por entre las cavas del yacimiento tal como se manifestó con anterioridad.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ART.1º.- APRUEBASE con carácter de excepción el desglose propuesto en el expediente nº 610/2001, cuya mensura ha proyectado el Agrimensor Fernando A. Bértora y que se compone de una superficie de 30 As. 00 Cs. Ubicadas en el vértice Nor-Este de la finca original, con el fin de su titularización a favor del Sr. Telmo Timoteo Guerra.-
ART.2º.- COMUNIQUESE, etc...-
SALA DE SESIONES.
SAN JOSE DE GUALEGUAYCHU, 15 DE FEBRERO DE 2002.
SERGIO DELCANTO, PRESIDENTE – JUAN IGNACIO LOPEZ, SECRETARIO.
ES COPIA FIEL QUE, CERTIFICO.-